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Archivada la denuncia por el escrache en el domicilio de Sáenz de Santamaría

El juez cree que no existieron amenazas El auto dice que el escrache buscaba "expresar en la vía pública [..] las ideas del colectivo"

El Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid ha archivado la denuncia por amenaza y coacciones de José Iván Rosa Vallejo, marido de Soraya Sáenz de Santamaría, contra los convocantes del escrache ante la vivienda de la número dos del Gobierno. El pasado cinco de abril, unas 300 personas se concentraron durante media hora ante el domicilio de Sáenz de Santamaría para, según los organizadores, "señalar" a la vicepresidenta, una de las diputadas que rechazó asumir la totalidad de las disposiciones de la Iniciativa Legislativa Popular contra los desahucios propuesta por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH).

El auto dictado por el magistrado Marcelino Sexmero Iglesias "descarta" que exista delito de amenazas y cree que no ha existido "un grave atentado contra la libertad, intimidad y seguridad de la vicepresidenta y de su familia". Sexmero ha visionado las imágenes del escrache y tras escuchar a los agentes de policía y al marido y la madre de la vicepresidenta —que se encontraban, junto al hijo de Sáenz de Santamaría, dentro de la casa durante el escrache— ha concluido también que no se cometieron actos de desobediencia o de ofensas a los agentes, "ya que los denunciados accedieron a identificarse sin problemas". Además, dado que la convocatoria duró apenas una hora, el juez cree que no consta "voluntad rebelde" ante la petición de disolverse.

Según el magistrado, "la finalidad del escrache no era quebrantar por la fuerza la voluntad política de Sáenz de Santamaría [...] sino expresar en la vía pública la información y las ideas del colectivo concentrado". En el auto también se recuerda la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha fijado que los límites de la crítica admisible son "más amplios respecto a un político en ejercicio, contemplado en ese carácter, que los de un individuo particular".

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El juez considera que lo relevante no es que la manifestación se haga ante el domicilio particular de un político, sino que el derecho de manifestación se realice "de forma pacífica y sin armas, aunque no se realice la comunicación previa". La delegación de Gobierno sancionó a 18 personas al estimar que la concentración no estaba autorizada. En el auto de archivo se añade que "no podrá prohibirse el ejercicio del derecho de reunión en los casos que se prevea que la reunión provocará un clima de tensión, siempre y cuando esta situación no pueda definirse como de riesgo materia, concreto y grave para el mantenimiento del orden público y para la seguridad de las personas y bienes". Para determinar qué es una "alteración del orden público", habrá igualmente que ser, según el juez, "restrictivo y exigente".

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