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Una de las cabecillas de la red de Gao Ping se querella contra el juez Andreu

El Supremo pregunta al fiscal si debe investigar al juez por prolongar las detenciones La sección tercera le obligó a excarcelar a 20 de los máximos responsables de la red de Gao Ping

Gao Ping acude a firmar a la Audiencia Nacional tras su liberación.
Gao Ping acude a firmar a la Audiencia Nacional tras su liberación. KIKE PARA

La liberación por parte de la sección tercera de la Audiencia Nacional de 20 de los cabecillas de la Operación Emperador y puso en el disparadero al instructor del caso, Fernando Andreu, ha dado alas a uno de los líderes de la organización criminal, la mayor red de blanqueo desarticulada en España en los últimos años, para querellarse contra el juez y contra los dos fiscales anticorrupción del caso, José Grinda y Juan José Rosa, por 20 presuntos delitos contra la libertad individual. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha preguntado al fiscal si debe admitir la querella a trámite y ha nombrado como instructor de esa decisión al magistrado Juan Saavedra, el presidente de la sala.

En la noche del 18 de octubre, consciente de que el plazo de 72 horas de detención para una treintena de detenidos en la operación, entre ellos sus principales cabecillas, se iba a cumplir, Andreu dictó un auto por el que ponía a su disposición a todos ellos obligando a la policía a poner fin a cualquier diligencia que estuviera realizando con los arrestados. El instructor, sin embargo, no ordenó su inmediato traslado a la Audiencia Nacional para tomarles declaración y, en su caso, enviarlos a prisión, sino que los dejó bajo custodia policial ante la falta de espacio en los calabozos de la Audiencia Nacional. Después fue ordenando su traslado a su juzgado que, en los dos días siguientes -el 19 y el 20 de octubre- envió a 20 de ellos a prisión.

La sección tercera de la Sala de lo Penal, sin embargo, consideró que la actuación del juez no había sido correcta y que este había prorrogado ilegalmente la detención de esas personas, con lo que obligó a poner en libertad a todos ellos, entre los cuales se encontraba el presunto cabecilla de la trama, Gao Ping, su esposa Lizhen Yang y el considerado responsable del aparato coactivo de la red, el exguardaespaldas de Gao, Li Haibo. En un auto muy polémico y que suponía un cambio de criterio, la sección aseguraba que, al haber sido el juez el que ordenó las detenciones, este tenía un plazo improrrogable de 72 horas para enviarlos a prisión o liberarlos, por lo que declaró nulos los autos de Andreu por los que encarceló a 20 de los detenidos.

Ahora, una de las arrestadas, Xiaoshuang Zhu, considerada un miembro de la cúpula de la organización ilegal, se ha querellado contra Andreu por esos hechos. En su escrito, que debe estudiar la Sala Segunda del Supremo al estar el juez aforado a ese tribunal, la cabecilla asegura que tanto el instructor como los dos fiscales anticorrupción del caso, "acordaron ilegalmente la detención de 20 personas" y después "articularon un mecanismo procesalmente inviable" para tratar de desobedecer la resolución de la sección tercera que les obligó a liberarlos. Ese mecanismo, según la cabecilla de la red de Gao Ping, consistió en presentar un recurso de nulidad contra el auto que ordenó excarcelarlos y que la sección tercera rechazó de plano, lo que, según la querella, prolongó su prisión seis días más.

La interpretación de la detención, regulada por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada en 1882, no es unánime en los tribunales españoles. En la mayoritaria, se entendía que los agentes tenían un plazo de 72 horas para realizar su atestado, interrogar al detenido y hacer las diligencias necesarias —registros, por ejemplo— antes de ponerlo a disposición del juez. Este, a partir de ese momento, dispondría de otras 72 horas para tomarle declaración y decidir sobre su prisión. Es decir, que podrían transcurrir hasta seis días antes de que el arrestado fuera encarcelado.

En el caso Emperador, Andreu actuó conforme a esa interpretación. Los cabecillas ahora liberados por la sección tercera fueron detenidos por orden del juez hacia las seis de la mañana del 16 de octubre. Además de la detención, Andreu ordenó a la policía que realizara 120 registros, en los que los imputados tuvieron que estar presentes. Posteriormente, el instructor fue tomando declaración a los 108 detenidos y, siguiendo la lógica de su investigación, dejó para el final a los principales implicados, Gao Ping entre ellos.

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Con plena conciencia de que se iban a cumplir las 72 horas de detención, cuando se llegó a la hora 64 de ese plazo —a las 22.00 del 18 de octubre—, el juez dictó un nuevo auto en el que ponía a su disposición a los 29 imputados que aún no habían comparecido ante él, aunque los mantenía bajo custodia en comisaría y ordenaba a los agentes que los llevaran a los calabozos de la Audiencia “según exista disponibilidad” en estas instalaciones. La resolución mandaba a los agentes que abandonaran “cualquier tipo de diligencia” con los detenidos y que se pusiera en conocimiento del juzgado “cualquier novedad respecto de los mismos”. Acto seguido, los funcionarios del juzgado de Andreu leyeron sus derechos a los imputados y fueron los médicos forenses de la Audiencia los que los exploraron. Al ponerlos bajo su autoridad, el juez entendía que tenía otras 72 horas para enviarlos a prisión, como siempre se había hecho. En total fueron 20 los encarcelados después de ese auto: los que comparecieron el 19 y 20 de octubre. Gao, como principal capo, lo hizo en último lugar.

Varios de ellos presentaron recurso contra el auto por el que se les envió a prisión. En principio, la sección tercera, la encargada de estudiarlos, no hizo reproche alguno a la actuación del juez. El 20 de noviembre confirmó el encarcelamiento de una de las principales colaboradoras de Gao, Kai Xu, que, como aquel, declaró pasadas las primeras 72 horas desde su detención. Pero dos días después, Carlos Aguirre de Cárcer, el abogado del supuesto contable de la trama, Kay Yang, puso sobre la mesa una sentencia del Tribunal Constitucional de 2011 que mantenía que, en los casos en que la detención la ordenara el juez, el instructor tenía un único plazo improrrogable de 72 horas para encarcelarlo. El tribunal liberó a Kay Yang y a otros tres capos de la mafia china y obligó a Andreu a sacar de la cárcel a otros 16 más aplicando su criterio. Según la sección tercera, todos ellos se vieron “privados ilegalmente de libertad”. Y la resolución apuntaba como responsable al juez señalando a los cabecillas el camino a la querella por detención ilegal.

Andreu, varios magistrados de la Sala y otros jueces y fiscales consultados niegan la mayor. Aseguran que el caso que examinó el Constitucional (una detención de la Operación Malaya efectuada en 2006) es completamente diferente. En esa ocasión, el juez ordenó la detención y la puesta a su disposición del detenido sin que la policía tuviera que hacer ninguna otra gestión. El instructor de la Operación Emperador afirma que, una vez efectuados los arrestos, puso a los imputados a disposición de la policía para que esta realizara 120 registros. La prueba de que se encontraban bajo su autoridad es que los agentes liberaron a varios de ellos, algo que hubiera tenido que decretar el juez si ya estuvieran bajo su responsabilidad.

La sección tercera asegura que lo que debió hacer el juez fue decretar la prisión de todos los detenidos que quedaban por comparecer sin escucharlos y posponer sus declaraciones para las siguientes 72 horas. Se trata de una objeción sin efectos prácticos en el caso, porque si Andreu hubiera obrado así, la única diferencia sería que los imputados habrían sido conducidos ante él desde la cárcel en lugar de venir de comisaría. El juez considera que su actitud fue mucho más garantista. Primero, porque los oyó antes de encarcelarlos, pero también porque la detención es una medida menos grave que la cárcel.

La sección tercera, pues, dejó a Andreu en una posición delicada solo por una interpretación novedosa de la ley que, según varios magistrados, obligará a la Audiencia Nacional a replantearse todos los macrodispositivos contra el crimen organizado, con decenas de detenidos y registros, ante las dificultades que plantea. Porque los plazos aceptados mayoritariamente hasta ahora —72 horas a disposición policial y 72 a disposición del juez, independientemente de quien ordenara la detención— ya no valen. Y organizar estas operaciones puede poner en peligro nada menos que al juez, como demuestra la querella que se acaba de presentar.

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