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La Audiencia pone en la picota al juez Andreu al imponer la salida de Gao Ping

La sección tercera desbarata la Operación Emperador y deja al instructor a merced de los capos Cinco imputados preparan ya una querella por detención ilegal para presentarla en el Supremo

La liberación de los 20 cabecillas de la mafia china forzada en los últimos días por la sección tercera de la Audiencia Nacional no solo desbarata la Operación Emperador, el mayor dispositivo contra el blanqueo de capitales puesto en marcha en los últimos años. La decisión del tribunal, muy discutida entre jueces y fiscales, ha declarado ilegales cuatro de las detenciones de los líderes de la trama, obligando al juez a dejar en libertad a los 20 imputados que conformaban la cúpula de la organización. Pero, además, ha dejado a su instructor, Fernando Andreu, que investigó el caso durante años antes de ordenar los arrestos, a merced de los capos. Cinco de ellos preparan ya una querella contra él, que se presentará en el Tribunal Supremo. Otra vez son los presuntos malhechores los que actúan contra el juez.

La situación tiene cierto paralelismo con la de Baltasar Garzón, en la que varios imputados del caso Gürtel, la mayor trama de corrupción ligada al PP, lograron inhabilitar al juez al considerar ilegales las grabaciones de las conversaciones entre los letrados y sus clientes en prisión que ordenó y que, según el Supremo, vulneraron su derecho de defensa. En ambos casos es el instructor el que queda en el disparadero. En la Operación Emperador, la amenaza contra Andreu es una querella por detención ilegal. Pero detrás se encuentra una cuestión muy discutida entre jueces y fiscales: ¿Cuánto tiempo puede pasar una persona detenida antes de que el juez la envíe a prisión?

La interpretación de la detención, regulada por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada en 1882, no es unánime en los tribunales españoles. En la mayoritaria, se entendía que los agentes tenían un plazo de 72 horas para realizar su atestado, interrogar al detenido y hacer las diligencias necesarias —registros, por ejemplo— antes de ponerlo a disposición del juez. Este, a partir de ese momento, dispondría de otras 72 horas para tomarle declaración y decidir sobre su prisión. Es decir, que podrían transcurrir hasta seis días antes de que el arrestado fuera encarcelado.

En el caso Emperador, Andreu actuó conforme a esa interpretación. Los cabecillas ahora liberados por la sección tercera fueron detenidos por orden del juez hacia las seis de la mañana del 16 de octubre. Además de la detención, Andreu ordenó a la policía que realizara 120 registros, en los que los imputados tuvieron que estar presentes. Posteriormente, el instructor fue tomando declaración a los 108 detenidos y, siguiendo la lógica de su investigación, dejó para el final a los principales implicados, Gao Ping entre ellos.

Con plena conciencia de que se iban a cumplir las 72 horas de detención, cuando se llegó a la hora 64 de ese plazo —a las 22.00 del 18 de octubre—, el juez dictó un nuevo auto en el que ponía a su disposición a los 29 imputados que aun no habían comparecido ante él, aunque los mantenía bajo custodia en comisaría y ordenaba a los agentes que los llevaran a los calabozos de la Audiencia “según exista disponibilidad” en estas instalaciones. La resolución mandaba a los agentes que abandonaran “cualquier tipo de diligencia” con los detenidos y que se pusiera en conocimiento del juzgado “cualquier novedad respecto de los mismos”. Acto seguido, los funcionarios del juzgado de Andreu leyeron sus derechos a los imputados y fueron los médicos forenses de la Audiencia los que los exploraron. Al ponerlos bajo su autoridad, el juez entendía que tenía otras 72 horas para enviarlos a prisión, como siempre se había hecho. En total fueron 20 los encarcelados después de ese auto: los que comparecieron el 19 y 20 de octubre. Gao, como principal capo, lo hizo en último lugar.

Varios de ellos presentaron recurso contra el auto por el que se les envió a prisión. En principio, la sección tercera, la encargada de estudiarlos, no hizo reproche alguno a la actuación del juez. El 20 de noviembre confirmó el encarcelamiento de una de las principales colaboradoras de Gao, Kai Xu, que, como aquel, declaró pasadas las primeras 72 horas desde su detención. Pero dos días después, Carlos Aguirre de Cárcer, el abogado del supuesto contable de la trama, Kay Yang, puso sobre la mesa una sentencia del Tribunal Constitucional de 2011 que mantenía que, en los casos en que la detención la ordenara el juez, el instructor tenía un único plazo improrrogable de 72 horas para encarcelarlo. El tribunal liberó a Kay Yang y a otros tres capos de la mafia china y obligó a Andreu a sacar de la cárcel a otros 16 más aplicando su criterio. Según la sección tercera, todos ellos se vieron “privados ilegalmente de libertad”. Y la resolución apuntaba como responsable al juez señalando a los cabecillas el camino a la querella por detención ilegal.

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Andreu, varios magistrados de la Sala y otros jueces y fiscales consultados niegan la mayor. Aseguran que el caso que examinó el Constitucional (una detención de la Operación Malaya efectuada en 2006) es completamente diferente. En esa ocasión, el juez ordenó la detención y la puesta a su disposición del detenido sin que la policía tuviera que hacer ninguna otra gestión. El instructor de la Operación Emperador afirma que, una vez efectuados los arrestos, puso a los imputados a disposición de la policía para que esta realizara 120 registros. La prueba de que se encontraban bajo su autoridad es que los agentes liberaron a varios de ellos, algo que hubiera tenido que decretar el juez si ya estuvieran bajo su responsabilidad.

La sección tercera asegura que lo que debió hacer el juez fue decretar la prisión de todos los detenidos que quedaban por comparecer sin escucharlos y posponer sus declaraciones para las siguientes 72 horas. Se trata de una objeción sin efectos prácticos en el caso, porque si Andreu hubiera obrado así, la única diferencia sería que los imputados habrían sido conducidos ante él desde la cárcel en lugar de venir de comisaría. El juez considera que su actitud fue mucho más garantista. Primero, porque los oyó antes de encarcelarlos, pero también porque la detención es una medida menos grave que la cárcel.

La sección tercera, pues, ha dejado al juez en la picota únicamente por una interpretación novedosa de la ley que, según varios magistrados, obligará a la Audiencia Nacional a replantearse todos los macrodispositivos contra el crimen organizado, con decenas de detenidos y registros, ante las dificultades que plantea. Porque los plazos aceptados mayoritariamente hasta ahora —72 horas a disposición policial y 72 a disposición del juez, independientemente de quien ordenara la detención— ya no valen. Y organizar estas operaciones puede poner en peligro nada menos que al juez.

Los argumentos de la sección tercera y del juez

1. Auto de la sección que anula la prisión de Kay Yang.

—“Estamos ante una detención judicial y no policial (...) La puesta a disposición judicial del detenido se produjo con la detención a las 6 horas del 16 de octubre y es a partir de ese momento cuando comienza el cómputo de las 72 horas de las que dispone el juez que conoce de la causa para acordar la prisión”.

—Según el tribunal, solo es prorrogable la vista en la que se decide si el detenido va o no a prisión, pero no “el auto de prisión cuando se dé el supuesto de imposibilidad de celebración” de aquella vista.

—“La omisión por parte del juzgado dentro de las 72 horas siguientes a la detención por él ordenada, esto es, antes antes de las 6 horas del 19 de octubre, del pronunciamiento de libertad o de prisión (...) determinó la falta de cobertura legal de la detención del hoy apelante, que se vio privado ilegalmente de libertad”.

2. Auto de Andreu en el que pone en libertad a Gao Ping.

—“El auto de 15 de octubre ordena la detención, pero no que los detenidos sean entregados al juzgado de forma inmediata”.

—“Paralelamente se autoriza a la policía 124 registros que se debían hacer con la presencia de los detenidos (...) poniéndolos a disposición de la policía”.

—La policía liberó a algunos detenidos. “De haber estado a disposición judicial y no policial esta iniciativa no se hubiera podido tomar”.

—“El auto de 18 de octubre, por cuanto el plazo de 72 horas de disposición policial estaba próximo a cumplirse, acuerda que la policía ponga a disposición del juzgado a los detenidos (...) y el juzgado procede a convocar las comparecencias”.

—“Este juzgado, aún estando en contra del superior criterio, debe acatarlo”.

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