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Ley catalana de referéndum vigente y ley de consultas pendiente

CiU quiere superar la ley de referéndum que requiere la autorización del Gobierno central pero su proyecto quedará decaído con la disolución del Parlament

Fachada del Tribunal Constitucional
Fachada del Tribunal ConstitucionalCLAUDIO ÁLVAREZ

El Tribunal Constitucional tiene pendiente de sentenciar desde 2010 la Ley de Cataluña sobre consultas populares por vía de Referéndum, impulsada por el Gobierno tripartito (PSC, ERC e ICV) y que permite convocar una consulta a propuesta del Gobierno catalán, de dos grupos parlamentarios o una quinta parte de los diputados del Parlamento autónomo, o del 10% de los municipios (que caso deben representar al menos a 500.000 habitantes).

La ley fue recurrida de inconstitucionalidad por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, pero transcurrido el plazo de cinco meses de suspensión el Constitucional levantó el veto en junio de 2001. El Tribunal recordó entonces que “el posible objeto de las consultas ha de circunscribirse al ámbito de las competencias de la Generalitat, mientras que la celebración de una eventual consulta está, en todo caso, supeditada a la obtención de la previa autorización del Estado”.

Según fuentes del Constitucional, el recurso, que impugnaba los artículos 1 a 30 y 43 y 45 de la ley catalana de referéndum, llegó a ser deliberado por el Pleno pero la ponencia inicial del magistrado conservador Javier Delgado Barrio fue rechazada y el nuevo proyecto de sentencia quedó encomendado al progresista Luis Ortega Álvarez.

Desde entonces y hasta que el Constitucional dicte sentencia, la ley de referéndum de Cataluña de 2010 está plenamente vigente, aunque el objeto de las consultas esté limitado a las facultades que la Constitución y el Estatuto otorgan a la Generalitat y requieran autorización del Gobierno central.

CiU, entonces en la oposición, criticó duramente esta iniciativa al considerar que no explotaba las potencialidades del Estatuto catalán y se limitaba a regular un tipo de consulta que dependía del beneplácito del Ejecutivo central. En consecuencia, desde el pasado mes de marzo estaba tramitando un nuevo proyecto de ley de consultas populares inicialmente orientado a convocar una consulta a la ciudadanía sobre el pacto fiscal.

La diferencia entre la ley de referéndum del tripartito y la de consultas populares que tramitaba CiU es que ésta no se iba a regir por el procedimiento electoral y sobre todo, no requeriría autorización del Gobierno central. El objetivo de la futura ley iba a ser consultar a los catalanes sobre e pacto fiscal, como parte de la estrategia de Artur Mas para negociar un nuevo modelo de financiación.

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Sin embargo, con la próxima disolución del Parlament, el proyecto quedará decaído y habrá de ser retomado en la próxima legislatura autonómica. para entonces, el objetivo del pacto fiscal habrá quedado superado y el siguiente proyecto parece que tendrá como objetivo abrir la puerta a una consulta sobre la independencia.

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