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El Supremo paraliza la obra de un puerto de Tenerife que afecta a una fanerógama

Frente al interés económico del proyecto, el alto tribunal prefiere esperar a la resolución definitiva del recurso antes que desproteger una especie cuya pérdida en esa zona será "irremediable"

Cymodocea nodosa (Foto: Wikipedia)
Cymodocea nodosa (Foto: Wikipedia)

El Tribunal Supremo ha mantenido la suspensión de una orden que excluía del catálogo de especies protegidas la cyomodocea nodosa, una fanerógama marina que crece en praderas en un tramo del fondo donde tiene que construirse el  nuevo puerto de Granadilla de Abona, en la isla de Tenerife. 

La Sala de lo Contencioso del Supremo ha rechazado un recurso de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y del Gobierno de Canarias, y ha dado la razón a la Federación Ecologista Ben Magec, Ecologistas en Acción, que pedían que se mantuviese la suspensión.

Según la sentencia, la descatalogación de la especie protegida cymodocea nodosa obedeció, "más que a razones exclusivamente medioambientales, a la necesidad de suprimir los obstáculos ambientales que impedían iniciar las obras de construcción de un nuevo puerto en el litoral de Granadilla de Abona". Esta obra pública se construye como ampliación de la infraestructura portuaria del Puerto de Tenerife y tiene una indudable trascendencia económica para la zona.

El alto tribunal razona que existe un enfrentamiento de dos intereses públicos. De un lado, la construcción de una obra pública de interés general que prevé la instalación de una planta regasificadora para la reducción de emisiones de CO2 de las centrales térmicas de Tenerife, lo que incluye un interés medioambiental sobre mejora de política energética. Y de otro, la protección de  las praderas marinas de cymodocea nodosa, también denominadas sebadales, que tienen una función ecológica relevante en aspectos relativos al transporte de oxígeno y la transferencia de nutrientes de otros niveles a la red trófica submarina.

El Supremo da prevalencia al interés medioambiental frente al económico, porque si no se suspende la exclusión del catálogo de especies protegidas, el resultado sera "irremediable", pues la construcción del puerto comportaría la destrucción del sebadal.  Mientras que si se mantiene la suspensión "sólo debe esperarse a la resolución del recurso, para, en su caso, iniciar  o continuar las obras del puerto". 

De los seis magistrados que se han pronunciado, dos han emitido un voto particular discrepante por entender que la afectación de la especie cymodocea nodosa  en Granadilla de Abona no comporta amenaza ni peligro alguno para la existencia de dicha praderas marinas en Canarias. Los dos jueces disidentes, María del Pliar Teso y Rafael Fernández Valverde, ponen de relieve que la descatalogación de esa zona es inferior al 2% de los sebadales existentes en Canarias, y en concreto las obras del puerto afectarían al 1,26%. Añaden que la orden que está suspendida acordaba mantener la protección de la especie en el resto del archipiélago e iniciar estudios para la ampliación de los hábitats existentes, a fin de compensar el afectado por las  obras del puerto. En cambio, la construcción del puerto  es "de interés público de primer orden" y tiene una "incuestionable trascendencia económica para la isla".  

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En definitiva, las obras del puerto seguirán suspendidas hasta que se pronuncien definitivamente los tribunales sobre el fondo del recurso.   

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