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Estrasburgo rechaza por primera vez un caso sobre las fosas del franquismo

Los jueces afirman que la demanda fue presentada fuera de plazo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha declarado inadmisible la primera demanda contra España por las desapariciones de la Guerra Civil y las fosas del franquismo.

La demanda fue presentada por la hija —ya fallecida— y el nieto de Luis Dorado Luque, diputado del PSOE por Málaga en 1936, que fue detenido el 18 de julio de ese año por militares cuando viajaba en tren de Madrid a Málaga. Se supo que estuvo detenido en la guarnición de San Rafael, en Córdoba, hasta el 28 de julio de 1936, fecha desde la que no se tienen noticias de su paradero. En agosto de 1936 apareció un cadáver que tenía documentos de Dorado Luque en los bolsillos, y fue registrado como fallecido, pero el juez del registro civil resolvió que no era prueba suficiente para concluir que el cuerpo fuera el de Dorado y anotó el cadáver como “desconocido”. Los familiares sospechan que los restos están enterrados en una fosa común del cementerio cordobés de La Salud.

En mayo de 2006 presentaron una denuncia en un juzgado de Córdoba calificando como crimen de guerra el secuestro y posible asesinato de Dorado Luque, pero el juez resolvió que se trataba de un “hipotético asesinato común”, prescrito al haber transcurrido más de 20 años. La Audiencia de Córdoba desestimó la apelación y el Tribunal Constitucional español inadmitió el recurso de amparo. En diciembre de 2006, presentaron una demanda, junto con otras asociaciones de víctimas, ante el juzgado 5 de la Audiencia Nacional, del que era titular entonces el juez Baltasar Garzón, que en 2008 se inhibió en favor de los juzgados de los territorios donde se encontrasen las fosas.

El TEDH ha rechazado la demanda, al entender que se presentó “fuera de plazo”. La decisión recuerda que, tras el final del régimen de Franco y la Ley de amnistía de 1977, el derecho de petición individual es posible desde el 1 de julio de 1981, y la hija de Dorado Luque no intentó hasta 2006 un procedimiento criminal por el secuestro y posible asesinato de su padre. Es decir, pasaron 25 años entre esa fecha y la querella interpuesta ante el juzgado cordobés, 28 hasta que fue presentada la demanda en Estrasburgo y 73 años desde la desaparición del diputado. Para la Corte, “los demandantes no mostraron la diligencia necesaria para cumplir con los requisitos derivados del Convenio y la jurisprudencia del Tribunal sobre desapariciones”.

El pasado jueves, el Tribunal Supremo español resolvió que no cabe investigar penalmente los crímenes del franquismo, al haberse dictado la Ley de amnistía y haber transcurrido más de 20 años desde la promulgación de la Constitución, decisión que se ve reforzada ahora por la decisión de la Corte europea.

El TEDH tiene pendiente de resolución otra demanda contra España presentada por la nieta del que fuera presidente de Gobierno de la República Juan Negrín.

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