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La Audiencia da vía libre al Gobierno para cerrar centrales nucleares

Industria puede no prorrogar la licencia en contra de los informes técnicos

La piscina de combustible gastado de la central nuclear de Garoña, en Burgos, que será clausurada en 2013.
La piscina de combustible gastado de la central nuclear de Garoña, en Burgos, que será clausurada en 2013.GORKA LEJARCEGI

La central nuclear de Garoña suspendió en abril la celebración de su 40 aniversario. Acababa de explotar la nuclear de Fukushima, cuyo primer reactor es idéntico al de Garoña, y no había mucho que festejar. Con el accidente de Japón el sector perdió la esperanza en alargar la vida de la nuclear más allá de 2013. Ayer, con la sentencia de la Audiencia Nacional que da la razón a Industria y avala el cierre pese al informe positivo del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), la nuclear burgalesa encajó otro mazazo.

La sentencia de la sección primera de lo contencioso es relevante desde muchos puntos de vista. Por Garoña —donde había 1.400 millones en juego— y por el precedente que supone, ya que no había llegado ningún cierre nuclear a los tribunales. El único caso, el de Zorita, se clausuró con acuerdo con las eléctricas y por un informe del CSN que avaló el cierre.

El fallo de ayer, del que ha sido ponente la magistrada Nieves Bautista, supone que el Gobierno puede no renovar la licencia de una nuclear aunque los informes técnicos del CSN avalen una prórroga. La sentencia considera que la energía atómica tiene condicionantes políticos y sociales y que el Ejecutivo tiene cierta discrecionalidad —siempre que argumente su decisión—. La sentencia del tribunal da la razón al Ministerio de Industria y señala que ni Endesa ni Iberdrola, dueñas al 50% de la planta bajo la marca Nuclenor, recibirán indemnización por el cese de actividad. Contra el fallo cabe recurso de casación al Supremo.

El tribunal deniega la indemnización de 1.400 millones que pedían las eléctricas

El fallo considera que “el titular de una nuclear no tiene un derecho indefinido y temporalmente ilimitado a continuar explotando la misma, sino que al solicitar su renovación siempre está expuesto a que la misma sea denegada, y ello a pesar del informe favorable del CSN, que solo es vinculante cuando tenga carácter denegatorio de la concesión”.

La sentencia, de 52 folios, acepta las tesis de Industria, ya que señala que sus argumentos para cerrar la central no fueron “ni caprichosos ni irrazonables” y considera que la orden ministerial de clausura incluye una “fundamentación razonable y suficientemente extensa”.

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Nuclenor: “La sentencia se basa en cuestiones de orden político”

La Audiencia considera “especialmente trascendente” la justificación de que hay que cerrar Garoña para potenciar las energías renovables, ya que las nucleares no regulan su potencia y en ocasiones hay que desconectar aerogeneradores porque sobra electricidad.

Toda la sentencia destila una idea: que la energía nuclear es algo tan controvertido y debatible que un Gobierno debe tener capacidad de maniobra sobre el futuro atómico. La energía nuclear, dice el fallo, “es muy controvertida, generadora de un gran debate popular” y “debido a los riesgos inherentes de tal clase de energía puede intervenir una determinada dirección u orientación de la política del Gobierno”.

La sentencia cita el argumento que esgrimió la abogada del Estado del caso, Rosa Seoane: si quien se va a hacer cargo de los residuos es el Estado, este debe poder decidir sobre la generación nuclear. Seoane tuvo una actuación muy destacada en la vista de conclusiones, donde desmontó los argumentos de las eléctricas.

Estas insistieron en que la decisión de cierre era política pero la abogada del Estado ni entró a rebatirlo. “Los Gobiernos adoptan decisiones”, fue su única respuesta. Y la Audiencia acepta la idea.

El fallo considera que el cierre responde a “legítimas razones de política energética del Gobierno, por lo que no es arbitraria ni incurre en desviación de poder”, según el resumen de la sentencia que dio el tribunal y acepta hasta la inusual tramitación del cierre, poco rigurosa en la forma. El magistrado José Guerrero ha emitido un voto particular en el que coincide con lo esencial de la sentencia, pero discrepa en algunos puntos del procedimiento seguido por Industria.

Garoña, conectada en 1971, es la central más antigua de España. Con una potencia de 466 megavatios, es además la más pequeña. El programa electoral del PSOE prometió cerrar las nucleares cuando cumplieran su vida útil, 40 años que en el caso de Garoña se alcanzó el pasado abril. Sin embargo, la división en el Ejecutivo llevó a Zapatero a posponer el cierre hasta 2013.

La decisión recibió una catarata de recursos en contra. La nuclear, la Junta de Castilla y León, UGT, los trabajadores, los municipios nucleares y los accionistas pleitearon para mantener la central hasta al menos 2019. Ecologistas en Acción, Greenpeace y la CGT, lo hicieron en sentido opuesto: por el cierre inmediato.

Las eléctricas reclamaron funcionar 20 años más o, en caso contrario, recibir casi 1.400 millones de euros de indemnización: 951 por el lucro cesante y el resto por el inmovilizado de la central. Las eléctricas consideraron que el cierre era una decisión arbitraria, una expropiación encubierta solo sustentada por una decisión política.

El caso ha tenido un interés especial porque el perito que calculó el lucro cesante para Nuclenor fue Fabrizio Hernández, fichado en enero pasado por Miguel Sebastián como secretario de Estado de Energía. Así, la Audiencia vio cómo la abogada del Estado se dedicó a desmontar el informe del que ya era número dos del ministerio. Según la letrada que defendía a Industria, el informe de Hernández (firmado junto a otro experto) no era “ni realista ni fiable ni verosímil”. Hernández consideraba en su peritaje que había un 95% de probabilidades de que Garoña siguiese abierta hasta 2029, aunque esta semana admitió que podría cerrar incluso antes de 2013 si no supera las pruebas de resistencia.

El fallo fue acogido con entusiasmo por los ecologistas. Carlos Bravo, de Greenpeace, se mostró muy satisfecho por todo, “salvo por la fecha de cierre”: “Es una sentencia muy importante porque deja claro el derecho del Gobierno a cerrar una nuclear sin indemnización”. Francisco Castejón, de Ecologistas en Acción, destacó la repercusión en las próximas prórrogas nucleares: “Si hay voluntad política, el Gobierno puede cerrar cualquier central”. La próxima nuclear en cumplir 40 años es Almaraz, en 2021, pero antes hay una serie de plantas que deben renovar su permiso.

El sector nuclear encajó el fallo como un duro golpe. El Foro Nuclear señaló que cerrar Garoña “es un despropósito”. Nuclenor destacó que “la sentencia no cuestiona la seguridad de la instalación y basa la decisión en cuestiones de orden político”. La zona vive con mucha inquietud el cierre y critica que no llegan las inversiones prometidas por el Gobierno para la zona.

El fallo recibirá una previsible cascada de recursos en casación al Supremo, pero mientras este decide (y hay un gran atasco en lo contencioso) pesará como una losa sobre la industria atómica. El sector ya duda de que el PP prorrogue la vida de la planta si llega a La Moncloa.

La sentencia

  • "El titular de una central nuclear no tiene un derecho indefinido y temporalmente ilimitado a continuar explotando la misma, sino que al solicitar su renovación siempre está expuesto a que la misma sea denegada, y ello a pesar del informe favorable del CSN, que solo es vinculante cuando tenga carácter denegatorio de la concesión".
  • El cierre responde a "legítimas razones de política energética del Gobierno, por lo que no es arbitraria ni incurre en desviación de poder".
  • "El acuerdo de cese definitivo [...] no es arbitrario y resulta suficientemente justificado en la orden ministerial".

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