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EDITORIAL
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Reforma transitoria

El rechazo de los agentes sociales reduce la eficacia de la negociación colectiva del Gobierno

La negociación de la reforma de la negociación colectiva ha concluido con una intervención del Gobierno que los agentes sociales han rechazado rápidamente con ostensibles muestras de disgusto. El Decreto Ley aprobado por el Consejo de Ministros es la respuesta política adecuada a la falta de acuerdo entre la patronal CEOE y los sindicatos; por lo tanto, parte de las decepciones y críticas que los empresarios, UGT y CC OO han transmitido deben recaer sobre a ellos mismos. Si han sido incapaces de pactar, lo lógico es que se recurra a la segunda mejor opción: que el gobierno legisle. No parece elegante que la CEOE se rasgue ahora las vestiduras después de que una parte de la patronal se dedicara al juego político (instado probablemente desde el PP) de bloquear el pacto para hurtar los laureles al Gobierno.

El Gobierno ha optado por mantener la ultraactividad de los convenios, introduciendo una detallada casuística para renovarlos (plazos de entre ocho y catorce meses con recurso al arbitraje si es necesario) que parece insuficiente a las empresas, y una liberalización moderada de los convenios, dotando de más poder a los de empresas, que parece excesiva a los sindicatos. La decepción de la CEOE, cándida o táctica, a elegir, partía de la suposición de que era posible un acuerdo con los sindicatos (o con el Gobierno) que liquidara la ultraactividad y que UGT y CC OO (o Trabajo) aceptaran la eliminación en la práctica de los convenios sectoriales y provinciales en beneficio de los de empresa. Ya se ha visto que este Gobierno no lo acepta; ya se verá si el próximo los hace, porque las exigencias poselectorales pueden aconsejar un acuerdo del Gobierno con los sindicatos.

Por lo tanto, la reforma de la negociación colectiva parece un avance moderado, de transición, avanzado respecto a las leyes actuales y escaso respecto a las expectativas creadas. Pero presenta dos problemas de envergadura que limitan su efectividad. El primero es que, como en la reforma de la contratación, sigue la línea tortuosa de aprobar un Decreto mientras se insta a las partes a que sigan negociando, con la promesa de que los acuerdos subsiguientes se tramitarán con la Ley. Es un método incierto, que puede dar lugar a situaciones como la que ayer mismo se produjo, cuando el Ejecutivo anunció un Real Decreto para regular los Expedientes de Regulación de Empleo que permite despidos a las empresas que prevean pérdidas transitorias (la exigencia inicial en la reforma eran pérdidas permanentes). Las reformas laborales no pueden estra sometidas a cambios permanentes, casi todos imprecisos. Porque la reforma de los ERE no explica cuales son los términos excatos para declarar pérdidas transitorias.

El segundo gran problema es de orden práctico. Sea quien sea el cupable de la falta de acuerdo entre los agentes sociales, una norma que unos y otros rechazan no puede ser efectiva. No sólo no creará empleo, una pretensión que quizá sonase a utópica desde el principio, sino que ni siquiera podrá aplicarse con comodidad.

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