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La policía observa las concentraciones sin intervenir

Las fuerzas de seguridad entregaron el viernes una nota a los concentrados advirtiéndoles del veto "Para resolver un problema la policía no va a crear otro", había adelantado Rubalcaba

Mónica Ceberio Belaza
Rubalcaba conversa con los periodistas tras la rueda de prensa de hoy del Consejo de Ministros.
Rubalcaba conversa con los periodistas tras la rueda de prensa de hoy del Consejo de Ministros.ULY MARTÍN

No habrá desalojo por la fuerza, pero sí advertencias. La Policía informó a pocas horas del comienzo de la jornada de reflexión a los asistentes a las concentraciones que se están celebrando en toda España de que éstas no cuentan con autorización administrativa, pero no las disolverá. Los concentrados y las personas que pretendan sumarse a ellos serán informadas de las sanciones a las que se exponen, previstas en la Ley Electoral y en la Ley de Seguridad Ciudadana. Conocerán por escrito las medidas que la administración tomará si se mantienen en sus trece durante el fin de semana. Pero nada más. De hecho, este sábado los agentes se han limitado a observar el desarrollo de las concentraciones, sin intervenir en absoluto.

La falta de autorización de una manifestación de este tipo, coinciden varios juristas, o no es motivo suficiente para su disolución según la legislación española y europea, salvo que haya actos de violencia o algún otro incumplimiento de la ley. La policía, al no utilizar la fuerza, además, cumpliría la ley, siempre según fuentes gubernamentales.

El Gobierno es consciente de que la decisión de la Junta Electoral Central de prohibir las concentraciones de mañana (jornada de reflexión) y pasado (día electoral) es vinculante para cada ciudadano. Pero también que sin violencia no hay motivos sólidos para una intervención por la fuerza, según afirman fuentes del Ejecutivo.

El hecho de que las concentraciones estén prohibidas no es motivo suficiente para la actuación de la policía, que solo podría desalojar a los manifestantes, según dichas fuentes, si estuvieran cometiendo algún ilícito penal, si se produjera una grave alteración del orden público o si los asistentes vistieran uniformes paramilitares, según dispone la ley que regula el derecho de reunión y la ley orgánica de Seguridad Ciudadana.

La ley, dice el Ejecutivo, impide la utilización de la fuerza por la policía "a no ser que se produzcan actos violentos"

El artículo 16 de esta última señala que el Gobierno, “por medio de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, podrá disolver, en la forma que menos perjudique, las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones en los supuestos previstos en el artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión”.

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Y según esta disposición, podrán disolverse las reuniones y manifestaciones que constituyan un ilícito penal, cuando provoquen alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes o los asistentes lleven uniformes paramilitares. La resolución por la que se decida el desalojo forzoso, en todo caso, tendría que ser comunicada a los congregados.

El Ejecutivo fundamenta también su decisión en una sentencia del Tribunal del Derechos Humanos de Estrasburgo del pasado 8 de febrero en la que se afirma que si no hay violencia por parte de los manifestantes, los poderes públicos tendrán que moderar su actuación. “En ausencia de actos de violencia por parte de los manifestantes”, indica la resolución, “al menos antes de utilizar la fuerza por parte de la policía es importante que los poderes públicos demuestren una especial tolerancia hacia las concentraciones pacíficas para no privar de contenido la libertad de reunión garantizada por el artículo 11 de la Convención Europea de Derechos Humanos”.

"La disolución de la reunión necesita no solamente que se cumpla alguno de los presupuestos legales de la ley reguladora del derecho de reunión, que entiendo no se cumplen en este caso, sino además que se haga mediante una actuación proporcionada a la situación", opina Guillermo Aguillaume, abogado y profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid.

"El mantenimiento de la reunión una vez que la autoridad competente, la Junta Electoral Central, la ha prohibido, supone una infracción administrativa recogida en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, y por lo tanto podría sancionarse con multas a los promotores y organizadores. El principio de proporcionalidad es esencial en la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y viene recogido en el artículo 5.2 de la ley que los regula. Si existe la posibilidad de actuar mediante sanciones, resultaría desproporcionado que la policía utilizase la fuerza para disolver la reunión/asentamiento, ya que el grado de fuerza preciso para disolverla, dadas sus actuales dimensiones, sería sin duda descomunal. Hay que tener en cuenta que existe ahora mismo en la Puerta del Sol hasta una guardería", prosigue el jurista.

Alfredo Pérez Rubalcaba, por su lado y en el estrado de las ruedas de prensa del Consejo de Ministros, no ha querido ser concreto. Por más que le han preguntado sobre si desalojará o no por la fuerza las concentraciones pacíficas prohibidas por la Junta Electoral Central, el vicepresidente del Gobierno no ha respondido y ha insistido en que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad "no están para crear dos o tres problemas donde hay uno", ha dicho. Aún así, fuentes de Interior aseguraron que no producirá un desalojo a la fuerza, pues legalmente solo puede hacerse si se producen actos violentos.

Antes de ser sometido a preguntas casi monográficas sobre qué va a hacer la policía ante el veto a las protestas de la Junta Electoral Central, Rubalcaba quiso poner en claro varios principios, destinados sobre todo a los manifestantes. "Es algo elemental que la democracia es un conjunto de reglas que nos hemos dado los españoles y que hemos asumido como propias, y esas reglas se llaman leyes y no hay democracia si no hay cumplimiento de la ley", precisó.

Encadenada a esta reflexión, recordó que la misión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado es "garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad ciudadana en su conjunto, y eso es lo que han hecho la policía y la Guardia Civil  desde el principio de la democracia". Como colofón, sancionó : "Lo que vamos a hacer es cumplir el mandato constitucional y el de las Fuerzas de Seguridad es cumplir con las leyes, y para ello actúan con oportunidad, congruencia y proporcionalidad y, para que eso se entienda, lo que digo es que donde hay un problema la policía no crea otro ni dos ni tres problemas más".

No hubo manera de sacarlo de esas afirmaciones o de la frase de que, dijo, "lo que vamos a hacer es cumplir la ley". Incluso a la pregunta directa de si desalojará la Puerta del Sol o no, respondió: "Habrá que esperar al momento, pero todo eso cumpliendo las leyes". Y, concluyó, como sugerencia de que no habrá desalojo por la fuerza: "Se cumplirá la ley como ayer o anteayer". Y esos días la policía no desalojó.

¿Qué dispositivo habrá?, le preguntaron a Pérez Rubalcaba: "Los habituales en un momento electoral como este; solo hay que ir por la calle para ver que hay mucha Guardia Civil y policía". "Estas concentraciones se han desarrollado de manera pacífica, y eso es bueno y tranquilizador, y el Gobierno debe decir a los ciudadanos que estén tranquilos. Este es un Estado que funciona bien", ha afirmado el vicepresidente sobre la posible violencia en el desalojo de los campamentos.

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Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

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