_
_
_
_
_

La condena a prisión de Valtonyc divide a las asociaciones judiciales

El Supremo sentenció al rapero a tres años y medio de cárcel por enaltecimiento del terrorismo, injurias al Rey y amenazas

Unas 200 personas se concentran en la plaza de Cort en apoyo a Valtonyc. En vídeo, declaraciones del ministro del Interior.Vídeo: EUROPA PRESS / EFE
Fernando J. Pérez

La condena a tres años y medio de prisión al rapero José Miguel Arenas Beltrán Valtonyc por enaltecimiento del terrorismo, injurias graves a la Corona y amenazas por las letras de 16 de sus canciones divide a las asociaciones de magistrados. El Tribunal Supremo confirmó el martes la sentencia que impuso al cantante la Audiencia Nacional hace exactamente un año por frases como “quiero transmitir a los españoles un mensaje, ETA es una gran nación” o “un pistoletazo en la frente de tu jefe está justificado, o siempre queda esperar a que le secuestre algún Grupo”.

Más información
La Audiencia Nacional condena a Cassandra Vera, la tuitera que hizo chistes de la muerte de Carrero
El Supremo advierte de que retuitear mensajes de enaltecimiento del terrorismo también puede ser delito

También le condena por “reiteradas amenazas de muerte” al presidente del Círculo Balear, Jorge Campos, y a los miembros de esta asociación de carácter españolista. "Jorge Campos merece una bomba de destrucción nuclear"; "queremos la muerte para estos cerdos"; "llegaremos a la nuez de tu cuello, cabrón, encontrándonos en el palacio del Borbón, kalashnikov"; "le arrancaré la arteria y todo lo que haga falta", escribió sobre ellos.

Las tres lagunas de la sentencia

Alberto López Basaguren, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco, observa tres problemas concretos en la sentencia del Supremo sobre Valtonyc. El primero tiene que ver con la aplicación del delito de injurias al Rey. “Seguimos teniendo en el Código Penal una figura que contradice el Convenio Europeo de Derechos Humanos”, afirma López Basaguren. La doctrina del Tribunal de Estrasburgo en el caso Otegi y otros “reitera que este tipo de instituciones [la jefatura del Estado] no puede tener una protección agravada respecto a las personas ordinarias”, afirma. Según el catedrático, pese a citar numerosa jurisprudencia en la sentencia, no motiva de manera suficiente cómo encaja la conducta de Valtonyc en la doctrina de Estraburgo sobre las injurias a la Corona.

El segundo defecto de argumentación que observa López Basaguren afecta al delito de enaltecimiento del terrorismo. “La sentencia no especifica qué hechos probados por la Audiencia Nacional suponen una incitación directa a la realización de actos de terrorismo”, considera.

Finalmente, el catedrático reprocha que se haya obviado la sentencia del Tribunal Constitucional 235/07, que anuló un artículo del Código Penal sobre delitos de odio. “¿Es lo mismo que un cantante como este sin influencia política haga una afirmación de este tipo que si esa misma afirmación la hace un dirigente de Sortu? Este se puede entender que puede incitar, el cantante no tiene conexión directa con la incitación a realizar actos de terrorismo. El tribunal debía haber argumentado por qué ve esta vinculación y no lo hace”.

La Asociación Profesional de la Magistratura, de tendencia conservadora y mayoritaria en la carrera judicial, considera que la doctrina del Tribunal Supremo en el caso de Valtonyc “no resulta digna de crítica” desde el punto de vista jurídico, aunque entiende que pueda generar discrepancia social. Tras examinar la sentencia, su portavoz, Celso Rodríguez Padrón, recuerda que los magistrados de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo no hacen sino “aplicar el Código Penal vigente”. El magistrado afirma que los delitos de odio y de enaltecimiento del terrorismo tienen un cauce de comisión que no es otro que “la expresión de ideas o mensajes”, y recuerda que la libertad de expresión “no es un derecho absoluto e ilimitado”.

“No es una aberración jurídica que las transgresiones más intolerables y extremas de la libertad de expresión, aquellas que atentan contra la dignidad de personas y colectivos, o contra las víctimas del terrorismo, constituyan una figura penal”, afirma Rodríguez Padrón. El portavoz de la APM afirma que “hablar con carácter general de límites a la libertad de expresión resulta siempre difuso y confuso, hay que individualizar el conjunto de circunstancias que rodean la expresión, el contexto, las circunstancias personales, sociales e incluso históricas”.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Ignacio González Vega, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, afirma que el delito de enaltecimiento del terrorismo “debería reformarse para que no sea tan abierto y dé lugar a interpretaciones contradictorias”. Para este magistrado, su aplicación debería limitarse a aquellos supuestos en los que se produce “una incitación directa a la violencia”. Además, González Vega considera que este tipo penal se encuentra “excesivamente castigado”, con penas de hasta tres años de prisión, y aboga por sustituir en la ley la privación de libertad por sanciones de tipo económico.

El representante de la asociación progresista afirma que la aplicación de delitos de enaltecimiento a manifestaciones como las canciones de Valtonyc o los tuits con expresiones de odio está actuando como “una lluvia fina que está calando” y que está acarreando una importante restricción a la libertad de expresión. González Vega defiende un modelo de juez que interprete los artículos del Código Penal siempre en clave constitucional. “La libertad de expresión es un derecho fundamental y debe prevalecer sobre otros bienes jurídicos”, subraya.

González Vega defiende la conveniencia de despenalizar las injurias graves a la Corona, delito por el que también ha sido condenado Valtonyc a un año de prisión. “El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dice que el jefe del Estado no debe ser merecedor de especial protección, el Rey ya es inviolable por la Constitución, en lo demás debe tener una protección como el resto de los ciudadanos, y la fórmula actual da lugar a interpretaciones muy variadas y contradictorias” afirma.

La asociación progresista sostiene además que la competencia sobre los delitos de enaltecimiento del terrorismo no debería ser de la Audiencia Nacional, sino de los juzgados de cada territorio. Al estar incorporado en el capítulo de delitos de terrorismo, su aplicación supone una “estigmatización añadida” del acusado al “equiparar su conducta a delitos tan graves como el asesinato o el secuestro”, señala.

El PSOE: "Retroceso en derechos y libertades"

La portavoz del grupo parlamentario socialista, Margarita Robles, ha lamentado que el país viva una época de "retroceso de libertades" debido a la aplicación de la "ley mordaza" en el anterior gobierno del PP y que el PSOE espera "derogar pronto": "Con carácter general, en estos tiempos de gobierno del PP está habiendo un retroceso en materia de derechos y libertades", ha dicho Robles. La portavoz ha defendido sin embargo la labor de los tribunales en la sentencia de Valtonyc: "Es legítimo el derecho a criticarlos", ha dicho Robles, pero sin olvidar que "son ellos los que tienen todos los elementos de juicio correspondientes", informa Jordi Pérez Colomé.

Para Pablo Iglesias, secretario general de Podemos, la condena al rapero "es una vergüenza" y demuestra que “hay una regresión en lo que respecta a las libertades civiles”. “Parece que el derecho penal se aplica para perseguir a al disidente y los corruptos se van de rositas (…) El PP está sentado en el banquillo de los acusados por financiación ilegal, hay ministros reprobados por utilizar su cargo para proteger a los corruptos… ¿y sin embargo quien va a la cárcel en este país? Van a la cárcel raperos, tuiteros y los titiriteros”, ha afirmado. "Es una tomadura de pelo que esa impunidad contraste con que un señor por hacer una canción que puede gustar más o pueda gustar menos acabe en la cárcel”, ha insistido Iglesias, informa José Marcos.

La portavoz de Izquierda Unida en el Parlamento Europeo, Marina Albiol, considera que la Unión Europea debería actuar contra España “como ya ha hecho con otros Estados miembros” por vulneración de derechos fundamentales. “Bruselas no puede sancionar a unos países por sus legislaciones regresivas y luego escudarse en su supuesta falta de competencias para hacer la vista gorda con otros Estados miembros”, señala la eurodiputada.

Ciudadanos defiende la actual tipificación del delito de enaltecimiento, informa J. J. Gálvez. "Este tipo [penal] es un instrumento para la lucha antiterrorista, que ha demostrado su utilidad en un país muy castigado por el terrorismo como el nuestro y que también es útil para enfrentarse a las actuales amenazas terroristas internacionales", apunta la formación liderada por Albert Rivera. Tras la sentencia contra el rapero, el partido insiste en que el Supremo ha considerado que los comentarios del músico son amenazas de muerte: "Y las amenazas de muerte son amenazas de muerte, se hagan en digital o en analógico".

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_