_
_
_
_
_

La Audiencia rechaza juzgar por asociación ilícita a Chaves y Griñán en los ERE

Los jueces retiran el delito que implicaba penas de dos años de prisión para cada procesado

Antonio J. Mora
Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el centro, durante el juicio de los ERE.
Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el centro, durante el juicio de los ERE.EFE

Los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán no serán juzgados por asociación ilícita en el caso de los ERE, a pesar de que ambos fueron procesados por ese delito y llevan ya un mes sentados en el banquillo de los acusados. La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que juzga la rama política de la macrocausa desde mediados de diciembre, ha resuelto este viernes las cuestiones previas planteadas y ha suavizado varios grados el calvario judicial que atraviesan los expresidentes desde 2013.

Más información
El juicio de los ERE se prolongará al menos hasta el 31 de octubre
La Audiencia de Sevilla rechaza que Susana Díaz declare como testigo en los ERE

Los magistrados han decretado la nulidad parcial del auto de apertura de juicio oral para apartar el delito de asociación ilícita, y ha dejado sin efecto la acusación que solo el PP había incluido, que aceptó el instructor Álvaro Martín, y por la que los populares pedían dos años de prisión para los expresidentes y otros 20 ex altos cargos acusados. Tras esta resolución, Chaves y Griñán se sientan en el banquillo por un presunto delito de prevaricación, al que Griñán suma el de malversación. 

Los magistrados argumentan que en el auto de procedimiento abreviado, dictado por el instructor Álvaro Martín en mayo de 2016, solo se hace referencia a la existencia de "una pluralidad de personas concertadas" y que "no recoge, en modo alguno, todos los elementos necesarios para que concurran los requisitos del delito de asociación ilícita". "Ninguna mención aparece a la existencia de una estructura jerárquica, más o menos formalizada, más o menos rígida, un inicial reparto coordinado de cometidos o papeles, e imprecisión de los delitos que integran el plan criminal en la asociación ilícita”, señalan los magistrados, quienes apuntan que solo se “describe un supuesto de mera codelincuencia, pero no de asociación ilícita”. Por ello, la Audiencia entiende que no se puede incluir en el auto de apertura de juicio oral ese delito y señala que causó "indefensión a los acusados, que se vieron sorprendidos por una acusación no permitida por los hechos recogidos en el auto de continuación de las diligencias previas".

Con esta resolución, los jueces estiman una de las cuestiones previas planteadas por la mayoría de las defensas de los acusados y apoyada por Anticorrupción. Tal y como también señalan los magistrados en su resolución, los ex altos cargos tildaron en su día la acusación por asociación ilícita como "sorpresiva" ya que nunca fue mencionada durante los siete años de instrucción y las idas y venidas del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Y que, por lo tanto, les provocaba una "manifiesta indefensión". “Nadie puede ser acusado en juicio sin haber sido oído por el juez instructor”, argumentó la defensa de la exministra y exconsejera andaluza de Hacienda Magdalena Álvarez. 

Tras retirar la acusación por asociación ilícita, tanto Chaves como otros seis procesados no afrontarán penas de cárcel. El expresidente andaluz se expone a una condena de 10 años de inhabilitación por prevaricación continuada. Por su parte, Griñán afronta una condena de seis años de cárcel y 30 años de inhabilitación solicitada por la fiscalía por malversación continuada.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Entre otras cuestiones previas planteadas por las partes, el tribunal ha rechazado que los acusados declaren los últimos, tras los peritos y los testigos, tal y como habían pedido las defensas. Los magistrados señalan que “no existen razones de necesidad ni conveniencia que aconsejen” dicha modificación ni que ello produzca una “vulneración de derechos”. "Mediante el derecho a la última palabra se garantiza que el acusado pueda defenderse, antes de finalizar el juicio, de aquello que se haya practicado como prueba tras su declaración inicial", se lee en la resolución. El juicio se retomará el próximo lunes con la declaración del exdirector de Trabajo Javier Guerrero, el primero de los 22 acusados en comparecer. Según el calendario fijado, el proceso se prolongará al menos hasta el próximo 31 de octubre tras 94 jornadas.

Asimismo, los magistrados han rechazado la petición de la fiscalía para "confirmar el objeto" de este juicio porque, aseguran, no les corresponde.  La fiscalía pedía un pronunciamiento expreso de que en esta pieza solo se juzga la creación y mantenimiento del procedimiento con el que la Junta repartió 850 millones en ayudas durante una década y no la concesión y pago de cada una de esas ayudas para las que se prevé la apertura de hasta 270 piezas separadas. El interés de Anticorrupción sobre este asunto atiende a que el Juzgado 6 de Instrucción está excluyendo a varios acusados de las piezas sobre ayudas, porque sus defensas han esgrimido el principio de que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos, tal y como determinó la Sección Séptima de la Audiencia. Los magistrados se limitan a señalar que "las ayudas individuales no son objeto de enjuiciamiento en la presente causa".

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Antonio J. Mora
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Fue redactor en la delegación en Andalucía durante más de seis años y, actualmente, es portadista web. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Málaga y Máster de periodismo de EL PAÍS, también trabajó en Diario Sur e Infolocalia. En 2009, ganó el premio nacional Alma de Periodista.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_