_
_
_
_
_

La Junta electoral prohíbe a TV3 llamar “Govern en el exilio” a Puigdemont y los consejeros destituidos

"Las expresiones vulneran el principio de neutralidad informativa", dice el organismo

Juan José Mateo
Comparecencia de Carles Puigdemont el 28 de octubre, cuando ya había sido destituido como presidente de la Generalitat y un día antes de marcharse a Bruselas. El rótulo de TV3 lo identifica como “president”.
Comparecencia de Carles Puigdemont el 28 de octubre, cuando ya había sido destituido como presidente de la Generalitat y un día antes de marcharse a Bruselas. El rótulo de TV3 lo identifica como “president”.EL PAÍS

La junta electoral provincial de Barcelona ha resuelto que TV3, la televisión pública catalana, infringe el principio de neutralidad informativa al utilizar las expresiones “Govern en el exilio” y “consejeros exiliados” para referirse al expresident Carles Puigdemont y los cuatro exconsejeros catalanes que se marcharon a Bruselas tras ser destituidos en aplicación del artículo 155. “En lo sucesivo deberán abstenerse de su utilización [de esos términos]”, especifica el órgano que vela por la buena marcha de las elecciones catalanas del 21-D.

Más información
Defensa logra ampliar un día el plazo del voto por correo para el 21-D
Barreras contra el fraude electoral
Valls: "España tiene que preguntarse qué es ser español"

La activación del artículo 155 de la Constitución por parte del Gobierno de Mariano Rajoy —previa autorización del Senado— llevó a la destitución del Ejecutivo de Puigdemont el 27 de octubre. Desde entonces, TV3 se ha referido a Puigdemont y a los cuatro exconsejeros que le acompañan en Bruselas para huir de la justicia española como “Govern en el exilio” o “los consejeros exiliados”. Al tiempo, para el exvicepresidente Oriol Junqueras y los otros siete exconsejeros que están en prisión provisional se ha reservado la expresión “consejeros encarcelados”. Ciudadanos denunció ante la junta electoral que esas descripciones son contrarias a “la neutralidad informativa”, porque esas personas ya no ocupan esos cargos y además concurren, en su mayoría, a las elecciones del 21-D. El organismo ha dado parcialmente la razón al partido de Albert Rivera.

“Los profesionales de la cadena pública han utilizado durante la emisión del Telenotícies Vespre las expresiones ‘govern a l’exili’ y ‘consellers empresonats o exiliats’, cuyas expresiones no ponen en boca de otros (tertulianos, entrevistados, conferenciantes, etc)”, explica la junta electoral provincial en su resolución, a la que ha tenido acceso EL PAÍS. “En este contexto, las expresiones utilizadas como recurso periodístico de estilo por los profesionales de la cadena pública, en la medida que introducen el concepto ‘exilio’, adolecen de rigor, pueden confundir al espectador medio y vulneran el principio de neutralidad informativa”, sigue. Y remata: “La utilización por los profesionales de la cadena pública de las expresiones ‘govern a l’exili’ y ‘consellers exiliats’, como recurso periodístico de estilo, ha infringido el artículo 66 de la LOREG y específicamente el principio de neutralidad informativa, y en lo sucesivo deberán abstenerse de su utilización”.

Las expresiones recurridas

Ciudadanos recogió en su recurso distintos ejemplos de las expresiones que denunció:

  • En el Telenotícies Vespre del 11 de noviembre se emplea el rotulo "Clam per la llibertat dels presos [clamor por la libertad de los presos]" y en una conexión en directo se dice: "S'han llegit cartes dels presos i també hi ha hagut missatges d'agraïment per part del Govern a l'exili [se han leído cartas de los presos y también ha habido mensajes de agradecimiento por parte del Govern en el exilio]".
  • En el Telenotícies Migdia del 13 de noviembre la voz en off se refiere a Carles Puigdemont como president. En el Telenotícies Vespre otra pieza dice que "el president encapçalarà la llista amb els consellers empresonats [encabezará la lista con los consejeros encarcelados]".

No obstante, la junta provincial no estima que se deba exigir a los medios públicos catalanes que se refieran a Puigdemont y los integrantes de su antiguo Gobierno como expresidente y exconsejeros, respectivamente, pues “su cese es un hecho notorio y de general conocimiento”.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Contra la decisión cabe recurso por parte de las partes ante la Junta Electoral Central (JEC), que probablemente no estudiará este asunto en su reunión de hoy.

Publicidad

La JEC ha tomado decisiones relevantes sobre las elecciones catalanas en las últimas fechas. Por ejemplo, y tras una petición de información del Ministerio del Interior —del que depende organizar los comicios tras la activación del artículo 155—, el organismo ha especificado que la Generalitat solo puede publicitar las elecciones en medios públicos. En consecuencia, y por primera vez, el Govern no podrá gastar dinero público en medios privados.

Fuentes de los partidos constitucionalistas opinan que así se cierra una vía para estrechar los lazos entre el independentismo y determinadas publicaciones.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Juan José Mateo
Es redactor de la sección de Madrid y está especializado en información política. Trabaja en el EL PAÍS desde 2005. Es licenciado en Historia por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Periodismo por la Escuela UAM / EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_