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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

A pasar por caja

Nuestra asociación siempre manifestó que comportaba "un absoluto desprecio a los principios de igualdad y justicia tributaria"

Fachada del edificio del Tribunal Constitucional.
Fachada del edificio del Tribunal Constitucional. Efe

La declaración del Tribunal Constitucional sobre la Amnistía Fiscal y la vulneración del artículo 86 de nuestra Carta Magna supone un espaldarazo a todos los comunicados que hasta la fecha ha venido publicando nuestra asociación sobre esta materia. Llama por su nombre a la “Amnistía Fiscal”, calificativo que ha sido siempre el utilizado por nuestra asociación y siempre esquivado por el Gobierno.

En la sentencia se afirma tajantemente que la norma afecta a la esencia del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, acusa directamente al Estado de abdicar de una de sus principales obligaciones, hacer efectivo el deber de todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, así como de provocar la quiebra del objetivo de justicia. Nuestra asociación siempre manifestó que comportaba “un absoluto desprecio a los principios de igualdad y justicia tributaria”.

Se trata de una decisión adoptada por unanimidad, lo cual otorga a la misma una contundencia y rotundidad que augura la ausencia absoluta de un cambio de criterio en el futuro o de algún tipo de matización.

El Gobierno intentó ampararse en la crisis de ingresos, en el déficit público, en recomendaciones de organismos supranacionales… todo inútil. El Alto Tribunal acepta los argumentos pero únicamente para justificar el caso de necesaria y urgente necesidad, no le acepta que no afecte a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, y de ahí que considere que se ha vulnerado el artículo 86.1 de nuestra Constitución.

Esto no quiere decir que a partir de ahora ya se hayan acabado las amnistías fiscales, significa que aquel Gobierno que pretenda colarnos una nueva amnistía deberá olvidarse de los decretos-leyes y pasar por el trago de la tramitación parlamentaria de una ley ordinaria, (no hará falta ley orgánica pues el artículo afectado es un artículo del Título Primero Capítulo Segundo de la sección 2ª) con el coste político que eso supone. Ya no podrá pasarnos de tapadillo y sin debate medidas de este calibre. Tendrá que soportar todo el fuego artillero de la oposición y de la opinión pública, culminando con la dolorosa imagen de las votaciones en el Parlamento. Es decir, tendrá que soportar un coste político tremendo. En fin, que tendrá que pasar por caja y pagar en votos este tipo de medida.

Además, tampoco queda claro que la futura ley que se apruebe sea constitucional pues el tribunal afirma que una amnistía fiscal afecta a la esencia del artículo 31. ¿En qué medida le afecta? ¿Tanto como para que dicho artículo se considere vulnerado? Ya veremos.Llevamos tres amnistías fiscales a cuestas, dos con Gobiernos del PSOE y una con Gobierno del PP. Les aseguro que la próxima amnistía tardará muchos, muchos años en producirse, si es que llega. Mi más efusiva enhorabuena a nuestro Tribunal Constitucional.

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José Luis Groba López es presidente de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE).

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