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¿Qué dice la normativa sobre la circulación en bicicleta?

Los ciclistas pueden desplazarse en grupo, en paralelo en columna de a dos y a un máximo de 45 por hora

Fiesta de la bicicleta en Madrid, el pasado 3 de octubre.
Fiesta de la bicicleta en Madrid, el pasado 3 de octubre.CARLOS ROSILLO
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La presencia en las carreteras de ciclistas, los vehículos más vulnerables —este domingo dos ciclistas murieron arrollados por una conductora ebria—, es cada vez mayor. Según el último Barómetro de la Bicicleta, publicado en 2015, 3,8 millones de ciudadanos usan a diario o casi a diario la bicicleta, pero el 40% desconoce la normativa que les afecta, un porcentaje que aumenta al 60% si se tiene en cuenta el total de la población. Estas son las leyes básicas:

¿Por dónde circulan las bicicletas en ciudad?

Dentro de las ciudades, las bicicletas pueden circular por el carril bici, si lo hubiera, o por la calzada junto al resto de transportes mecanizados. Los ciclistas solo pueden circular por las aceras en zonas específicamente habilitadas y señalizadas para tal uso. En caso contrario, el ciclista debe convertirse en peatón, es decir, bajar de la bicicleta y empujarla. Algunos Ayuntamientos han permitido que las bicicletas circulen por las aceras pero las asociaciones de conductores alertan que estas ordenanzas municipales contradicen la ley general y están siendo anuladas en los tribunales.

¿Por dónde circulan las bicicletas en carretera?

Los ciclistas deben circular por el arcén de las carreteras interurbanas. Si no es transitable, pueden utilizar la parte imprescindible de la calzada. En las autovías, solo podrán circular por el arcén siempre que sean mayores de 14 años y que no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente.

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¿Pueden ir los ciclistas en pelotón en carretera?

La última ley de seguridad vial establece que los ciclistas pueden circular en grupo, no en pelotón, es decir, sin la necesidad de dejar entre una bicicleta y otra espacio libre suficiente de seguridad para evitar colisiones en caso de frenada brusca. La norma establece que siempre que circulen en grupo deben extremar las precauciones para evitar alcances entre ellos. Además, podrán circular en paralelo, en columna de un máximo de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía. No obstante, deberán colocarse de uno en uno en tramos sin visibilidad o cuando las circunstancias de la vía o la peligrosidad del tráfico lo exijan.

¿Cómo adelantar a un ciclista?

El conductor de un automóvil que pretende adelantar a un ciclista o a un grupo de ciclistas debe ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, incluso cuando la línea es continua, y debe mantener una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros. Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.

¿Cuándo tienen prioridad de paso los ciclistas?

Cuando los ciclistas circulan en grupo y el primero ha iniciado ya un cruce o ha entrado en una glorieta, tienen prioridad de paso con respecto a los vehículos de motor. Según la Dirección General de Tráfico, “cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso”. Además, los ciclistas también tienen prioridad de paso cuando circulan por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados, y cuando para entrar en otra vía el vehículo a motor deba girar a derecha o izquierda y haya un ciclista en sus proximidades.

¿A qué velocidad puede circular un ciclista?

Un ciclista puede circular a un máximo de 45 kilómetros por hora y siempre debe respetar la velocidad máxima establecida. Es decir, en una vía limitada a 30, no podrá rebasar esta velocidad. Además, pueden circular a una velocidad por debajo del límite mínimo establecido, es decir, no tienen que respetar la norma que obliga a conducir a una velocidad superior al 50% del límite marcado. Por ejemplo, en una carretera en ciudad limitada a 50 kilómetros por hora, podrá circular a menos de 25 kilómetros, lo que puede resultar útil en carreteras de subida.

¿Puede un ciclista saltarse un semáforo o hablar por el móvil?

Cuando una persona conduce una bicicleta, está subida en un vehículo, por lo que debe cumplir todas las normas de circulación. Por lo tanto, debe respetar las señales de tráfico, los límites de velocidad y todas las normas que afectan a los conductores de vehículos, como la prohibición de utilizar el móvil o conducir bajos los efectos del alcohol y las drogas. Por eso, los ciclistas, al igual que el resto de conductores, están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, hayan cometido alguna infracción o estén implicados en un accidente de tráfico.

¿Puede un ciclista perder puntos?

Los ciclistas no pierden puntos del carné, independientemente de que posean licencia para conducir otro tipo de vehículo, ya que las bicicletas no requieren un permiso de conducción. No obstante, si incumplen las normas, reciben las mismas sanciones.

¿Qué elementos de seguridad son obligatorios para los ciclistas?

Los ciclistas deben usar casco en vías interurbanas, mientras que en las urbanas el casco solo es obligatorio para los menores de 16 años. Además, tanto en carretera como en zona urbana, es preceptivo el uso de luz delantera y reflectante trasero, así como la utilización de una prenda reflectante cuando se circule de noche.

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