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El Constitucional ampara la libertad de expresión de los militares

El alto tribunal anula la sanción a un delegado de la asociación mayoritaria en las Fuerzas Armadas

Miguel González
Maniobras militares del Ejercito en la zona de El Montseny, Barcelona.
Maniobras militares del Ejercito en la zona de El Montseny, Barcelona.Jacinto Antón

El Tribunal Constitucional ha amparado el derecho a la libertad de expresión de los militares en una sentencia en la que anula la sanción de un mes y tres días de arresto en establecimiento disciplinario impuesta al exdelegado en Murcia de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), mayoritaria en las Fuerzas Armadas, el subteniente José Salazar Pérez.

El suboficial fue sancionado por un correo electrónico que envió el 5 de febrero de 2013 en el que, además de informar de la celebración de una reunión de la citada asociación, mostraba su solidaridad con la delegada para la mujer de AUME, “a la que están complicando la vida por su labor asociativa”.

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El general jefe del Mando Aéreo de Combate estimó que esta expresión era constitutiva de una falta disciplinaria grave consistente en “hacer manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas”, por considerar que se trataba de “una denuncia claramente infundada o temeraria”, que no se acomodaba “a las exigencias que el respeto a la disciplina y subordinación imponen a todo militar”. Alegaba, además, que las sanciones impuestas a la delegada para la mujer de AUME “nada tienen que ver con su pertenencia a una asociación”, por lo que el subteniente incurría en falsedad.

La sanción fue confirmada por el jefe del Estado Mayor del Aire, el Tribunal Militar Central y la Sala de lo Militar del Supremo, que desestimaron los recursos del militar. Todos ellos han sido desautorizados por la sentencia del Constitucional, dictada por unanimidad, en la que señala que, aunque el mensaje pueda entenderse como una crítica “a la actuación de terceros que, dadas las circunstancias, solo pueden ser militares […] no contiene expresiones irrespetuosas o descalificativas”, ni tampoco su tono es “desabrido o desmesurado”. Respecto a la veracidad de la denuncia –la persecución a una delegada de AUME— señala que esta no es un requisito de la libertad de expresión, ya que este derecho ampara también los juicios de valor, más aún “cuando el afectado es dirigente de una asociación profesional que actúa como tal”.

La AUME –cuyo letrado, Mariano Casado, promovió el recurso-- considera que esta sentencia “va a marcar una interpretación novedosa” del derecho a la libertad de expresión y de asociación de los militares y demuestra que la forma como se ha estado aplicando el régimen disciplinario, incluso con sanciones de privación de libertad, “era radicalmente contraria a la Constitución”, por lo que reclama su reforma.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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