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El Supremo avala el derecho de manifestación de guardias civiles y militares

El alto tribunal rechaza que se les prohíba reunirse en defensa de sus reividicaciones profesionales

Concentración junto al Ministerio de Defensa, para apoyar al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), el brigada Jorge Bravo, que cumplía 40 días de arresto y privación de libertad por acudir a una manifestación de Guardias Civiles el 20 de enero de 2007.
Concentración junto al Ministerio de Defensa, para apoyar al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), el brigada Jorge Bravo, que cumplía 40 días de arresto y privación de libertad por acudir a una manifestación de Guardias Civiles el 20 de enero de 2007.Uly Martín

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado, a instancias de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), la pretensión del Gobierno de que se prohíban las manifestaciones de guardias civiles y militares en defensa de sus reivindicaciones profesionales. El Abogado del Estado interpuso un recurso de casación ante el Supremo con el que pretendía que el alto tribunal reinterpretase el artículo 13.1 de la Ley de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas de 2011, según el cual los militares podrán ejercer el derecho de reunión, pero no “organizar ni participar activamente en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical”, ni tampoco, “vistiendo uniforme o haciendo uso de su condición de militar, organizar, participar ni asistir en lugares de tránsito público a manifestaciones o reuniones de carácter político, sindical o reivindicativo”.

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El Gobierno quería que el Supremo fijase una nueva doctrina según la cual “tendrán la consideración de manifestaciones o reuniones en lugares de tránsito público de carácter reivindicativo las que tengan por objeto reivindicaciones profesionales”. Es decir, que prohibiera manifestación de guardias civiles o militares en la que se plantearan reivindicaciones de carácter profesional.

El origen de la sentencia del Supremo está en la prohibición de la manifestación convocada por la AUGC el 14 de noviembre de 2015 en Madrid. La asociación recurrió la decisión de la Delegación del Gobierno ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que le dio la razón. Este tribunal argumentó que no constaba que los agentes fueran a manifestarse de uniforme y que el hecho de que los organizadores del acto fuesen guardias civiles y la convocatoria dirigida a este colectivo no podía asimilarse a la prohibición de hacer uso de su condición de militares, “pues por esta vía se estaría prohibiendo todo ejercicio del derecho de manifestación a los miembros de este cuerpo”.

Respecto a la prohibición de manifestaciones de carácter reivindicativo, agregaba que este término “no puede comprender cualquier tipo de reivindicación de carácter profesional, social o económico, que están amparadas como contenido mínimo del derecho de asociación”. Según el tribunal madrileño, “en todo ejercicio del derecho de reunión y manifestación hay inevitablemente un componente de reivindicación pero, para respetar un contenido mínimo del derecho fundamental que se ejercita […], se habrá de diferenciar entre la reivindicación meramente profesional social o económica de la netamente sindical o política”, que sí estaría vedada a guardias civiles y militares.

El Abogado del Estado alegó en su recurso que “la autorización de manifestaciones de carácter reivindicativo contra un Gobierno por quienes ostentan la condición de militar afecta al principio de neutralidad política y supone un grave daño al interés general”; además de que “colisiona frontalmente con las exigencias impuestas por los principios básicos de disciplina, jerarquía y unidad”.

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Sin embargo el Supremo, con el apoyo de la Fiscalía, ha rechazado estos argumentos, recordando que al menos en dos ocasiones (noviembre de 2014 y febrero de 2015), con la ley de Derechos y Deberes de los militares ya en vigor, se autorizaron por parte de la Delegación del Gobierno en Madrid manifestaciones de la AUGC similares a la prohibida. “Ahora se propugna una interpretación de una norma restrictiva o prohibitiva que ciertamente no se aplicó por la Administración en los supuestos anteriores”, explica el Supremo, sin que se ofrezca “ninguna explicación acerca de las circunstancias que permitan determinar si existe alguna diferencia sustancial” entre las manifestaciones autorizadas y la prohibida, ni por qué la sentencia dictada por el tribunal madrileño “podría ser dañosa para el interés general”, condición para anularla.

Alberto Moya, secretario general de la AUGC, onsidera que, con esta sentencia, "se consolida el derecho de manifestación para los trabajadores de la Guardia Civil, por lo que una vez más son los tribunales los que vuelven a reconocerlos como ciudadanos con derechos; y ello pese a las maniobras más que discutibles de representantes políticos y gubernamentales". Para Moya "es difícilmente justificable que se empleen recursos oficiales —como es la Abogacía del Estado— para recurrir la sentencia inicial y pleitear contra sus propios servidores públicos, es decir, contra los guardias civiles". "Si AUGC ha luchado por consolidar el derecho de reunión es para ejercerlo, por lo que si el Ministerio del Interior continúa cerrando la posibilidad de diálogo, y sin dar los pasos necesarios para que la democracia, la transparencia, y por tanto los avances profesionales que ya ostentan el resto de cuerpos policiales lleguen a la Guardia Civil, ejerceremos sin duda y de manera seria y responsable este derecho", ha añadido.

La AUGC es la asociación mayoritaria de la Guardia Civil y agrupa a más de 31.000 agentes de los 77.000 que tiene el instituto armado. Aunque la sentencia del Supremo se refiere al instituto armado, afecta a los militares pues interpreta, en sentido contrario al que pretendía el Abogado del Estado, la ley de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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