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“Defender a la Infanta ha sido sencillo; pero el juicio paralelo fue terrible”

El letrado reclama que rectifiquen quienes violentaron la presunción de inocencia de la hermana del Rey

Fernando J. Pérez
Molins, detrás de Miquel Roca, abogados de la Infanta Cristina.
Molins, detrás de Miquel Roca, abogados de la Infanta Cristina.Albert Garcia (EL PAÍS)

El abogado barcelonés Pau Molins (1962), defensor de la infanta Cristina junto a su socio y catedrático de Derecho Penal Jesús Silva, es un hombre “muy satisfecho”. La Audiencia Provincial de Baleares no solo absolvió el viernes a la hermana de Felipe VI de ser cooperadora de los dos delitos fiscales cometidos por su esposo, Iñaki Urdangarin, a través de la sociedad Aizoon en 2006 y 2007. Logrado el primer objetivo, los abogados de la Infanta —capitaneados por el padre de la Constitución Miquel Roca— hicieron pleno con la condena en costas por “temeridad” de Manos Limpias, el seudosindicato ultra que acusaba a su cliente en solitario y cuyo líder, Miguel Bernad, supuestamente les reclamó tres millones de euros a cambio de retirar las acciones contra ella.

“Ha sido un éxito absoluto”, sostiene Molins sobre el fallo, pese a que el tribunal del caso Nóos le ha impuesto a la Infanta que devuelva 265.088 euros que cargó a la tarjeta de crédito de la mercantil Aizoon, que compartía al 50% con Urdangarin. El hecho de que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, que representaba en el juicio a Hacienda, consideraran a Cristina de Borbón partícipe a título lucrativo —lo que el tribunal ha considerado probado— hace que Molins se incline por no recurrir esta cuestión ante el Tribunal Supremo. “No es una multa ni una sanción, como se ha dicho, es un resarcimiento puramente civil; no es una responsabilidad penal”, aclara.

Molins, abogado en ejercicio desde 1986, asegura, sin jactancia, que “desde el punto de vista técnico penal la defensa de la Infanta no revestía ninguna complejidad”. “Si analizas la sentencia en lo que se refiere a la Infanta verás que es de gran simplicidad, incluso es parca. Jurídicamente lo que dice la Audiencia es una obviedad”, afirma, no como una crítica a la sentencia sino como una constatación de que el caso era sencillo.

No tenía poderes

“A un socio que no tiene un cargo de administrador y que es ajeno a la gestión de la compañía a través de la que se comete un delito fiscal nunca nadie le ha exigido responsabilidad porque no tiene una posición de garante. El responsable es el administrador de derecho o de hecho, y la Infanta no tenía ni poderes”, recuerda Molins. “Toda la prueba del juicio oral va en la misma dirección de acreditar la absoluta ajenidad de la Infanta de toda la gestión de Aizoon, que se constituye para canalizar los ingresos profesionales de su marido. Y por muy socia que sea, si no tiene capacidad de gestión y decisión, no puede tener reproche penal. Para este viaje no hacen falta estas alforjas”, afirma.

“Sinceramente, en la parte penal, nosotros siempre hemos estado muy tranquilos”, sostiene Molins. Los mayores problemas, afirma, han venido de la “impresionante resonancia mediática” del caso. “Se emiten afirmaciones ante la opinión pública, en las tertulias, que tienen poco que ver con opiniones jurídicas. Si la Infanta sabía o dejaba de saber, que si conocía o desconocía... esto no era relevante para el juicio penal”, señala.

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“Siempre es complicado enfrentarse no a un juicio en la sala de justicia sino a un juicio paralelo terrible, con mucho griterío, que en el caso de la Infanta ha durado cuatro años. “Esta es una buena ocasión para que muchos de los que se pronunciaron violentando el principio de presunción de inocencia rectificaran”, afirma.

Según Molins, durante este proceso, para la Infanta ha habido tres momentos especialmente duros. El primero fue cuando el juez instructor del caso Nóos, José Castro, la imputó, en mayo de 2013. “Ahí todavía mantienes la esperanza de clarificar que su intervención es inocua a efectos penales”. El segundo momento fue cuando el magistrado la incorporó al auto de apertura de juicio oral y la Audiencia de Baleares la mantuvo procesada.

Pero el “peor momento” para Cristina de Borbón llegó, según su abogado, en enero de 2016 cuando el tribunal presidido por Samantha Romero rechazó las cuestiones previas del proceso y la obligó a sentarse en el banquillo. “Era la última esperanza que teníamos para evitar el daño reputacional”, afirma Molins. Precisamente, si la defensa de la Infanta se plantea presentar un recurso ante el Supremo es para impugnar que el tribunal diera legitimidad a Manos Limpias, como acusación popular, para llevar a juicio a la la hermana del Rey por delito fiscal cuando no era administradora de la sociedad.

Los defensores de la Infanta, durante los cuatro años que ha durado el proceso contra ella, no entraron a aconsejarle que renunciara a sus derechos sucesorios, al tratarse de un "ámbito personal e institucional" de su cliente. No obstante, Molins afirma: "Son cuestiones extraprocesales, pero para nosotros desde punto de vista del equipo de defensa, desde el punto de vista jurídico, cualquier decisión que pusiera en duda su honorabilidad la vemos desaconsejable. Si imputan a un presidente de un consejo de administración, puede optar a renunciar al cargo mientras está imputado o mientras dura el juicio y volver luego al cargo, pero la renuncia a derechos dinásticos es irreversible. Ante un juicio tomar determinadas decisiones puede hacerte parecer culpable cuando no lo eres", señala

Aunque Molins no ha leído a fondo la sentencia —son 741 folios—, y no quiere, por respeto profesional, meterse en el trabajo de otro abogado, afirma que su equipo le ha transmitido que “hay margen para la esperanza” de que el Supremo pueda rebajar la pena de Iñaki Urdangarin.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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