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El Supremo condena a un profesor por aprobar a una alumna que no se presentó al examen

El docente universitario es sentenciado a siete años de inhabilitación por prevaricación

Imagen de archivo de una joven en un examen.
Imagen de archivo de una joven en un examen.JOSÉ JORDÁN

El Tribunal Supremo ha condenado a un profesor a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación por haber aprobado a una alumna en un examen al que no se presentó. Fernando Peñafiel Martínez, docente de la Universidad de Granada, le puso sobresaliente, lo que permitió a la estudiante aprobar por compensación otras asignaturas y obtener, un mes después, el título de licenciada en Pedagogía. Se trata de la primera condena del Supremo a un profesor por una prevaricación de este tipo.

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El tribunal también ratifica los siete años de inhabilitación por cooperar en la prevaricación a María del Carmen Cara Jiménez, quien era adjunta a la administradora de la Facultad de Ciencias de la Educación y quien medió entre alumna y profesor.

En sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, el Supremo rechaza íntegramente el recurso del profesor contra el fallo de la Audiencia de Granada que ya le había condenado. Entre otros argumentos, el docente afirmaba que la nota de un examen no revestía "el carácter de resolución de carácter decisorio dictada en asunto administrativo", por lo que no concurría el elemento objetivo del delito de prevaricación (dictar una resolución injusta).

El alto tribunal contesta, sin embargo, que la calificación en un examen —y su posterior reflejo en el acta académica— sí constituye una resolución administrativa susceptible de determinar la comisión de un delito de prevaricación. "La decisión del personal administrativo, en general el profesor, que fija el nivel de adquisición de conocimientos, con destino al expediente del alumno, y que se refleja, al ser definitiva, en un acta, constituye pues de manera indudable un acto administrativo de resolución definitiva de un procedimiento de tal naturaleza", indica la sentencia.

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