_
_
_
_
_

El Constitucional abre la vía para que el fiscal actúe contra la mayoría de la Mesa del Parlament

El tribunal anula los acuerdos que dieron luz verde para un referéndum en 2017

Pleno en el Parlamento de Cataluña.Foto: atlas | Vídeo: Albert García / Atlas
Fernando J. Pérez

El Tribunal Constitucional anuló este martes las dos resoluciones aprobadas por el Parlamento catalán el pasado 6 de octubre que abrían la vía a un referéndum unilateral de independencia, y que fueron tramitadas pese al veto reiterado del alto tribunal. Los magistrados acordaron, por unanimidad, dar parte a la fiscalía de la decisión de los miembros soberanistas de la Mesa del Parlament de someter a debate y votación ambas resoluciones. El fiscal deberá decidir si actúa contra ellos por desobediencia, como ya hizo en octubre contra la presidenta de la Cámara, Carme Forcadell.

Más información
Mas: “La amputación de Cataluña será una emancipación dulce”
“Si gana el ‘sí’ proclamaremos la independencia al día siguiente”
El soberanismo catalán ignora el veto del Constitucional al referéndum
El Parlament vuelve a votar por el referéndum pese al Constitucional

El pasado 14 de diciembre, el Tribunal Constitucional admitió a trámite, también por unanimidad, el recurso del Gobierno central contra las dos resoluciones del Parlament que constituyen la llamada hoja de ruta hacia la independencia. Ambas disposiciones fueron aprobadas el 6 de octubre pasado en el debate de política general de la Cámara autonómica. La primera de ellas instaba al Gobierno de la Generalitat a “celebrar un referéndum vinculante sobre la independencia de Cataluña, como muy tarde en septiembre de 2017, con una pregunta clara y de respuesta binaria [sí o no]”.

Incumplimientos acumulados

El origen del que derivan todas las decisiones del Constitucional es la sentencia del 2 de diciembre de 2015 que anuló la declaración soberanista del Parlament del 9 de noviembre de aquel año que proclamaba el deseo de “desconectar” de España. El 20 de enero de 2016, la Cámara autonómica aprobó la llamada Comisión de Estudio del Proceso Constituyente, que fue impugnada por el Gobierno. El alto tribunal, en un auto, estimo el primer incidente de ejecución promovido por el Ejecutivo central al considerar que se incumplía la sentencia inicial que anulaba la declaración soberanista.

El Parlament siguió adelante con el proceso independentista. El 27 de julio de 2016, en otra resolución, aprobó las conclusiones de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente, un aval para abrir la vía unilateral hacia la independencia. El Gobierno central entendió que contravenía la sentencia del 2 de diciembre de 2015 e impugnó esta resolución. El 1 de agosto de 2016 el Constitucional admitió a trámite, en una providencia, este segundo incidente de ejecución. En ese momento ya advirtió a Forcadell de su deber de cumplir las resoluciones del Tribunal; también les apercibió de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que podían incurrir.

El alto tribunal entró en el fondo de ese segundo incidente de ejecución de la sentencia del 2 de diciembre de 2015 y en un auto –resolución razonada- anuló la resolución del Parlament sobre las conclusiones de la Comisión de Estudios y el 6 de octubre de 2016 anuló la votación y decidió por unanimidad dirigirse a la Fiscalía para que, "si lo estima conveniente" actuase penalmente contra la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, por someter a votación aquella resolución del 27 de julio.

El segundo punto reclamaba al Ejecutivo de Carles Puigdemont la convocatoria inmediata de una cumbre de las fuerzas favorables a la autodeterminación para preparar la consulta. Ese encuentro se llevó a cabo el 23 de diciembre pasado, aunque se celebró al amparo de otra disposición aprobada en el mismo debate del 6 de octubre, pero que no llegó a ser impugnada ante el Constitucional.

La mera admisión a trámite ya suponía la suspensión de ambas resoluciones, que profundizan en la estrategia independentista de “desconexión” de Cataluña del resto de España. Este martes, el Pleno del Constitucional entró en el fondo de la cuestión. Al igual que ya hizo con la declaración soberanista del Parlament del 9 de noviembre de 2105 y con las conclusiones de la llamada Comisión de Estudio del Proceso Constituyente, del 27 de julio pasado, el órgano presidido por Francisco Pérez de los Cobos decretó la nulidad radical de ambas iniciativas.

Después de que el 27 de julio, el Parlament votara las conclusiones de la Comisión de Estudio que daban, según la particular interpretación jurídica de los independentistas, luz verde a la secesión unilateral, el Constitucional abrió la vía penal contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell. El tribunal informó a la fiscalía de que la antigua presidenta de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) había desobedecido sus resoluciones, lo que dio pie a una querella del ministerio público, que fue aceptada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

El órgano presidido por Pérez de los Cobos dio un paso más. El Pleno optó por unanimidad por dejar en manos de la fiscalía la decisión de actuar penalmente contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell y también contra los miembros de la Mesa de la Cámara que dieron luz verde a la votación. Se trata del vicepresidente, Lluis María Corominas (Junts pel Sí), la secretaria primera, Anna Simó i Castelló (Junts pel Sí), el secretario tercero de la Mesa, Joan Josep Nuet i Pujals (Catalunya Sí que es Pot), y la secretaria cuarta de la Mesa, Ramona Barrufet i Santacana, de Junts pel Sí.

Se trata de la primera vez que el Constitucional da traslado al ministerio público de indicios de desobediencia de miembros de la Mesa del Parlament, que ya habían sido advertidos en ocasiones anteriores de las consecuencias, “incluso penales”, de desacatar sus resoluciones. También es la primera vez que se invita a actuar contra un miembro de un partido soberanista pero no abiertamente independentista y defensor de las vías unilaterales, como Catalunya Sí que es Pot.

Notificado a Puigdemont

Al igual que ya hizo en ocasiones anteriores, sin que los aludidos le hicieran caso, el Constitucional ha decidido notificar personalmente la resolución, que todavía está pendiente de ser redactada, tanto a Forcadell y los miembros de la Mesa del Parlament como al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y a los consejeros del Ejecutivo autónomo. En la notificación se les advertirá de nuevo de “abstenerse de realizar cualesquiera actuaciones tendentes a dar cumplimiento a la resolución 306/XI [la aprobada el 6 de octubre] en los apartados anulados”.

También les recuerda, de nuevo, su “deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir la nulidad de esos apartados de dicha resolución” y les apercibe de “las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de incumplimiento de lo ordenado” por el Tribunal Constitucional. Igual que en las ocasiones anteriores, los líderes independentistas optaron por no darse por aludidos.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_