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El Supremo condena a 20 años y medio a El Solitario por atraco y tiroteo en Vall D’Ux

Giménez Arbe robó 20.400 euros de una sucursal bancaria e hirió a tres policías de la localidad

El Solitario durante el juicio, en Castellón.
El Solitario durante el juicio, en Castellón.ÁNGEL SÁNCHEZ
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El Tribunal Supremo ha condenado a 20 años y medio de cárcel a Jaime Giménez Arbe, conocido como El Solitario, por el atraco a una caja rural en Vall D'Uxo (Castellón) el 10 de mayo de 2000. El acusado también ha sido juzgado por el tiroteo que se produjo después, en el que resultaron heridos tres agentes de la Policía Local, dos de ellos por bala y el tercero por lesiones en un ojo causadas por el impacto de cristales rotos. Giménez Arbe robó de la sucursal 3,3 millones de pesetas (20.400 euros), aunque, según fuentes judiciales, casi todo el dinero quedó esparcido por la calle después de este último hecho. 

El tribunal aumenta en un año y seis meses la condena establecida por la Audiencia de Castellón, que fijó la pena en 19 años. El motivo es que, de acuerdo con la fiscalía, se incrementa de seis a siete años y medio la condena por el delito de atentado contra los agentes en tentativa de homicidio, con el agravante de disfraz y la atenuante de dilaciones indebidas. A ello se suman las penas que impuso el tribunal de Castellón: cuatro años de cárcel por robo con intimidación y uso de arma, y nueve años por dos atentados a agentes de la autoridad que sufrieron lesiones. 

El Solitario ha sido condenado en firme por el Tribunal Supremo en otras tres ocasiones. El asunto más grave fue el asesinato de dos guardias civiles en Navarra, por el que se le impusieron 47 años de prisión: 20 años por cada asesinato y siete por tenencia ilícita de armas. En los otros dos casos, el Supremo sentenció a Giménez Arbe a 13 años por robo, lesiones y tenencia ilícita de armas, y cinco años y tres meses por robo y falsedad documental. 

La sentencia también desestima la aplicación del tercer grado penitenciario. Según el tribunal, Giménez Arbe realizó la solicitud apelando a una resolución del Código Penal que se introdujo en 2003, por lo que no puede aplicarse con carácter retroactivo a un hecho ocurrido en el año 2000. 

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