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Ocho diputados del ‘no’ recurren la sanción del PSOE por “improcedente”

Los disidentes, ninguno del PSC, creen que la multa de 600 euros vulnera la Constitución

El diputado socialista Odón Elorza.
El diputado socialista Odón Elorza.ULY MARTÍN

Ocho de los 15 diputados socialistas que votaron en contra de la investidura de Mariano Rajoy han presentado un recurso ante el comité permanente del grupo parlamentario al considerar "improcedente" la sanción de 600 euros que les fue aplicada por romper la disciplina de voto. Los siete parlamentarios del PSC acatan la multa máxima que contempla el artículo 33-D del reglamento interno de los diputados. En cambio, los seis parlamentarios con carné del PSOE —los baleares Sofía Hernanz y Pere Joan Pons, el vasco Odón Elorza, la aragonesa Susana Sumelzo, la gallega Rocío de Frutos y la castellanoleonesa María Luz Martínez— y las dos independientes por Madrid —Margarita Robles y Zaida Cantera— entienden que les avalan tres artículos de la Constitución: el 67.2, que estipula que los miembros de las Cortes Generales "no estarán ligados por mandato imperativo"; el artículo 71.1, que señala que "los diputados y senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones"; y el 79.3, que establece que el voto de diputados y senadores "es personal e indelegable".

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Los diputados disidentes consideran que la sanción les deja en una "situación de indefensión" porque, argumentan, se basa en un informe del presidente de la comisión de disciplina que no les han aportado, al que no han podido hacer observaciones y cuyos fundamentos jurídicos desconocen. Tampoco responde a "ninguna de las alegaciones presentadas". Su conclusión es que de esta forma se incumple el artículo 32 del régimen de disciplina interno, según el cual todos los miembros del grupo parlamentario socialista "tendrán acceso a la documentación que personalmente les afecte".

Los firmantes manifiestan su "desacuerdo" con que el comité permanente no haya tenido en cuenta la posibilidad de la libertad de voto por razones de conciencia, una vez oídos los motivos de los solicitantes, de acuerdo con el artículo 33 del reglamento interno del grupo parlamentario. Los díscolos en la investidura de Rajoy entienden que concurrían "condiciones excepcionales". Estas serían la "grave crisis" del PSOE y la "merma de confianza" de los ciudadanos ante el "incumplimiento" del compromiso adquirido frente al PP en las elecciones generales del 20-D y del 26-J. "No es buena política de un partido centenario, caracterizado por la justicia, la pluralidad y la igualdad, sancionar por cumplir con la palabra dada, por mantener la coherencia con el programa electoral, con la trayectoria de un ideario absolutamente opuesto a la corrupción y las políticas de derecha del PP", concluyen reafirmando el no a Rajoy "por razones éticas y de defensa del proyecto del PSOE". 

La diputada Susana Sumelzo añade en su misiva al comité permanente del grupo parlamentario que considera "especialmente injusto" haber sido sancionada "doblemente". La parlamentaria maña, que aparte de la sanción de 600 euros fue relevada como portavoz en la Comisión de Cooperación al Desarrollo —ahora es adjunta en Vivienda—, razona que se ha creado un "grave agravio comparativo" respecto de anteriores casos en los que se ha roto la disciplina de voto —no los concreta— en los que "o bien no se aplicó sanción alguna o se aplicó una única sanción". La gestora mantuvo en sus puestos a los otros tres portavoces (todos del PSC) que votaron en contra de Rajoy: Manuel Cruz, en Educación; Joan Ruiz, en Política Integral; y María Mercè Perea, en la del Pacto de Toledo.

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