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¿Cómo votar en las elecciones generales 2016?

Respondemos a cinco cuestiones básicas para ejercer el voto este 26-J

Un niño deposita un voto en un colegio de la ciudad de Barcelona.
Un niño deposita un voto en un colegio de la ciudad de Barcelona.Carles Ribas
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Si antes de acudir a las urnas en las elecciones generales de este 26 de junio todavía te quedan dudas, por ejemplo, sobre si se puede votar con el carné de conducir o con el DNI caducado, o qué hacer una vez que se entra al colegio electoral, aquí puedes encontrar las respuestas a cinco preguntas clave.

¿Dónde se vota? Antes de las elecciones, cada elector recibe en el domicilio en el que está empadronado una tarjeta de la Oficina del Censo Electoral con los datos del colegio que le corresponde, así como la sección y mesa a la que dirigirse para votar. Esa tarjeta es informativa, no es necesaria para votar, pero ayuda para saber a dónde encaminarse en el colegio electoral. La información sobre la sección y la mesa también se pueden consultar en el propio colegio electoral, en unos listados que suelen estar en la puerta, o a los propios interventores.

¿A qué hora abren y cierran los colegios? La votación empieza a las 9.00 y termina a las 20.00. Si llegan las 20.00 y hay votantes dentro del colegio electoral, el Presidente debe permitir el voto.

¿Cómo se identifica al votante? Se puede votar con el Documento Nacional de Identidad (DNI), el pasaporte (con fotografía) o el carné de conducir (con fotografía). No importa que estén caducados, pero deben ser los originales. No valen fotocopias.

¿Qué hago para votar? Una vez en el colegio electoral hay que acercarse a la Mesa que te corresponde, decir el nombre y apellidos al Presidente, facilitar la documentación y esperar a que los vocales e interventores comprueben el listado.  Una vez que te autoricen puedes entregar los sobres con las papeletas —una para el Congreso y otra, de color sepia, para el Senado—. Las puede introducir en la urna el Presidente o indicarte que las deposites.

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¿Puedo pedir permiso en el trabajo para votar? Los electores que presten sus servicios el día de las elecciones pueden disponer de hasta cuatro horas libres de su horario laboral para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidos. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuara la correspondiente reducción proporcional del permiso.

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