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El 71% del gasto de los foros de Urdangarin fue a parar a sus empresas

Seis peritos comparecen para hablar de la naturaleza jurídica de los convenios

Iñaki Urdangarin, en Palma de Mallorca.Foto: atlas | Vídeo: TOLO RAMÓN | ATLAS
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El 71% de lo que el Instituto Nóos gastó para organizar las dos ediciones de los Illes Balears Fórum fue a parar a empresas de Iñaki Urdangarin y Diego Torres al ser facturado a través de sociedades satélite del Instituto Nóos, según ha afirmado este martes un perito que ha comparecido durante la sesión del juicio que se sigue en la Audiencia Provincial de Palma.

El experto ha explicado que se encargó de realizar un informe sobre el destino de los más de dos millones de euros que el Govern balear pagó a la entidad de Urdangarin y Torres por las dos cumbres de turismo y deporte celebradas en 2005 y 2006. Para ello, se le entregaron 826 justificantes, entre los que había facturas y "otros elementos que no se pueden considerar como justificantes".

Al sumar la cantidad, "era claramente inferior a la cifra de ingresos", ha dicho el experto, que ha relatado que había muchas facturas "dudosas" porque no estaban reflejadas en la contabilidad; otras tenían un concepto indeterminado y algunas más eran de gastos de la organización de los Valencia Summit. "El Instituto Nóos para organizar los foros no necesitaba de servicios externos", ha dicho.

La jornada se ha desarrollado con el interrogatorio de las partes a los seis peritos, algunos interventores del Estado propuestos tanto por las acusaciones como por las defensas. Los seis han permanecido sentados frente al tribunal y han ido contraponiendo sus teorías y desgranando los informes que han elaborado en los últimos años.

Convenio o contrato

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Uno de los debates centrales ha sido la naturaleza jurídica de los convenios de colaboración firmados por el Instituto Nóos y las administraciones balear y valenciana. Tres de los expertos han insistido en que la entidad de Urdangarin y Torres no podía firmar este tipo de acuerdos, sino "contratos de consultoría o de servicios".

"Con las leyes en la mano, se trata de un contrato de servicio", ha puntualizado uno de los expertos, quien ha insistido en que el convenio está previsto para la colaboración entre administraciones "y residualmente cuando ninguno de los tipos de contrato ordinario regulado por la ley tenga exacta cabida en el tipo de acuerdo que se pretende suscribir". Por esta razón dice que el convenio de colaboración en este caso "no tenía ninguna razón de ser porque hay contratos administrativos que regulan perfectamente el tipo de relación que se quería sostener".

Otro de los expertos consideraba que, independientemente de la fórmula de contratación, siempre tendría que haber estado precedida de un expediente previo y, aunque el convenio no lo recogiera de forma explícita, tenían la obligación de justificar el gasto. "No conozco ningún caso donde a alguien le den un dinero y no tenga necesidad de justificar", ha concluido. "Todo hay que justificarlo, bien o mal, pero hay que justificarlo".

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