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El Tribunal Superior confirma la condena a los padres de Asunta

El alto tribunal gallego descarta como probado que Basterra sea autor material del asesinato pero le mantiene la pena de 18 años

Sonia Vizoso
Los padres de Asunta, este martes durante la vista de su recurso.
Los padres de Asunta, este martes durante la vista de su recurso.ÓSCAR CORRAL
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la condena de Rosario Porto y Alfonso Basterra a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta. La Sala de lo Civil y Penal rechaza los recursos presentados por las defensas de los padres de la niña cuyo cadáver fue hallado en una pista forestal de las afueras de Santiago en septiembre de 2013 pero introduce una corrección al fallo dictado el pasado noviembre por la Audiencia Provincial de A Coruña. Basterra, señala el TSXG, no fue autor material del asesinato de la cría en el chalé familiar pero su exesposa asfixió a Asunta hasta la muerte cumpliendo un plan conjunto preconcebido meses atrás. Por tanto, añade el tribunal, la pena que deberá cumplir el padre de Asunta entre rejas no se altera.

El alto tribunal corrige así lo que las defensas de loa padres de Asunta calificaron de “aberración jurídica”, es decir, la afirmación del veredicto del jurado que situó a Basterra en el lugar del crimen porque “en ninguna cámara se puede ver con claridad los asientos traseros del vehículo” en el que Porto llevó a la niña al chalé y no se puede “descartar la presencia de Alfonso en él”. La sentencia del TSXG admite que se trata de un “razonamiento poco racional” e “incompatible con los criterios lógicos de la inducción asentada en hechos probados”.

El cambio no supone, sin embargo, ninguna reducción de condena. La sentencia hecha pública este miércoles esgrime que la “laguna” sobre lo que hizo Basterra aquella tarde en la que su exmujer acabó con la vida de su hija (el tribunal admite que no se ha podido probar si se desplazó al chalé donde sucedió el crimen o se quedó en su casa como él sostiene) no impide considerarlo autor del asesinato de Asunta. Según el fallo, Basterra, “aunque no se haya podido pormenorizar por entero su actuación, participó en plano de igualdad con Porto” en el crimen. Ni su presunción de inocencia ni la de su cómplice en el asesinato, añade el tribunal, fueron quebrantadas en el procedimiento como alegaban sus letrados.

No es esta la única laguna en el crimen de Asunta que el Tribunal Superior admite pese a confirmar la condena de Porto y Basterra. En relación con las incógnitas que rodean el traslado del cuerpo sin vida de la niña al camino donde fue hallado, un punto en el que incidió especialmente la defensa de la madre, la sentencia recuerda que “este asunto no fue sometido a la atención” de jurado. “Desconocemos, pues, quién, cómo y, sobre todo, cuándo se depositó el cadáver, pero esta carencia no puede ser suplida por este órgano de apelación porque nos está vedado dar por probado un hecho sobre el que no se ha pronunciado el tribunal de primera instancia”, argumenta la resolución judicial.

Si la defensa de Porto insistió en la imposibilidad de probar que las cuerdas halladas en el chalé y que, según la Guardia Civil, la madre intentó ocultar fueran de la misma bobina que las encontradas junto al cadáver, el Tribunal Superior replica que inferir su relación “no puede tacharse de ilógico” ni tampoco se puede atribuir a una “mera casualidad” la coincidencia de “composición físico-química”. La sentencia también admite “discrepancias” entre los autores de la autopsia pero niega que esta prueba “no haya sido fruto de la aplicación al caso de criterios científicos”, como también alegaba el abogado de Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren.

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El tribunal acusa al letrado de “buscar la ofuscación y la confusión” para mantener un “relato alternativo” de los hechos que exculpe a Porto y que, añade, “se eleva sobre el vacío”. Sobre el recurso presentado por la abogada de Basterra, Belén Hospido, la sentencia concluye que “ las dudas que se han tratado de introducir no destruyen el poderoso efecto incriminatorio” de los elementos de prueba estimados por el jurado. “Hayamos de considerar a Basterra autor de la muerte de su hija en la medida en que , en unión paritaria con Porto, diseña y ejecuta actos del plan ideado al efecto”, sobre todo en lo relativo a la compra y administración del lorazepam que impidió a la niña oponer resistencia a su asesinato.

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Sobre la firma

Sonia Vizoso
Redactora de EL PAÍS en Galicia. Es licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago. Lleva 25 años ejerciendo el oficio en la prensa escrita y ha formado parte de las redacciones de los periódicos Faro de Vigo, La Voz de Galicia y La Opinión de A Coruña, entre otros. En 2006 se incorporó a El País Galicia.

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