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Los organizadores del Mundial de MotoGP, condenados por fraude a Hacienda

El Tribunal Supremo sentencia a la firma Dorna Sports y a dos de sus directivos

J. J. Gálvez
Márquez y Rossi, en los tests en Phillip Island.
Márquez y Rossi, en los tests en Phillip Island.Mirco Lazzari gp (Getty Images)

El Tribunal Supremo ha condenado a la empresa organizadora del Mundial de MotoGP, Dorna Sports, y a dos de sus directivos, Carmelo Ezpeleta y Enrique Aldama, por simular en 2003 y 2004 una compraventa de acciones para obtener ventajas fiscales y un reparto de dividendos encubierto. Los magistrados estiman, a través de doce sentencias difundidas este martes, que cometieron una infracción grave contra la Ley General Tributaria, por lo que deberán pagar una sanción económica, además de abonar las liquidaciones del impuesto de sociedades e IRPF correspondientes a dichos ejercicios, que Hacienda cifró inicialmente en 25,5 millones de euros.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo subraya que Ezpeleta y Aldama, con sus respectivas cónyuges en cada caso, deben afrontar ahora el pago de 3,9 millones de euros y 2,7 millones, respectivamente, en concepto del IRPF de 2014. "Además, la sentencia establece que ambos cometieron una infracción grave por dejar de ingresar la correspondiente cuota tributaria, por lo que Hacienda deberá establecer contra ellos la correspondiente sanción", informan este martes fuentes jurídicas.

En este sentido, el departamento de Inspección de Tributos ya impuso, en julio de 2010, una sanción de 5,1 millones al primero y de 1,2 millones tras considerar los hechos una infracción tributaria grave. Pero, posteriormente, la Audiencia Nacional lo rebajó a infracción leve, lo que provocó los recursos del abogado del Estado, estimados ahora parcialmente por el Supremo, que vuelve a considerar "graves" los hechos. "Por lo que Hacienda debe recalcular [de nuevo] las dos sanciones", apostillan las mismas fuentes jurídicas.

La simulación —apreciada por Hacienda, la Audiencia Nacional y ahora el Supremo— se produjo en 2003 y 2004 a través de una venta de participaciones de Dorna Sports a una tercera sociedad, con un capital suscrito por los mismos socios vendedores. Según señalan los magistrados, esta operación se financió con un préstamo y el importe se destinó "en parte" a Carmelo Ezpeleta y Enrique Aldama. "Persiguiendo, en realidad, un reparto de dividendos encubierto", subrayan desde el tribunal.

Unas valoraciones judiciales que rechazó ayer la firma Dorna Sports. La empresa calificó las operaciones a través de un comunicado, como “normales y frecuentes en las economías de nuestro entorno y plenamente válidas desde el punto de vista mercantil”.[/DE NUEVO] En este sentido, la compañía recuerda que varios de los magistrados del Supremo han manifestado sus reticencias a estas sentencias contra Dorna Sports. Dos de los jueces discrepan de sus compañeros en la apreciación de la simulación en la compraventa y un tercero no cree que la infracción cometida fuese grave.

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Ezpeleta ya estuvo hace un par de años en el punto de mira de la fiscalía, que investigó la supuesta doble contabilidad del Circuito de Jerez. El ministerio público investigó entonces, en un caso ya archivado, si entre 1996 y 2011 los gestores privados —entre ellos, el ahora condenado— del trazado de velocidad llevaron una doble contabilidad para declarar menos ingresos a Hacienda.

Votos discrepantes de tres jueces

La mayor incidencia de la nueva decisión del Supremo, difundida este martes, recae sobre los impuestos de sociedades de Dorna Sports referentes al periodo 2003-2006, por los que Hacienda inicialmente giró una cuota a ingresar de 16,6 millones de euros por simular la compraventa de acciones y también por lo que consideraba improcedente la deducción de un fondo de comercio surgido en fusiones en los ejercicios 1999 y 2003. A ello se sumaba una sanción por infracción muy grave de 17,2 millones de euros.

Las sentencias del Supremo difundidas este martes cuentan con tres votos particulares de dos magistrados, que discrepan de sus compañeros en la apreciación de la simulación en la compraventa y de un tercero que no cree que la infracción cometida fuese grave.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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