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Excarcelado el condenado por matar a su caballo a palos

La Audiencia Provincial de Baleares estima el recurso presentado por el agresor, que mató al animal en Mallorca tras haber perdido una competición en 2012

Una de las tradicionales carreras de caballos trotones que se celebran en el hipódromo de Son Pardo, en Palma de Mallorca.
Una de las tradicionales carreras de caballos trotones que se celebran en el hipódromo de Son Pardo, en Palma de Mallorca.TOLO RAMÓN

Un hombre de 41 años mató a palos a su caballo de carreras cuando perdió una competición en el hipódromo de Manacor (Mallorca) en diciembre de 2012. El agresor fue sentenciado a una pena de ocho meses de prisión por un delito de maltrato animal. La medida, sin embargo, ha sido revocada después de que la Audiencia Provincial de Baleares dictara un auto en el que estima el recurso de apelación del condenado, que ha sido excarcelado.

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El agresor, identificado como Eugenio Sánchez, ingresó en prisión a mediados de octubre, después de que se le denegara la suspensión de la pena o su sustitución por trabajos en beneficio de la comunidad. "La muerte atroz de este caballo de carreras", que se llamaba Sorky das Pont, "en su propia cuadra del hipódromo es una aberración en el siglo XXI", manifestó la juez de Palma encargada del caso, en el auto del 21 de septiembre. La presidenta del partido animalista PACMA, Silvia Barquera, aseguró en aquel momento que se trataba de la primera vez que alguien entraba en la cárcel en España por un delito de este tipo.

El nuevo auto de la Audiencia Provincial de Baleares asegura compartir plenamente los calificativos con los que la resolución revocada se refiere a los hechos y apunta que son comprensibles las valoraciones sobre el rechazo social que genera dicha conducta. Sin embargo, señala que en el ordenamiento jurídico español la decisión sobre la forma de cumplimiento de una pena corta de prisión no puede guiarse exclusivamente por razones de prevención general positiva.

Así entendido, añade el documento, el derecho penal se convertiría en un mecanismo sancionador meramente ejemplarizante y la Constitución prevé otras finalidades específicas para las penas privativas de libertad al proclamar sus fines resocializadores y de rehabilitación de la persona del condenado.

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