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El ‘caso Rato’ divide a la Fiscalía del Supremo y a Anticorrupción

Los fiscales del alto tribunal contradicen a sus compañeros y piden que la investigación sobre el blanqueo del exvicepresidente no vaya a la Audiencia Nacional

Fernando J. Pérez

La investigación por delitos fiscales, blanqueo y corrupción sobre el exvicepresidente del Gobierno y expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, ha generado una división en el seno de la Fiscalía española. Mientras que la Fiscalía Anticorrupción sostiene que esta causa, abierta el pasado abril, debe instruirse en la Audiencia Nacional, la Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este miércoles que se siga investigando en el juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, con sede en la Plaza de Castilla.

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La Fiscalía del Supremo interviene contra lo interesado por sus compañeros de Anticorrupción en el conflicto de competencias surgido después de que el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu rechazara el pasado 18 de septiembre asumir el caso Rato tras la inhibición del juez instructor de Madrid Antonio Serrano-Arnal.

El caso Rato se centra en el cobro por parte del expresidente de Bankia de 835.000 euros en comisiones por la adjudicación de grandes contratos de publicidad de la entidad bancaria. Estas ganancias, cobradas a través de empresas pantalla, se invirtieron supuestamente en un hotel de Berlín propiedad de Rato en un 44%. El juez Andreu consideró que la investigación sobre los negocios particulares de Rato no eran competencia de la Audiencia Nacional porque “toda la actividad criminal” atribuida al expresidente de Bankia se “residenció” en Madrid. Cuando los delitos fiscales y de blanqueo se cometen en una misma comunidad autónoma y no suponen un grave daño a la economía nacional, la competencia para investigarlos y juzgarlos corresponde a los juzgados ordinarios.

Anticorrupción rebatía el argumento de Andreu. Según esta fiscalía especializada, la inversión de las ganancias ilícitas en el hotel berlinés entra dentro del delito de blanqueo, y al haberse producido en el extranjero hacía que la competencia para investigarlo resida en la Audiencia Nacional. Anticorrupción destacaba que Kradonara 2001 SL, sociedad española controlada por Rato a través de una mercantil domiciliada en el Reino Unido, recibió 6,5 millones de euros “procedentes del extranjero, cuyo origen se desconoce” entre abril de 2002 y junio de 2014.

Al no estar claro a qué órgano corresponde investigar estos hechos, la decisión final de otorgar la competencia es del Tribunal Supremo. La Fiscalía del alto tribunal comparte el parecer del juez Andreu y se sitúa en contra de los argumentos de sus compañeros de Anticorrupción. Según la Fiscalía del Supremo “parecen existir algo más que sólidos indicios de que tales delitos se habrían empezado a cometer en territorio español”, por lo que solicita a la Sala de lo Penal del Supremo, que deberá terciar en el conflicto de competencia, que otorgue la investigación al Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, que lleva actualmente la causa.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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