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Una pareja de mujeres demanda a Sanidad por negarles la inseminación

El ministerio exige que haya fracasado el coito vaginal para conceder el tratamiento

Un tratamiento de fecundación asistida.
Un tratamiento de fecundación asistida.getty

Un matrimonio de mujeres ha demandado al Ministerio de Sanidad por negarles el tratamiento de reproducción asistida que necesitan para ser madres. Tania y Verónica –nombres supuestos de las demandantes, que no han querido hablar con los medios de comunicación– alegan que la limitación impuesta por el Gobierno en octubre de 2014 atenta contra la igualdad y es anticonstitucional, según afirma su abogada, Carmen de Miguel, directora legal regional de Women’s Link, la organización que les ha dado apoyo.

Las limitaciones a la prestación de la reproducción asistida derivan del real decreto de abril de 2012 que se dictó para recortar 7.000 millones en el gasto sanitario público. En concreto, esta partida debía suponer 54 millones. El texto restringía el acceso a estas técnicas a "aquellas personas con imposibilidad de conseguirlo [el embarazo] de forma natural". Y se especificaba que esto podía deberse a "un trastorno documentado de la capacidad reproductiva" o a "ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos". Con ello dejaba fuera a mujeres solas que quisieran inseminarse, o a parejas de lesbianas que desearan ser madres, ya que se les exigía haber mantenido coitos vaginales (por tanto, con un hombre).

La entonces ministra de Sanidad, Ana Mato, justificó este recorte alegando que "la falta de varón no es un problema médico", con las consiguientes protestas de organizaciones de mujeres. Para las que quisieran ser madres sin tener que alegar que el coito vaginal con un hombre no les funcionaba, quedaba solo la opción de acudir a una clínica privada.

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El caso de Tania y Verónica es, por un lado, representativo de esta situación, y, por otro, algo especial. Tania había comenzado ya el tratamiento en la Fundación Jiménez Díaz de Madrid, y se había sometido a un ciclo que no había logrado el embarazo. Un mes después de la publicación en el BOE de la orden ministerial de octubre de 2014 que desarrollaba el decreto de recortes sanitarios de 2012, las mujeres fueron informadas en el centro sanitario de que quedaban excluidas del programa de reproducción asistida. Tras sus quejas y la presentación de la demanda, en mayo de 2015 la clínica les informó de que reevaluaría todos los casos, con lo que están de nuevo en tratamiento.

Las demandantes han presentado varios peritos que apoyan su pretensión. El informe del ex-ministro de Sanidad Bernat Soria y la médica Verónica Juan señala que “negar un proceso de fertilización in vitro a una ciudadana, en base a razones que no son de tipo médico o biológico, puede suponer un daño irreparable en sus derechos reproductivos, carece de bases médicas y es una forma de opresión ideológica y negación de derechos de quienes no comparten tu forma de pensar". En este caso no hay un impedimento médico (lógicamente, el tratamiento no se ofrece a quienes se hayan esterilizado voluntariamente o presenten una contraindicación médica para el embarazo o el desarrollo del feto, como refleja la orden ministerial).

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Santiago Barambio, expresidente de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), ha afirmado en el juicio que la orden “no contempla los distintos modelos de familia. La pérdida de la oportunidad de ejercer una reproducción que es posible, especialmente si ello es por un acto de discriminación, puede perjudicar la estabilidad de la salud psíquica de quien sabe que tiene la potestad de ser madre".

Esto último es importante, ya que las demandantes han mantenido su acción ante la justicia a pesar de haber reiniciado el tratamiento, y ello se debe "a los daños morales y patrimoniales" que su exclusión del programa les produjo, afirma su abogada, Carmen de Miguel. "Hubo un daño psicológico durante los seis meses que pasaron hasta que las aceptaron de nuevo y gastaron dinero ya que fueron a centros privados" para ser madres, añade.

Una portavoz de Sanidad, que ahora dirige Alfonso Alonso, ha declarado que "lo único que se hizo con aquella orden fue clarificar y unificar los criterios para la aplicación de las técnicas de reproducción asistida", y que ello se hizo "basado en la evidencia y los criterios científicos".

En un comunicado, el hospital ha manifestado que "realiza su actividad asistencial y no asistencial manteniendo, como no puede ser de otra forma, un escrupuloso respeto a la legalidad vigente", y que todos "son atendidos por igual al margen de su condición u orientación sexual". En el caso en concreto de Tania y Verónica confirma que se les informó del cambio en la situación legal, y que en abril de este año se les ofreció otro tratamiento. Además, insiste en que "las pacientes no han sufrido ningún retraso en su tratamiento respecto al resto de casos a los que en principio no afectaba la norma estatal".

Lo que no explica el hospital es por qué se cambió de opinión y decidió reanudar el tratamiento. La abogada de la pareja opina que se debió a la presión de la demanda. Fuentes sanitarias creen que pudo deberse a que la Comunidad de Madrid no cerró claramente el acceso a este tratamiento porque no adaptó la norma estatal más allá de indicar que la iba a acatar.

La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales FELGTB), que envió a una representante al juicio para apoyar a las demandantes, ha dicho en un comunicado que es "necesario expandir la igualdad de derechos a todas las mujeres y a todas las autonomías" el acceso a la maternidad.

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