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TRIBUNAL SUPREMO

Prisión por saquear una asociación de discapacitados psíquicos

El acusado, presidente de la ONG Padres de Personas con Retraso Mental , se apropió de más de 263.000 euros

Fernando J. Pérez

El Tribunal Supremo ha condenado tres años y medio de prisión al expresidente de una fundación dedicada al tratamiento y la enseñanza de personas con discapacidad psíquica por apropiarse de 263.758 euros de la asociación entre 2001 y 2008. La Sala de lo Penal del Supremo revoca la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que condenó al acusado, Ferran Bonet, a dos años y tres meses de prisión por administración desleal.

El alto tribunal considera que el expresidente de la Asociación de Padres de Personas con Retraso Mental (Aspanias) cometió un delito continuado de apropiación indebida, más grave que el anterior, al entender que buscaba quedarse definitivamente con los fondos de la fundación, que procedían de subvenciones.

Bonet era quien recibía las subvenciones y donativos de la fundación y disponía, como presidente, de las cuentas bancarias. Entre 2006 y 2008 sacó de las cuentas un total de 161.176 euros, que no respondían a gastos de la asociación. Entre 2004 y 2008, la fundación privada Ferrer Eguizábal donó a Aspanias, mediante 12 cheques, un total de 77.492 euros. Ninguno de los cheques se ingresaron en cuentas de la sociedad, y seis de ellos fueron a parar a cuentas de las que era titular Ferran Bonet.

El presidente de Aspanias también pidió un préstamo por 17.626 euros para hacer frente a una letra de cambio girada por una entidad que no prestó servicio alguno a la ONG. Finalmente, durante seis meses en 2001 y seis meses en 2008, Bonet cargó a la tarjeta de crédito de la asociación un total de 4.941 euros en gasolina.

La fiscalía recurrió la sentencia por la que la Audiencia de Barcelona condenó al presidente de Aspanias a dos años y tres meses de cárcel por administración desleal. El ministerio público consideraba, y el Supremo le ha dado la razón, que los hechos constituían un delito continuado de apropiación indebida, ya que Bonet actuó con ánimo de quedarse los fondos para sí. “Es claro que el acusado dispuso del dinero de forma definitiva, sin que personalmente lo haya devuelto a pesar de haber transcurrido ya varios años desde el último acto de disposición sin retorno”, argumenta la Sala de lo Penal del Supremo.

La jurisprudencia del Supremo distingue entre la apropiación indebida y el delito societario de administración desleal en el destino final de los bienes de la víctima, en este caso la asociación Aspanias, que se querelló contra su expresidente. “Si el acusado incorpora de modo definitivo el dinero que administra a su propio patrimonio o se lo entrega definitivamente a un tercero, es claro que, al hallarnos ante una disposición o incumplimiento definitivos, ha de operar el tipo penal más grave: la apropiación indebida”, explica la sentencia.

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En la nueva sentencia, Bonet, de 71 años, es condenado a una pena de tres años y medio de prisión e inhabilitación especial para ocupar cargos en fundaciones sin ánimo de lucro, así como a una multa de 1.440 euros. El acusado deberá indemnizar también a la fundación Aspanias la totalidad del dinero distraído: 263.758 euros.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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