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Ratificada la condena a 20 miembros de Batasuna por las ‘herriko tabernas’

El Supremo rebaja la pena a cinco dirigentesabertzales por dilaciones indebidas

Vídeo del inicio del juicio de las 'herriko tabernas' en la Audiencia Nacional, el 17 de octubre de 2013.Foto: atlas
Reyes Rincón

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas para 20 dirigentes de la ilegalizada Batasuna por un delito de integración o colaboración con organización terrorista, al considerar acreditado que financiaron a ETA a través de las denominadas herriko tabernas (local frecuentado por abertzales). La sentencia del alto tribunal confirma los hechos probados en julio pasado por la Audiencia Nacional, pero rebaja las penas de los cinco dirigentes a los que se habían impuesto las penas más altas: Rufi Etxeberría, Joseba Permach, Joseba Álvarez, Karmelo Landa y Juan Cruz Aldasoro. La Audiencia les condenó a tres años de prisióny el Supremo le reduce a un año y diez meses al aplicarles la atenuante de dilaciones indebidas en el mismo grado que a los demás acusados.

Los jueces del alto tribunal ratifican las penas de los otros 15 condenados, entre ellos Jon Gorrotxategi, Floren Aoiz y Anton Morcillo, sobre los que recayeron condenas de entre un año y tres meses y un año y medio de cárcel por un delito de colaboración con organización terrorista. El tribunal confirma además el decomiso de 107 herriko tabernas.

La sentencia confirmada consideró probado que las herriko tabernas prestaban un servicio financiero al Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV), controlado por ETA, constituyendo una infraestructura logística para las actividades de organizaciones satélites, como KAS/EKIN, Jarrai/Haika, Herri Batasuna y Gestoras Pro Amnistía, que, según el tribunal, estaban controladas por el frente militar de la banda.

El Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente Juan Ramón Berdugo, destaca que una organización terrorista, para la consecución de sus fines, no solo utiliza la violencia encomendada a grupos concretos sino también otros medios puestos en marcha a través de grupos, asociaciones o similares, que “aunque parezcan legítima en su acción política”, obedecen a sus consignas, y funcionan “bajo su dirección”.

La sala considera probado que las herriko tabernas eran propiedad de Herri Batasuna. Los jueces rechazan además que hayan sido vulnerados los derechos de libertad ideológica, de expresión, reunión, asociación y de participar en asuntos públicos. En el juicio oral, la Fiscalía de la Audiencia Nacional rebajó su petición inicial de 12 años de cárcel. Pidió cuatro y medio para los cinco dirigentes a los que el Supremo ha rebajado ahora las penas y dos años y dos meses para el resto de acusados.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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