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¿Puede Ciudadanos imponerle las primarias a Cifuentes en Madrid?

Los juristas debaten sobre si se puede aplicar la fórmula que Rivera quiere que use el PP

Juan José Mateo
Pedro Sanz (PP) y Diego Ubis (C's) firman el pacto anticorrupción en La Rioja.
Pedro Sanz (PP) y Diego Ubis (C's) firman el pacto anticorrupción en La Rioja. ABEL ALONSO (EFE)

El PP de La Rioja se ha convertido en la primera filial del partido de Génova que acepta las primarias a cambio de negociar el apoyo de Ciudadanos a la investidura de su candidato (Pedro Sanz) como presidente de la Comunidad. El partido de Albert Rivera pide como norma general que cada Parlamento autonómico impulse una iniciativa legislativa instando al Congreso a cambiar la ley de partidos, aunque también da libertad a sus líderes locales para que negocien, si quieren, un cambio en la ley electoral de cada Comunidad que haga obligatorias las primarias en esa Autonomía. Esa segunda parte de la fórmula, que se ha convertido en el punto clave en las negociaciones con Cristina Cifuentes en Madrid, ha provocado un intenso debate en el mundo jurídico. ¿Es ese el camino correcto? ¿Es legalmente irreprochable? ¿Abre la puerta a un recurso posterior al acuerdo?

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“Al ser el acuerdo con el PP, que es el único partido que no tiene primarias, queda políticamente blindado”, dijo Pablo Simón, profesor de ciencias políticas de la Universidad Carlos III y miembro del colectivo Politikon, que apunta a lo contradictorio que sería firmar un cambio legal para recurrirlo a continuación ante el Tribunal Constitucional. “Si Ciudadanos quiere sacarlo adelante, y a quien fuerza es al PP, no habrá recurso… sobre todo sabiendo que además van a llevarlo al Congreso para reformar la ley de Partidos”.

Ignacio Aguado, candidato de Ciudadanos en Madrid, ha sido el primero en exigir a cambio de su apoyo que su contraparte del PP se comprometa a cambiar la ley electoral autonómica para que las primarias sean obligatorias en la Comunidad. En España, solo hay un precedente. En 2013, en Asturias se aprobó un borrador en comisión que fue rechazado en el pleno. Francisco Sosa Wagner, exeurodiputado de UPyD, jurista, experto consultado por aquella comisión y en su día miembro de la que diseñó el modelo autonómico, valida esa opción. “En una ley electoral autonómica se puede meter eso”, dice. Sin embargo, en el mundo académico no hay consenso.

“Creo que no es un contenido de la ley electoral (LOREG) sino de la ley de partidos políticos”, argumentó Francisco Javier García Roca, catedrático de derecho constitucional de la Universidad Complutense. “Se trata de asegurarnos de la selección interna de los candidatos electorales por los partidos políticos de forma democrática y de satisfacer el mandato de democracia interna del artículo 6 de la Constitución. La ley de partidos se aplica lógicamente en todo el Estado y a toda clase de partidos de ámbito estatal o autonómico”, añadió. “Yo introduciría el grueso de la regulación en la ley de partidos pero haría una mención también en la LOREG concediendo que la selección interna tiene impacto en las elecciones pues la confección de las listas o candidaturas es una función pública”.

La introducción de un método único de primarias sería anticonstitucional Eduardo Virgala, catedrático de derecho constitucional
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Miguel Ángel Presno, profesor de derecho constitucional en la Universidad de Oviedo, añade matices. “Si lo que se quieren son primarias para las elecciones generales (Congreso, Senado) o para las municipales, habría que reformar la LOREG”, dijo. “Creo que se puede imponer en las autonómicas cambiando simplemente la ley electoral de la Comunidad”, siguió. “La ley electoral vasca prevé, por ejemplo, que las listas deben tener una composición al 50% de hombres y mujeres, cosa que no prevé la LOREG para las generales”.

Hay incluso juristas que considera anticonstitucional obligar a celebrar primarias, sea donde sea y a través del método que sea. “La introducción de un método único de primarias supondría, a mi entender, una vulneración de la libertad de organización de los partidos políticos, consagrada en el artículo seis de la Constitución y, por ello, sería inconstitucional”, argumenta Eduardo Virgala, catedrático de derecho constitucional en la Universidad del País Vasco. “Dicho lo anterior, entiendo que menos todavía puede hacerse por Ley autonómica, ya que invadiría la reserva de ley orgánica que establece el artículo 81 de la Constitución, bien se entienda por afectar a la organización interna de los partidos, como al derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos”.

El debate legal ha dejado ya paso al político. El diálogo entre las marcas autonómicas del PP y Génova se ha tensado a cuenta de las primarias, según pudo constatar EL PAÍS. Pese a las reticencias de la dirección nacional, los líderes locales parecen dispuestos a dar el paso a cambio de formar Gobierno firmando un acuerdo con Ciudadanos

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Sobre la firma

Juan José Mateo
Es redactor de la sección de Madrid y está especializado en información política. Trabaja en el EL PAÍS desde 2005. Es licenciado en Historia por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Periodismo por la Escuela UAM / EL PAÍS.

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