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El Supremo pide “cautela” al usar como prueba mensajes de Internet

El tribunal da credibilidad a una niña que confesó en Tuenti que era víctima de abusos

Reyes Rincón

Un día de mayo de 2013, Lucía, que entonces tenía 12 años, le contó a un amigo a través de la red social Tuenti que el novio de su madre abusaba de ella. Dos años después, esa conversación ha servido para que el Tribunal Supremo confirme la condena de cinco años de cárcel contra el agresor y fije los criterios para aceptar los mensajes de las redes sociales como prueba en los juicios.

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Según el alto tribunal, los jueces deben abordar “con todas las cautelas” una conversación mediante cualquier sistema de mensajería instantánea porque estas comunicaciones son fácilmente manipulables. “El anonimato que autorizan tales sistemas y la libre creación de cuentas con una identidad fingida hacen posible aparentar una comunicación en la que un único usuario se relaciona consigo mismo”, advierte la sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena.

En el caso revisado, el Supremo ha confirmado la validez de la transcripción del diálogo entre Lucía y su amigo, en el que la niña confesaba que el novio de su madre había abusado varias veces de ella y el chico, dos años mayor, le insistía en que se lo contara a su madre. La niña no le hizo caso, ni tampoco se atrevió a contar nada a su padre y a su hermana. Pero unos días después, sí se confesó ante unas amigas del instituto y estas le convencieron para que informara a una profesora, que avisó a la madre y a la policía.

La Audiencia Provincial de Valladolid condenó al hombre a cinco años y un día de prisión por un delito de abusos sexuales y el Supremo ha rechazado ahora el recurso de casación presentado por el condenado en el que, entre otros motivos, cuestionó la autenticidad del diálogo en Tuenti que presentó como prueba la acusación particular, ejercida por el padre de la chica.

El tribunal admite que cuando estas conversaciones se aportan mediante un pantallazo o una impresión su veracidad puede ser puesta en duda, por lo que la persona que facilita esa prueba y pretende darla por válida es la que debe demostrar que es real. En este caso era la víctima la que tenía esa responsabilidad y, según los jueces, “no hay duda” de que la conversación con su amigo es auténtica. El tribunal argumenta a su favor que la menor pusiera a disposición del juez su contraseña de Tuenti para que pudiera comprobar la veracidad mediante un informe pericial. Además, el amigo declaró en el juicio como testigo y ratificó la confesión de la víctima.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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