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Ruz propone archivar la causa por el asesinato de García Goena

El juez traslada la propuesta a la Sala de lo Penal tras no poder acreditar la colaboración de un fotógrafo en el atentado de los GAL

El juez Pablo Ruz da por terminado sin auto de procesamiento el sumario abierto por el asesinato de Juan Carlos García Goena en 1987 en la localidad francesa de Hendaya. La acción terrorista fue reivindicada en sus día por los GAL. El magistrado ha enviado el sumario a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para que se pronuncie sobre un "eventual sobreseimiento" ya que Ruz considera que no le corresponde tomar esa decisión.

La falta de autor conocido lleva a Ruz a concluir el sumario sin auto de procesamiento, para lo que se apoya en la tesis de la Fiscalía, que no encuentra "indicios de criminalidad contra persona o personas determinadas por los hechos investigados en las actuaciones".

Para motivar su decisión, el magistrado detalla en un auto todas las diligencias ordenadas para investigar el caso, reabierto el 12 de julio de 2012 a instancias de la viuda de García Goena tras una información publicada en el diario El Mundo que identificaba a un fotógrafo como el autor de la imagen que sirvió para identificar y asesinar a García Goena.

El juez interrogó a ese fotógrafo, quién negó tener relación con los GAL y también rechazó que hubiera entregado la fotografía a las personas que mataron a García Goena. El magistrado llegó a celebrar un careo entre la viudad del asesinado y el fotógrafo aludido, además de pedir un informe a la Comisaría General de Información en el que la policía aseguraba desconocer los hechos.

El juez también recuerda todo el recorrido judicial previo de esta causa y la sentencia, del 20 de septiembre de 1991, de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, confirmada después por el Tribunal Supremo, en la que se absolvió a los policías José Amedo y Míchel Domínguez de la muerte de García Goena.

“De todas las diligencias de investigación realizadas hasta el momento no se desprende que la fotografía objeto de investigación sirviera a los autores materiales –de los que hasta hoy no se conoce su identidad- para llevar" a cabo "la acción criminal objeto del procedimiento, así como tampoco que el autor de la misma pudiera haber colaborado en la comisión de los hechos investigados”, concluyen juez y fiscal.

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