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La Audiencia niega a Indonesia la extradición de un apóstata del islam

España revocó en 2012 el asilo político de Imran Firasat tras atacar la religión

La Audiencia Nacional rechazó el pasado viernes la extradición a Indonesia de Imran Firasat, un ciudadano paquistaní que apostató del islam y al que España había revocado la condición de refugiado político tras volver a atacar la religión musulmana. En una votación muy reñida —10 votos a favor y ocho en contra— el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia admitió el recurso de súplica de los abogados de Firasat y denegó su entrega al Estado con mayor población musulmana del mundo para “garantizar su integridad física”, según fuentes judiciales. El apóstata, que era reclamado por Indonesia para ser juzgado por un delito de asesinato, salió el mismo viernes de la prisión de Segovia, donde estaba ingresado a la espera de que se ejecutara la deportación.

La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional accedió el pasado noviembre a la extradición de Firasat, con el visto bueno de la fiscalía. Los abogados del ciudadano paquistaní, ante la inminencia de la entrega de su cliente, interpusieron un recurso de súplica, mecanismo de última instancia que rara vez prospera. El movimiento, sin embargo, les salió bien.

Los abogados, Claudio Lobos Villanueva y Oleksandr Voronyuk, hicieron valer informes de organizaciones internacionales de derechos humanos sobre casos de tortura, penas degradantes e intolerancia religiosa en Indonesia. También presentaron recortes de medios de comunicación de corte islamista con amenazas sobre Firasat en ese país, y esgrimieron jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para demostrar que la orden de detención sobre su cliente era irregular.

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Firasat, perseguido en Pakistán por casarse con una mujer indonesia de religión budista, con la que tiene tres hijos, recibió en 2006 asilo político en España. En 2011, este país denegó la solicitud de extradición cursada por Indonesia, que pretendía hacerle cumplir la condena de 15 años por un delito de asesinato del que fue juzgado en ausencia y, según sus abogados, sin pruebas.

En diciembre de 2012, Firasat, que se presenta a sí mismo como “exmusulmán”, publicó un tráiler sobre una película en la que calificaba al profeta Mahoma de “asesino y violador de niños”. También agradecía al pastor estadounidense Terry Jones la quema de un Corán en sus sermones. En la presentación del filme se le veía en la plaza de Colón de Madrid con la bandera de España como fondo.

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Un juzgado de Madrid prohibió la difusión de la película por un delito de incitación al odio y la violencia y el Ministerio del Interior revocó el asilo por “amenazar la seguridad del Estado”. Al revisar su caso, la policía averiguó, además, que Firasat tenía antecedentes en España por robo.

En 2013, una vez revocado el asilo de Firasat, Indonesia pidió su entrega para ser juzgado de nuevo por el supuesto asesinato por el que había sido condenado en ausencia. En 2014, el Tribunal Supremo confirmó la revocación del estatus de refugiado.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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