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La Audiencia cita a Fabra para que ingrese en prisión en cinco días

El expresidente de la Diputación, que aún puede recurrir, recibirá la notificación mañana

Carlos Fabra, en la Ciudad de la Justicia de Castellón.
Carlos Fabra, en la Ciudad de la Justicia de Castellón.Ángel Sánchez

La Sección Primera de la Audiencia de Castellón ha citado al expresidente de la Diputación y del PP provincial, Carlos Fabra, este miércoles a las 11.30 horas para comunicarle su ingreso voluntario en prisión en el plazo de cinco días. La providencia del tribunal que le sentenció hace un año a cuatro años de cárcel por cuatro delitos fiscales de casi 700.000 euros todavía puede ser recurrida por el exmandatario castellonense antes del viernes.

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La citación se produce después de que el Gobierno rechazara el pasado viernes concederle el indulto. Fabra pidió en agosto la medida de gracia con una carta de nueve folios en la que defendía que su conducta era “acreedora” del indulto y reclamó a la Audiencia que paralizara su ingreso en prisión cuando fue citado por primera vez el 3 de septiembre para iniciar el cumplimiento de la condena. La petición retrasó su encarcelamiento porque el tribunal atendió su petición y suspendió su internamiento hasta que el Gobierno tomara una decisión. La Sección Primera quebrantó con ello su propia norma, que establecía que “siempre” se rechazaría suspender la pena de cárcel por tramitación de indulto si la pena era “igual o superior” a tres años.

La decisión de los tres magistrados -Esteban Solaz, Pedro Luis Garrido y Aurora de Diego- se tomó además en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado y la acción popular que ejerce la Unión de Consumidores.

El expresidente del PP presentó, junto a la petición de indulto y suspensión de la pena de cárcel, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que está pendiente de resolución. Su alternativa para eludir la prisión pasa ahora porque el alto tribunal no rechace y acepte a trámite el recurso y decida además suspender la ejecución de la condena hasta que lo resuelva en los próximos años. Algo poco probable porque por norma general el recurso no suspende el cumplimiento de la pena.

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