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La justicia pone a la hermana del Rey al borde del banquillo por fraude fiscal

La Audiencia de Palma archiva la acusación de blanqueo contra doña Cristina "A la Infanta no le debe hacer ninguna ilusión", ha afirmado su abogado

La infanta junto a su marido.Foto: atlas | Vídeo: EFE / ATLAS

La Audiencia de Palma decidió este viernes que la infanta Cristina de Borbón debe sentarse en el banquillo de los acusados por dos delitos fiscales —cometidos en 2007 y 2008— como cooperadora, por “contribuir a defraudar” dinero a la Hacienda pública y por tener “conocimiento” o “representación” del fraude. Los tres magistrados —por unanimidad— acordaron levantar la imputación por un delito de supuesto blanqueo de capitales que pesaba sobre la Infanta. Por ello, su defensa ve una vía de escape para evitar el juicio, ya que solo una acusación popular —y no los representantes del Estado perjudicado— acusan a la Infanta. El Supremo dictó en 2007 que no se puede abrir juicio oral solo a instancias de la acusación popular; se necesitaría que lo inste el fiscal o la acusación particular: a esto se le llamó doctrina Botín.

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La hermana del rey Felipe VI está imputada desde enero de 2014 en el caso Nóos, un escándalo por corrupción, que se investiga desde 2010, por supuesta malversación de seis millones de euros públicos en la que los principales implicados son su esposo, Iñaki Urdangarin, y el socio de este, Diego Torres. La causa se abrió a raíz de sus negocios con los Gobiernos del PP en Baleares y la Comunidad Valenciana.

En el auto, el tribunal señala que hay indicios suficientes que indican que Cristina de Borbón, “de manera innegable e inobjetable”, se benefició del dinero de la sociedad familiar Aizoon, que tenía a medias con su esposo, para evadir impuestos. Los magistrados reconocen que, aunque no era socia y no administraba la empresa, la creó con su marido, la sostuvo, gastó sus fondos, manejó cuentas, tenía caja única, alquiló su palacete para la sede, firmó el contrato y cobró las mensualidades.

Aizoon era una “sociedad ficticia e instrumental”, sin estructura ni empleados adecuados, que utilizaron para ocultar ingresos, tal como admiten los jueces. Existió una “pantalla” y “causa del fraude”, dice la Audiencia para quien la Infanta “se desentendió (del riesgo) y del peligro que ella misma generaba” por avalar y no actuar para evitar el delito.

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La justicia entiende que ella nada tuvo que ver con la generación de las rentas pero destaca que “de alguna manera ha podido contribuir a la defraudación, ya de modo activo como omisivo”. Por ello, la responsabiliza de no haber evitado el fraude: “Tenía el deber jurídico de hacerlo al ostentar el 50% del capital social, y ser ella corresponsable del riesgo de defraudación generado”, dicta el auto. La permanencia en la compañía era, para los magistrados, una “simulación que comportaba la creación de un elevado riesgo de defraudación por lo que las imputaciones por cooperación en el fraude fiscal cometido por su marido goza objetivamente de sustento”.

Los magistrados Diego Gómez-Reino, Juan Jiménez y Mónica de la Serna —expertos en resolver y ordenar la causa del también llamado caso Urdangarin— entienden además que está consolidado que los Duques de Palma actuaron en Aizoon como “un matrimonio que abusa de una sociedad para obtener beneficios fiscales y al mismo tiempo para modificar su régimen económico” de separación de bienes a gananciales.

Nueve delitos para Iñaki Urdangarin

La Audiencia de Palma ha atribuido un nuevo delito al esposo de la Infanta, Iñaki Urdangarin: el de blanqueo de capitales. Este se suma a los ocho que había acumulado hasta ahora. Urangarin se enfrentaba —hasta ahora— a una petición de 15 a 19 años de cárcel, según anunció el fiscal Pedro Horrach, que deberá revisar su panel de penas y delitos.

La misma figura delictiva de blanqueo de dinero —de la que se exculpa a la Infanta— también se atribuye a su exsocio en los negocios bajo sospecha de la trama del Instituto Nóos, Diego Torres y a la mujer de este, Ana María Tejeiro.

La Audiencia de Palma estimó el recurso de apelación del sindicato Manos Limpias, que actúa en la causa con el objetivo central de acusar a la Infanta. Con la nueva imputación, el marido de la Infanta suma 25 delitos distintos: cinco delitos de prevaricación, cinco de fraude, cinco de tráfico de influencias, cuatro de malversación, dos contra Hacienda, uno de falsedad, uno de estafa, uno de falsificación y uno de blanqueo. Sobre este último, el auto de la Audiencia de Palma señaló que “el dinero malversado estaría previamente lavado”.

Los tres jueces que conforman el tribunal que ha dictado el auto desvelan, de forma soslayada, su convencimiento de que la Infanta se sentará en el banquillo. En su auto recogen que doña Cristina puede verse favorecida por la aplicación de la atenuante penal prevista para cooperadores en delitos especiales propios, una consideración que solo se puede atribuir a una persona que va a ser juzgada.

De manera precisa la Audiencia aparta a la Infanta de los indicios de delito de blanqueo que pesaban sobre ella porque la consideran al margen de los delitos que originaron ese blanqueo, la generación ilegal de los fondos y la malversación de caudales, en la que los jueces no implican a doña Cristina por no haber participado en la gestión del Instituto Nóos, que recaía en Iñaki Urdangarin y Diego Torres. La Audiencia, en su primer auto de 2013, contra una primera imputación ya la dejó al margen de la trama global delictiva del caso de la que se acusa a sus cerebros, Torres y Urdangarin, junto al expresidente de las islas, Jaume Matas.

Los seis millones de euros supuestamente malversados procedentes de las arcas de Baleares fueron controlados por la red de sociedades ficticias creadas bajo el paraguas de Nóos para dispersar sus fondos y evitar su tributación real. La Audiencia cree que existía “un acuerdo” entre Urdangarin y Torres para utilizar todo el entramado societario “con la finalidad de canalizar las rentas de su trabajo”, en las sociedades satélite de Nóos.

La defensa de la Infanta —a un paso de ir a juicio por fraude— al haberse liberado de la acusación por blanqueo de capitales (la más grave de las acusaciones por las penas que conlleva) y mantenerse en los dos delitos fiscales, ya apuntó este viernes la posibilidad de aplicarle la doctrina Botín, con la que se evitó el juicio al banquero al bloquear la acción penal de una sola acusación popular ya que el perjudicado, el Estado, no intervino.

El juez Castro vio "sobrados indicios" de que la Infanta estaba en la presunta trama corrupta "lucrándose en propio beneficio"

La Fiscalía y la Abogacía del Estado no han acusado a la Infanta, hasta ahora. Han pedido su exculpación aunque la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, afirmó que Hacienda (la perjudicada por el supuesto delito y representada por la Abogacía del Estado), “estudiará” si cambia su táctica y acusa.

En cualquier caso, la Audiencia de Palma dejó en manos del juez instructor, José Castro, la decisión de determinar quién irá a juicio y por qué delitos.

Los jueces, en un apartado de consideraciones finales de un auto de 160 páginas, aprovechan también para criticar la actitud del fiscal Anticorrupción Pedro Horrach, impulsor del caso junto al juez Castro hasta que se produjo su ruptura profesional al disentir sobre la imputación de la Infanta. La Audiencia reprocha a Horrach el haber atacado el rol de Castro y, además, ve “dudosa la legitimación” del fiscal al recurrir la acusación contra la esposa de Urdangarin que dictó el propio juez.

El fiscal “piensa desplegar acusación por delito fiscal aunque no lo atribuye a la Infanta”, subraya la Audiencia, aunque los otros imputados carguen con los mismos hechos. “Tampoco deja de sorprender que fiscal y Abogacía del Estado se muestren de acuerdo en que hay fraude fiscal pero que la deuda tributaria es atribuible a Torres y Urdangarin cuando lo razonable es que se decidiera en el juicio”, concluye.

El fiscal Horrach ve a Castro con una cierta obsesión personal en este asunto

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