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Una sala experta en corrupción dirime el futuro de la infanta Cristina

La Audiencia ya apreció indicios de delito por ser dueña de la empresa que defraudó a Hacienda

Doña Cristina sale de la Audiencia de Palma.
Doña Cristina sale de la Audiencia de Palma.uly martín

Tres magistrados con experiencia suficiente en resolver recursos sobre causas de corrupción que han desencadenado grave alarma social en España estudiarán a partir de los próximos días los argumentos del juez José Castro para sentar a la infanta Cristina y otros 13 implicados en el banquillo del juicio por el caso Nóos y las razones del fiscal anticorrupción, Pedro Horrach, para negarse a la imputación de la hermana del Rey.

La sala segunda de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca resolverá este mes el paso previo y crucial para la celebración de un juicio que pone bajo sospecha a la institución monárquica tras más de dos años de una investigación judicial que por primera vez en la historia reciente de España situó la lupa sobre la familia real.

Iñaki Urdangarín, esposo de la infanta Cristina y cuñado del rey Felipe, tejió durante años una red empresarial basada en el tráfico de influencias con la que ganó más de 10 millones de euros, según la investigación judicial. Los negocios de Urdangarín se basaron, según sostiene tanto el juez como el fiscal que impulsaron esta causa, en el fraude continuado a la administración pública. Los gobiernos del PP en Baleares y la Comunidad Valenciana colaboraron activamente en los negocios de Urdangarin adjudicando a dedo proyectos millonarios a la trama.

Los magistrados Diego Gómez-Reino, Juan Jiménez Vidal y Mónica de la Serna, que han resuelto la mayoría de los recursos presentados hasta ahora en esa causa, deberán decidir si admiten las alegaciones de Miguel Roca, abogado de la infanta, y del fiscal anticorrupción, Pedro Horrach, contra la imputación de la hermana del Rey. Gómez-Reino y Juan Jiménez Vidal pertenecen a la progresista asociación Jueces para la Democracia mientras que De la Serna está afiliada a la conservadora y mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura. Las decisiones de esta sala, en la que trabajan otros tres magistrados a los que podría corresponder también el estudio de alguno de los 14 recursos presentados, suelen ser rápidas e imprevisibles.

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Es la misma sala que hace más de un año suspendió la imputación de la infanta que había decidido el juez Castro aunque en la misma resolución le abrió otra puerta y marcó el camino para volver a imputar a la hermana del Rey. Un camino que recorrió durante meses el instructor para volver a incluirla en la lista de 14 imputados que deberán sentarse en el juicio.

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Esta sala segunda ha resuelto en los dos últimos años numerosos recursos contra distintas decisiones del juez Castro relacionados con el caso Nóos, un procedimiento que acumula ya más de 130.000 folios en el sumario. La inmensa mayoría de las veces, los tres magistrados han avalado con sus decisiones la instrucción de Castro.

Una de sus resoluciones rechazó la petición de imputación de la infanta Cristina por parte de Manos Limpias, personada en la causa como acusación popular, en julio de 2012, cuando el juez José Castro no veía indicios suficientes para actuar contra la hermana del Rey. La Audiencia utilizó en esa ocasión argumentos jurídicos que el fiscal anticorrupción, Pedro Horrach, repite ahora para descartar la actuación contra la infanta.

En abril de 2013, la Audiencia tuvo que resolver un recurso, en este caso de la Fiscalía, contra el auto del juez Castro donde consideraba que ya había datos suficientes en la causa para citar a la infanta como imputada. La Sala Segunda, por dos votos a uno, estimó que los motivos que el instructor detallaba para la imputación eran insuficientes para la imputación, pero abrió una vía distinta para poder actuar contra Cristina de Borbón por delito fiscal y de blanqueo de capitales.

Muchos de los beneficios obtenidos supuestamente de manera ilícita por Urdangarín fueron ingresados en las cuentas de la empresa Aizoon, que compartían a partes iguales los Duques de Palma. Y de esa cuenta, ambos sacaron dinero para gastos particulares.

Fallo imprevisible

Los tres magistrados que han resuelto los recursos relacionados con la infanta Cristina no tienen un criterio único. En su último pronunciamiento (abril de 2012) suspendieron la imputación de la Infanta por dos votos a uno

Diego Gómez-Reino. Presidente de la sala. Afiliado a Jueces para la Democracia (JpD). Ha acreditado como magistrado celeridad en las causas que tramita.

Juan Jiménez Vidal. Fue juez de lo social y antes abogado laboralista, tras militar en grupos antifranquistas. Afiliado a JpD, firmó en mayo de 2013 el voto particular en favor de la imputación de la Infanta.

Mónica de la Serna. Pertenece a la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura. Actuó de ponente de una sentencia que anuló las escuchas y registros y que dejó sin condena a los capos de una banda de narcos.

Este hecho puso en alerta a la Audiencia Provincial, que señaló hace año y medio en su resolución: "Estimamos que no se puede descartar en este momento la comisión del delito contra la Hacienda pública, y tal vez, posiblemente, de un delito de blanqueo de capitales, y que en tales ilícitos hubiera podido participar la Infanta recurrente".

En su pronunciamiento, detallaban las razones por las que creían que la infanta Cristina había tenido una cierta participación en los hechos investigados: "Aunque Iñaki Urdangarín era el administrador de Aizoon —y suponiendo que fuera el perceptor real de las rentas no declaradas, pues no olvidemos que no es él quien factura y no hay contratos firmados de asesoramiento ni de consultoría—, la Infanta tenía el control funcional de la sociedad al ser titular del 50% del capital social y por tal motivo podría estar en condiciones de impedir la defraudación a la hora de presentar las declaraciones del impuesto de sociedades de los años 2006, 2007 y 2008".

"Si bien la Infanta podía desconocer que el origen ilegal del dinero público, en cuanto a que provenía de un delito de malversación o de fraude (siempre antes de marzo de 2006), lo que resulta más dudoso es que desconociera que esos ingresos podían suponer un delito contra la Hacienda pública ya que el Instituto Nóos, aunque declaraba, no pagaba el impuesto de sociedades por constar inscrita como asociación sin ánimo de lucro, pero en realidad no lo era ya que operaba como auténtica entidad mercantil".

En sus conclusiones, la Audiencia dejó manos libres al juez para continuar con sus pesquisas: "Desde el momento en que del informe de la Agencia Tributaria se desprenden indicios de delito por la constitución de la sociedad Aizoon, que habría supuestamente permitido cometer defraudación en cantidad superior al delito fiscal, ha de determinarse —y esto lo tiene que decidir el Juez y no ser una conclusión de la Agencia Tributaria— si en dicha ilegal constitución tuvo alguna participación la Infanta".

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