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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Garzón, sin indulto

La denegación se ha producido en términos que no cabe calificar sino como vejatorios

José María Mena

La asociación de Magistrados Europeos por la Democracia y las Libertades (MEDEL) no es una institución marginal ni irrelevante. Es una organización no gubernamental que se beneficia del estatuto de observador en el Consejo de Europa, y por ello participa activamente en los trabajos del Consejo Consultivo de Jueces Europeos, de la Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia, de la Conferencia de Fiscales Generales y del Comité Europeo sobre Problemas Criminales. También trabaja con el Parlamento Europeo, especialmente con la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos Interiores. Agrupa más de 15.000 magistrados y fiscales de organizaciones de esos profesionales de casi todos los países europeos, y entre ellos de España. MEDEL había pedido al Gobierno de Rajoy el indulto para Baltasar Garzón. La solicitud de indulto ha sido denegada por el Gobierno español tras una prolongada e injustificada dilación, y en unas circunstancias innecesariamente vejatorias.

MEDEL había decidido democráticamente, mediante sus órganos estatutarios colegiados, formular la solicitud de indulto en favor de Baltasar Garzón. La decisión se adoptó a partir de sus propios criterios y fundamentos, y en cumplimiento de sus fines fundacionales. Uno de estos es el amparo de la plena independencia interpretativa de los jueces y magistrados europeos, y por lo tanto también de los españoles.

Con esta solicitud de indulto MEDEL no pretendió formular objeción alguna a la sentencia, firme y definitiva. Y tampoco se pretendió hallar en este trámite una corrección extrajudicial de una decisión jurisdiccional soberana e independiente. Adoptó esta decisión porque no existe otro cauce legal previsto, distinto de este de la solicitud del indulto, para atajar la efectividad de la pena, cuya severidad, desproporcionada y excepcional, pesa sobre Baltasar Garzón.

La condena consagra unos criterios de autoritarismo jurisdiccional que afectan de modo preocupante a la independencia judicial en su actividad de libre interpretación aplicativa del derecho. Estos mismos criterios de autoritarismo jurisprudencial son los que dan soporte al anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial que ha presentado el ministro de Justicia. En él propone “asegurar la uniformidad en la aplicación judicial del derecho”. Para ello establece la aplicación obligada de lo que denomina “la doctrina jurisprudencial vinculante”, que ha de derivar, en la práctica, en la total sumisión de los jueces a los criterios del Tribunal Supremo. Esta limitación orgánica tendrá en la sombra amenazadora de una condena penal, como la sufrida por Garzón, una última ratio de previsible disuasión de ulteriores veleidades interpretativas de los jueces.

El autoritarismo jurisprudencial será reforzado, según el anteproyecto, con la limitación del derecho de expresión que se pretende imponer a los jueces, no solo individualmente, sino también colectivamente. Con esta limitación se proyecta coartar gravemente la necesaria crítica sobre las decisiones de los superiores jerárquicos que, si procede, deben hacer las asociaciones profesionales de jueces, magistrados y fiscales.

Además, la denegación del indulto se ha producido en unos términos que no cabe calificar sino como vejatorios. Tras una inexplicable dilación, la denegación del indulto de Baltasar Garzón finalmente se ha formulado y publicado junto con otras denegaciones de indulto a otros personajes famosos por su corrupción incontinente o por su etilismo irresponsable, como si Baltasar Garzón, con todos ellos, formara parte de un indiscriminado conjunto de famosos indeseables, merecedor de reproche social.

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Esta humillación complementaria no es casual ni irrelevante. Es una estigmatización complementaria que parece buscar la inhabilitación personal, ética y estética de Garzón como ciudadano, como si no les bastara con la condena a la inhabilitación de por vida, como magistrado.

No es posible olvidar que ese evidente ensañamiento es el colofón de una causa penal promovida por los abogados de Gürtel, que consiguieron sus objetivos tácticos: eliminar al juez que les investigaba. A partir de los datos acumulados desde el inicio de las indagaciones, hoy ya es noticia incontrovertible que aquella investigación afectaba a las entrañas mismas del Partido Popular. Y es el Gobierno del mismo Partido Popular el que produce esta denegación de indulto, que por sus formas arroja sombras de ausencia de objetividad, como de venganza suplementaria.

La denegación del indulto, en tales términos, evidencia, por otra parte, un lamentable menosprecio para la entidad que formuló la solicitud, la cual, por su notoria relevancia numérica e institucional, merece una resolución motivada, razonada, coherente, civilizada, educada, europea. El Gobierno no ha tenido a bien ni siquiera responder.

Ante todas estas circunstancias, no cabe más que hacerse eco de la preocupación de la opinión pública por cuanto se deduce de la coincidente deriva de autoritarismo jurisprudencial que el Gobierno de España, con esta vejatoria denegación de indulto, no solo confirma, sino que, además, propugna mediante nuevos proyectos legales.

José María Mena fue fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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