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El Supremo se suma a las críticas al modelo de Poder Judicial de Gallardón

El alto tribunal pide suprimir el carácter vinculante de sus resoluciones

Fernando J. Pérez
Pleno del CGPJ, con su presidente, Carlos Lesmes, en primer término.
Pleno del CGPJ, con su presidente, Carlos Lesmes, en primer término.Luis Sevillano

El anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), impulsado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, sigue cosechando reveses. El borrador del texto legal, que, según el Gobierno, pretende adaptar las estructuras judiciales a la actual realidad económica y social, recibió ayer la crítica, constructiva pero severa, del Tribunal Supremo. El máximo órgano judicial considera, en línea con lo expresado por las asociaciones de jueces y otros agentes vinculados a la justicia, que la nueva LOPJ “contiene afirmaciones o prevé medidas que pueden condicionar” la independencia de los aproximadamente 5.000 jueces y magistrados españoles.

El alto tribunal reclama la supresión de una de las medidas más relevantes de la reforma, aquella que establece el carácter vinculante de la jurisprudencia del Supremo para el resto de los jueces. También considera que la instrucción de las causas penales más complejas o polémicas en tribunales colegiados —con tres magistrados— en lugar de mediante jueces individuales “no es concebible” en el Supremo. Y rechaza la creación de una sección especializada en delitos económicos en la Sala de lo Penal, al considerarla “incompatible” con su carácter de tribunal de casación.

El documento elaborado por la Sala de Gobierno del Supremo, de 67 páginas, analiza de forma sistemática las principales novedades de la reforma. Los magistrados rechazan algunos aspectos que, según su criterio, vulneran o debilitan el principio de independencia de los jueces. Uno de ellos es la “idea de jerarquización de los órganos judiciales” que establece el anteproyecto, y que se refleja en expresiones como “tribunales inferiores”, repetida siete veces en la exposición de motivos del anteproyecto. Los magistrados del Supremo, además de advertir de que esta terminología es “peyorativa”, recuerdan que “ningún órgano judicial es inferior a otro cuando enjuicia un asunto de su competencia”.

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El borrador establece la sujeción de los jueces a la autoridad del Consejo General del Poder Judicial. Aunque esta dependencia figura en la Constitución como puramente gubernativa —para materias como ascensos, nombramientos o régimen disciplinario—, la redacción resulta “confusa” para el Supremo. “Se presta a entender que los jueces ejercen su función jurisdiccional [la de investigar las causas y juzgar y ejecutar las sentencias] bajo la autoridad del Consejo”, consideran. Esto, según los redactores, “es lo más contrario que cabe imaginar a la independencia y la sujeción únicamente al imperio de la ley”.

Los magistrados que ocupan los puestos más altos del escalafón de la carrera judicial también rechazan la prohibición prevista en el anteproyecto de que los jueces y sus asociaciones hagan comentarios en los medios de comunicación sobre asuntos pendientes. Consideran que esta presencia en los medios “no es habitual, ni mucho menos”, y recuerdan que los excesos se pueden resolver por la actual vía disciplinaria. “Los términos en que está redactado el precepto pueden menoscabar el legítimo ejercicio de un derecho innegable a expresar sus puntos de vista”, se quejan.

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El informe pide la supresión de los artículos del anteproyecto que imponen el carácter vinculante de la jurisprudencia del Supremo para todos los jueces españoles. Los magistrados opinan que la reforma “introduce más disfunciones que progresos”, ya que tiene un “procedimiento extraordinariamente complejo”.

El hecho de que la jurisprudencia vinculante se fije en plenos gubernativos trimestrales de las Salas del Supremo, mediante entrecomillados publicados en el Boletín Oficial del Estado, y no mediante resoluciones de recursos judiciales sobre casos concretos, “conduce a una devaluación de la doctrina sentada del Tribunal Supremo”. Por ello, los magistrados sugieren que la ley establezca la “necesidad” de que los jueces ordinarios interpreten las leyes “de conformidad” con la jurisprudencia, pero conserven la capacidad de “separarse de ella de forma motivada”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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