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El juez Ruz suma ya 13 razones para acreditar la caja b del PP

El magistrado añade a la causa, con 25 imputados, la confesión del exsenador Luis Fraga

El juez Pablo Ruz a la salida de la Audiencia Nacional.
El juez Pablo Ruz a la salida de la Audiencia Nacional.Álvaro García (EL PAÍS)

Las diligencias abiertas hace más de un año por la supuesta financiación ilegal del PP a través de una caja b suma ya 13 razones con nombre y apellidos (personas vinculadas al partido que han reconocido cobros en dinero negro) para acreditar la contabilidad paralela ajena al fisco con la que funcionó la formación conservadora entre 1990 y 2008.

El magistrado de la Audiencia Nacional Pablo Ruz investiga “la posible comisión de varios delitos contra la Hacienda Pública (artículo 305 del Código Penal) a partir de las anotaciones reflejadas en la caja B del PP documentada en los papeles aportados por Luis Bárcenas”. El artículo 305 del Código Penal castiga con penas de uno a cinco años de cárcel a quien por acción u omisión defraudara a la Hacienda Pública siempre que la cuantía supere los 120.000 euros.

Luis Fraga, ex senador del PP, ha sido el último en admitir ante el juez que cobró las cantidades de dinero -9.000 euros en dos entregas nunca declaradas a Hacienda- que figuran en los apuntes de los papeles de Bárcenas. Con su confesión ya hay 13 testimonios que confirman la irregularidad: Jaime Ignacio del Burgo, Calixto Ayesa, Eugenio Nasarre, la viuda del concejal Francisco Cano, asesinato por ETA, Santiago Abascal, Cristóbal Paez, Luis Bárcenas, Pío García Escudero, Jaume Matas, Pablo Crespo, Basta ya, Rosalía Iglesias y Luis Fraga.

Junto a los apuntes a nombre de estas personas u organizaciones que figuran en los papeles del ex tesorero del PP, el juez también tiene acreditados otros 16 apuntes de diversas cantidades que Bárcenas ingresaba troceadas, siempre por menos de 60.000 euros, en el Banco de Vitoria como si se trataran de donativos anónimos legales. Esos ingresos pertenecían supuestamente a empresas que pagaban más de 60.000 euros (el límite legal permitido) y además contrataban con la administración pública (con lo que tenían prohibido dar dinero a partidos políticos).

Con las diligencias practicadas hasta el momento, el juez Pablo Ruz ha concluido que el PP disfrutaba de una “corriente financiera de cobros y pagos continua en el tiempo al margen de la contabilidad remitida por el Partido Popular al Tribunal de Cuentas” y por tanto opaca al fisco.

Debido al tiempo pasado desde que el PP se financiara con dinero no declarado a Hacienda, muchos de los posibles delitos han prescrito, además de que el cobro de diversas cantidades en dinero negro por parte de cargos del PP no alcanzaría la cantidad suficiente para ser considerada delito fiscal.

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El juez se ha centrado en los últimos meses en acreditar el delito contable a partir de 2008 –no prescrito-, año en el que los cuadernos de Bárcenas señalan donaciones ilegales cuya cuota defraudada superaría los 120.000 euros. Ruz está investigando, según escribió en uno de sus últimos autos, “la eventual responsabilidad que pudiera alcanzar al Partido Popular por el Impuesto sobre Sociedades de 2008, en cuanto que, para el caso de acreditarse indiciariamente la realidad de las entradas dinerarias registradas en la contabilidad paralela investigada en dicho ejercicio, pudiere alcanzarse una cuota defraudada que conllevara, al menos en el plano hipotético, la presunta comisión de un delito contra la Hacienda Pública imputable, ex artículo 31 del Código Penal vigente al tiempo de comisión de los hechos, a quien actuara como administrador o responsable legal de la formación política”.

 La causa suma ya 25 imputados, entre ellos algunos de los principales constructores de España, y otros 29 testigos, la mayoría dirigentes del PP y tres de los cuatro secretarios generales de la formación entre 1990 y 2009. El juez considera "parcialmente contrastado" que el dinero que ingresaba en el PP y no se declaraba a Hacienda tenía tres destinos distintos:

- "El pago de gastos generados en campañas electorales.

- El pago de complementos de sueldo a determinadas personas vinculadas al partido, bien de forma periódica u ocasional.

- El pago de distintos servicios y gastos en beneficio del partido político”.

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