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Indultos del Gobierno

El PP ha perdonado a siete corruptos en dos años

El Gobierno de Mariano Rajoy concedió 501 indultos en 2012 y 190 en 2013

Alberto Ruiz-Gallardón manifestó el pasado 13 de marzo que, mientras él sea ministro de Justicia, no dará ningún indulto a corruptos. Los datos le desmentían, puesto que el Consejo de Ministros perdonó durante 2012 y 2013 a siete personas condenadas por “delitos contra la administración”. Gallardón se vio obligado al día siguiente a precisar que se refería a políticos que se meten dinero público en el bolsillo.

El Gobierno del PP concedió 501 indultos en 2012 y 190 en 2013. Siete de ellos afectaron a funcionarios o cargos públicos condenados por corrupción. Entre ellos, está el caso de Josep Maria Servitje, de Uniò Democràtica y ex número dos de Trabajo en la Generalitat de Cataluña. Fue indultado en marzo de 2012 y evitó así cumplir cuatro años y medio de prisión por prevaricación y malversación. La condena fue por pagar a un empresario afín a su partido 46.158 euros por informes sin valor alguno.

Otros indultados, en 2012, han sido el exalcalde malagueño de Abdalajís (PP) Tomás Gómez Arrabal, y otros tres ediles de ese partido. Todos ellos condenados por prevaricación urbanística: dieron licencias de obra ilegales (sin proyecto arquitectónico) a locales comerciales. El pasado septiembre, el Gobierno indultó de una pena de tres años de cárcel por malversación de bienes públicos a una funcionaria y miembro de la dirección del PSOE en un barrio de Sevilla. También se le conmutó la pena a una funcionaria del Ayuntamiento de Alicante que despachó un informe de servicios sociales a una persona con la que tenía una relación.

Y en mayo de 2012, se le dio un indulto parcial a Constancio Alvarado, exsecretario de la subdelegación del Gobierno en Cáceres, condenado por vender permisos falsos a inmigrantes. El Gobierno le dejó la pena en dos años para que no ingresara en prisión.

Existe la errática creencia de que los condenados a dos o menos años no van a la cárcel si carecen de antecedentes penales y no vuelven a delinquir durante el periodo que fije el juez. Y suele ser así, pero no siempre. El artículo 80 del Código Penal deja esa decisión en manos del tribunal sentenciador. “Los jueces o tribunales podrán”, dice el precepto, “dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad inferiores a dos años mediante resolución motivada, atendiendo fundamentalmente a la peligrosidad criminal del sujeto”. Es decir, “podrán”. En el caso del empresario andorrano Fidel Pallarols y el exsecretario de Organización de Unió Democràtica de Catalunya (UDC) Vicenç Gavaldà, ambos condenados a siete meses de cárcel por desvío de fondos públicos, la Audiencia de Barcelona, tras conocer que el Gobierno les ha denegado el indulto, ha optado por no aplicarles la remisión condicional de la pena y ha ordenado que ingresen en prisión.

Hay muchos casos en que, aun cumpliendo los reos los requisitos para que se les suspenda la ejecución de la pena, el tribunal se inclina por su cumplimiento. El caso del abogado Emilio Rodríguez Menéndez, condenado a dos años por el vídeo sexual de Pedro J. Ramírez, exdirector de El Mundo, es uno de ellos.

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