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Interior quita a los candidatos electorales el tratamiento de ‘don’ y ‘doña’

El Gobierno elimina esta denominación de las papeletas electorales para "simplificar" En los impresos de presentación de candidaturas los sustituye por 'hombre' y 'mujer' La Junta Electoral introdujo este tratamiento para verificar que se cumplía la Ley de Igualdad

J. Jiménez Gálvez
Una mujer consulta las papeletas antes de votar en un colegio electoral instalado en el instituto Rascanya de Valencia, en los comicios europeos de 2009.
Una mujer consulta las papeletas antes de votar en un colegio electoral instalado en el instituto Rascanya de Valencia, en los comicios europeos de 2009. MÓNICA TORRES

Ni don, ni doña. El nombre de los políticos a secas. El Ministerio del Interior ha decidido suprimir el tratamiento "D./D.ª" de las papeletas electorales para "simplificarlas", según reza la orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). "Tras la experiencia de los últimos procesos celebrados, resulta conveniente la introducción de cambios o mejoras", justifica el Gobierno en este documento, que elimina una denominación introducida en 2007 por la Junta Electoral Central a raíz de la aprobación de la Ley de Igualdad del PSOE.

Esta medida se adoptó entonces en las papeletas y en los impresos de presentación de candidaturas de los partidos para que se pudiera comprobar la "composición equilibrada" de mujeres y hombres en las listas electorales; ya que la normativa impulsada por los socialistas obliga a que ninguno de los dos sexos supere el 60%. El Gobierno de Mariano Rajoy elimina ahora el concepto de don y doña de las papeletas para clarificarlas. "Especialmente en el caso de los modelos bilingües", apunta el BOE —ya que en las comunidades autónomas con dos idiomas oficiales debía escribirse en ambos—.

Nuevo impreso de presentación de candidaturas, con los recuadros de "Hombre" y "Mujer" a marcar por los partidos políticos.
Nuevo impreso de presentación de candidaturas, con los recuadros de "Hombre" y "Mujer" a marcar por los partidos políticos.BOE

El Ejecutivo también suprime este tratamiento de los impresos de las candidaturas, donde los sustituye por los términos hombre y mujer, escritos sobre un recuadro que deben marcar las formaciones. En estos, subraya el Ministerio del Interior, "sí es necesaria" la especificación para verificar ese equilibrio de sexos. Además, la Junta Electoral Central ha explicado que esta medida "no afecta al ciudadano" que acude a votar y, paralelamente, "facilitará una comprobación más rápida de que se cumple la legislación sobre Igualdad, sobre todo en los tiempos tan cortos de los que se dispone".

La iniciativa entrará en vigor este sábado y afectará a la próxima cita electoral del 25 de mayo, cuando los españoles acudirán a las urnas para elegir a sus representantes en el Parlamento Europeo. Para esta convocatoria, según el BOE, el Gobierno también establece que las credenciales de los candidatos ya electos en los comicios de la UE deben incluir el requisito legal de haber jurado o prometido previamente el acatamiento de la Constitución española. Una decisión que se adopta después de que la anterior cita comunitaria, celebrada en junio de 2009, los eurodiputados Ramón Tremosa (CiU) e Izaskun Bilbao (PNV) prometieron acatar la Ley Fundamental "por imperativo legal".

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Sobre la firma

J. Jiménez Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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