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La Audiencia falla que no es acoso dejar a un alto funcionario sin trabajo

La juez ve “injustificado” e inconcebible que un nivel 30 estuviera año y medio sin tarea Sin embargo, no aprecia que esta situación pueda considerarse acoso laboral

El alto funcionario Jaime Nicolás.
El alto funcionario Jaime Nicolás.ÁLVARO GARCÍA

La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda por acoso laboral que presentó Jaime Nicolás Muñiz, un alto funcionario que pasó 18 meses sin trabajo cuando el PP llegó al Gobierno después de 25 años con responsabilidades. En una sentencia notificada el viernes, considera que la situación es un despilfarro: “No se justifican situaciones como la analizada, de destinar a puestos carentes de trabajo y funciones y con inevitables consecuencias en el derecho al cargo y a la dignidad profesional. Falta de justificación inconcebible más aún en la actual situación de crisis económica”. Pero añade que eso no es suficiente para calificarlo como acoso.

Jaime Nicolás, licenciado en Derecho en España y en Políticas en Alemania, traductor de Habermas y profesor de Universidad, fue jefe de gabinete de Francisco Rubio Llorente en el Consejo de Estado hasta marzo de 2012. Este funcionario por oposición desde 1972 tiene nivel 30, el máximo en la función pública. Al cesar en el cargo pidió reingresar en el Ministerio del Interior, donde le correspondía porque había tenido allí su último destino antes de ir al Consejo de Estado. Después de dos meses en su casa, cobrando pero sin destino, fue asignado a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado (GIESE).

Allí entró en lo que en la demanda califica como “un estado de humillante marginación y postergación”. No tenía trabajo ni ninguna función. Solo una vez le encargaron una tarea, confirmar la recepción de una petición de dictamen en el Consejo de Estado, tarea que fue “despachada con una simple llamada telefónica”, según su recurso. Allí cuenta que un superior le definió como un “funcionario invitado”.

En verano de 2013, después de año y medio con despacho pero sin trabajo puso una queja interna por la marginación que sufría y en octubre de 2013 presentó un recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional. Exigía un euro como compensación y que se reconociera que se había vulnerado su “integridad moral, el derecho al prestigio profesional, el derecho al cargo, y la interdicción de la discriminación”. Con el recurso, sí que recibió tareas desde el Ministerio.

Nicolás esgrimió que el “Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado”, aprobado en 2011, cita como primera causa de acoso “dejar al trabajador de forma continuada sin ocupación efectiva, o incomunicado, sin causa alguna que lo justifique”.

La fiscalía consideró que no existía acoso laboral, que estar sin trabajo no es motivo suficiente. Sobre los correos electrónicos en los que Nicolás pedía trabajo a sus superiores, afirma: “Lo que dicen es que el recurrente no tiene mucho que hacer y, desde luego, no revelan, una situación de presión psicológica compatible con el acoso laboral”. La abogacía del Estado también se opuso.

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Los testigos citados en el caso corroboraron la versión de Nicolás. Según la sentencia, el jefe de área de la GIESE declaró que la “falta de atribución de tareas no se debía a su falta de capacidad o actitud; todo lo contrario, se afirmó por el testigo que estaba facultado para cualquier trabajo”.

La titular del juzgado central 5 de lo Contencioso-Administrativo, Emilia Peraile, considera demostrada la inactividad de Nicolás durante año y medio. Pero coincide con el argumento de la fiscalía de que eso por sí solo no es acoso laboral. Señala que la jurisprudencia califica como mobbing “toda conducta abusiva o de violencia psicológica que se realice de forma sistemática sobre una persona en el ámbito laboral, manifestada especialmente a través de reiterados comportamientos, palabras o actitudes que lesionen la dignidad o integridad psíquica del trabajador y que pongan en peligro o degraden sus condiciones de trabajo”. Y añade que en este caso no se ha acreditado “que su situación laboral sea consecuencia de una persecución de hostigamiento sistemática y planificada, e injustificada”.

Pero aun así incluye como conclusión un reproche para el Ministerio del Interior. “Si bien se entiende que no estamos ante un supuesto de mobbing, no se justifican situaciones como la analizada, de destinar a puestos carentes de trabajo y funciones y con inevitables consecuencias en el derecho al cargo y a la dignidad profesional. Falta de justificación inconcebible más aún en la actual situación de crisis económica. Se creó un puesto de trabajo de Vocal Asesor en la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado (GIESE) de la Secretaría de Estado de Seguridad que hasta año y medio después no se le dio contenido”. Nicolás reflexiona sobre el fallo, que acepta que todo lo que dice es cierto pero no accede a sus pretensiones: "Me da la razón pero me quita el derecho".

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