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El kamikaze cuyo indulto anuló el Supremo tendrá que volver a la cárcel

Justicia decide esperar a que el Constitucional se pronuncie sobre el caso

Loreto Dolz, hermana de la víctima del kamikaze, en la cabecera de una manifestación contra el indulto en Valencia hace un año.
Loreto Dolz, hermana de la víctima del kamikaze, en la cabecera de una manifestación contra el indulto en Valencia hace un año.mónica torres

Ramón Jorge Ríos Salgado tendrá que volver a prisión antes del próximo día 7 de febrero, según fuentes jurídicas. Ríos es el kamikaze al que el Gobierno concedió un polémico indulto el 7 de diciembre de 2012, que fue anulado el pasado noviembre por el Tribunal Supremo al entender que el mismo no estaba suficientemente motivado. El Ejecutivo ha decidido no darle un indulto nuevo, ajustado a lo dicho por el Supremo, sino esperar a lo que dictamine el Constitucional.

El próximo 7 de febrero expiran los tres meses de plazo que el Supremo dio al Gobierno para que motivase las razones en que basaba la medida de gracia que propuso el ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón al Consejo de Ministros, y que este aprobó.

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El 11 de enero de 2011, la Audiencia de Valencia condenó a este kamikaze a 13 años de cárcel por un delito grave de conducción temeraria “con desprecio para la vida de los demás” en concurso ideal con otro delito de homicidio. Ríos Salgado condujo su Opel Mágnum durante cinco minutos en sentido contrario por la autovía AP-7 (la que recorre todo el levante) y causó la muerte a José Alfredo Dolz España, de 25 años, que circulaba correctamente con su coche, el 1 de diciembre de 2003, en un tramo entre la localidad valenciana de Silla y la alicantina de San Juan. La familia de la víctima recurrió al Supremo al oponerse al indulto (el preso solo había cumplido 10 meses de prisión y pagado una multa de 4.000 euros).

Tras la anulación de la medida de gracia, el alto tribunal dio al Gobierno un plazo de tres meses para que este la motivara. “Introducir una nueva exigencia de motivación es algo que modificaría de facto la vigente Ley de Indulto”, declaró Ruiz-Gallardón a La Razón el pasado 30 de diciembre.

Justicia podría promulgar un nuevo decreto de indulto para Ríos, pero no lo hará, sino que dejará que se pronuncie al respecto el Tribunal Constitucional, ante el que los abogados del kamikaze han recurrido al entender que se trata de una medida de gracia gubernamental que el Supremo no puede revocar. Por eso, el conductor condenado deberá volver a prisión y esperar allí la decisión del Constitucional, lo que puede durar varios años. Este indultó causó gran alarma social por las connotaciones que le rodeaban. Según adelantó Información de Alicante, el abogado del reo era Esteban Astarloa Huarte-Mendioca, hermano de Ignacio Astarloa, ex alto cargo del PP en el Ministerio del Interior. Este letrado trabajaba para el despacho Uría y Menéndez, en el que también está empleado un hijo del ministro Alberto Ruiz-Gallardón (se trata del hijo que fue asaltado en Brasil cuando iba con un amigo al que los ladrones mataron durante el robo). El ministro ha señalado que este indulto siguió la misma tramitación que otros “que ha otorgado este Gobierno y los anteriores”.

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El de Ríos Salgado es el primer caso de un indulto que anula el Tribunal Supremo, cuya sala de lo contencioso se reunió para analizar el asunto tras el recurso que le elevó la familia del fallecido. El debate fue intenso y duró tres días. La Sala estaba dividida. Al final se optó por la opción de anular el indulto y dar tres meses al Gobierno para que volviera a exponerlo, pero con una mayor argumentación. La decisión final fue adoptada por una mayoría muy ajustada, 19 votos de magistrados contra 17. El ponente inicial de este asunto, que defendió que una medida de gracia no puede ser anulada por los tribunales, fue Carlos Lesmes, ex alto cargo del Gobierno de José María Aznar y a quien el PP y Ruiz-Gallardón convirtieron el pasado diciembre, merced a los votos de los vocales afines, en presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo.

Ruiz-Gallardón negó cualquier trato de favor al conductor homicida

La sentencia del Supremo argumenta que incluso un indulto debe ser motivado; es decir, hay que explicar las razones por las que se concede. Y es que en este concurrió, además, que tanto el tribunal de Valencia que condenó al kamikaze a 13 años de cárcel como la fiscalía se habían opuesto al mismo. La sentencia establece que los indultos, aun siendo una medida de perdón de carácter político, está sujeta a fiscalización judicial.

El fallo judicial admite que la medida de gracia no es un acto administrativo típico, sino una decisión singular y exclusiva del Ejecutivo, aunque destaca que, para evitar la arbitrariedad, debe ser motivada, porque la propia ley que regula esta medida de gracia recoge, en su exposición de motivos, que la concesión de un indulto, “cualquiera que sea su clase, se hará mediante un decreto motivado”.

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