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La oposición recurre a los tribunales para soslayar el rodillo del PP

El Tribunal Constitucional tiene pendientes más de una docena de recursos del PSOE

María Fabra
La portavoz socialista en el Congreso, Soraya Rodríguez, ante el Constitucional en 2013.
La portavoz socialista en el Congreso, Soraya Rodríguez, ante el Constitucional en 2013.LUIS SEVILLANO

El Tribunal Constitucional se ha convertido en la última instancia para ejercer la labor de oposición. Ante el rodillo que, con su mayoría absoluta en el Congreso, impone el PP, la oposición ha optado por recurrir ante los tribunales las leyes que el Gobierno ha fijado como el eje de su acción política.

 La resolución de recursos ante el tribunal de garantías constitucionales no tiene plazos, por lo que las impugnaciones pueden llegar a acumularse e incluso quedarse sin resolver, dados los cambios en las normas. En los dos años de legislatura del PP con Mariano Rajoy a la cabeza, la oposición (el PSOE en la mayoría de los casos, dados los requisitos que se exigen) ha presentado ya más de una docena de recursos de inconstitucionalidad contra otras tantas leyes.

Entre los presentados este año figuran:

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Además de estos, el Constitucional tiene pendientes de resolver los recursos sobre la reforma laboral, la amnistía fiscal y la designación del presidente y del Consejo de RTVE.

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Solo el Gobierno suspende las normas

La ley reserva al Gobierno la capacidad de dejar en suspenso una norma autonómica mientras el Tribunal Constitucional resuelve sobre el fondo del asunto. Es decir, cuando el Ejecutivo recurre una ley dictada por un Gobierno autonómico, la admisión a trámite del recurso conlleva, necesariamente, la suspensión de la aplicación de la norma. De esta manera, la legislación regional puede quedar en suspenso durante años, ya que el Constitucional solo tiene marcado un plazo, de cinco meses, para decidir si mantiene la suspensión de la aplicación de la norma o la levanta, pero una vez prorrogada es libre para decidir cuándo resolver el recurso.

Pese a la ausencia de plazos, hay casos en los que la rapidez del tribunal es inusitada. Así ocurrió con la ley navarra que exigía a la Iglesia el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (contribución urbana) para todos aquellos edificios que no se dedicaran al culto. En tan solo cinco meses, el tribunal resolvió mantener la exención a la Iglesia y para todos sus bienes.

El Constitucional ha suspendido este año la aplicación del euro por receta en Madrid, al igual que lo hizo con Cataluña, donde además dejó sin vigencia la aplicación de las tasas judiciales y del impuesto sobre depósitos de entidades de crédito aprobadas en Cataluña. Todos los asuntos fueron recurridos por el Gobierno.

La declaración soberanista que el Parlamento catalán aprobó en enero también fue suspendida, de forma automática, después de que el Constitucional admitiera la impugnación presentada por el Gobierno de Mariano Rajoy. La ley de horarios comerciales, que el Ejecutivo catalán aprobó por decreto el pasado octubre, fue otro de los asuntos que el Gobierno llevó al tribunal y, por tanto, dejó sin aplicación.

El tribunal de garantías constitucional también tiene pendiente de resolución la ley navarra de la vivienda que prevé expropiar casas a bancos para evitar desahucios, norma que está en suspenso, al igual que la ley navarra que regula la asistencia sanitaria gratuita, porque “extralimita las competencias autonómicas y vulnera la normativa estatal, por la que se determinan las condiciones para acceder a las prestaciones del Sistema Nacional de Salud”.

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