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El Constitucional rechaza la recusación a su presidente formulada por Otegi

El pleno no considera que la militancia de Pérez de los Cobos en el PP sea motivo de abstención

El pleno del Tribunal Constitucional ha vuelto a rechazar la recusación de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, que militó en el PP, al menos, entre 2008 y 2011. En esta ocasión, fue el secretario general de Sortu, Arnaldo Otegi, quien intentó apartarlo del debate sobre la petición de amparo que presentó al alto tribunal en el caso Bateragune.

La decisión del pleno del Constitucional ha contado con el voto particular de Luis Ortega que ya se opuso a que Pérez de los Cobos participara en las resoluciones pendientes de Cataluña, cuyo Gobierno y Parlamento también presentaron recusaciones que fueron rechazadas.

El Constitucional ha reproducido los argumentos jurídicos esgrimidos entonces y recuerda que, según su interpretación, la ley prohíbe no prohíbe la militancia en partidos sino, únicamente, que desempeñen funciones directivas.

Arnaldo Otegi fue detenido y encarcelado en octubre de 2009, de manera provisional, tras ser acusado de pertenencia a organización terrorista cuando trataba de relanzar la marca Batasuna, a través de Bateragune. En septiembre de 2011, la Audiencia Nacional lo condenó a diez años de prisión por pertenencia a organización terrorista en grado de dirigente. Meses después, en mayo de 2012, una muy dividida Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rebajó la pena a 6,5 años al considerarlo como “integrante” y no “dirigente”. Mantuvo a Otegi en la cárcel por tan solo un voto de diferencia. Un mes después, el 20 de junio de 2012, el propio Constitucional dictó la legalización de Sortu, el nuevo camino político de la izquierda abertzale que siguió la senda de Batasuna.

El Constitucional ha rechazado además el incidente de nulidad presentado por el exsecretario de Estado de Seguridad, Rafael vera, que reclamó la anulación de la providencia en la que participó Pérez de los Cobos y por la que se le denegó el amparo contra la condena impuesta por el "caso de los fondos reservados".

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