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Excarcelado el segundo etarra tras la sentencia de Estrasburgo

La Sala de lo Penal libera al etarra Juan Manuel Píriz tras 29 años en prisión El pleno de magistrados se reunirá cada viernes para estudiar las peticiones de libertad

Fernando J. Pérez

El etarra Juan Manuel Píriz ha abandonado ya la prisión de Algeciras, apenas tres horas después de que la Audiencia Nacional decretara su excarcelación, la segunda tras la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que anuló la doctrina Parot.

Píriz ha pasado entre rejas 29 años y ocho meses, cuando su salida antes de aplicársele la doctrina Parot había sido fijada para el año 2009. El etarra fue condenado a 61 años y dos días de cárcel por integración en organización terrorista, tenencia ilícita de armas, atentado y el asesinato en 1984 del exmilitante de ETA Mikel Solaun Angulo, al que disparó delante de su mujer y sus hijos, y que había avisado a la policía de un atentado inminente de la organización criminal.

La Audiencia Nacional ha sido el primer tribunal en aplicar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre otros presos de ETA que no sean Inés del Rio, la terrorista que recurrió ante Estrasburgo. El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decretado esta mañana la puesta en libertad inmediata del etarra Juan Manuel Píriz, afectado por aplicación retroactiva de la doctrina Parot, que ha prolongado irregularmente la estancia en prisión de decenas de presos de ETA y que ha sido derogada por el TEDH.

La salida de Píriz no solo se realiza con la sentencia de Estrasburgo como base: también se tiene en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que indica que en aquellos casos de presos en cuyas sentencias se hiciera un cómputo de beneficios penitenciarios sobre los 30 años de cumplimiento máximo del Código Penal de 1973, la excarcelación es obligada. La decisión ha contado con un voto particular.

Los 16 magistrados -una magistrada no ha acudido al pleno- han acordado aplazar hasta el próximo 8 de noviembre la decisión sobre la también etarra Josefa Ernaga, ya que en el mejor de los casos su excarcelación no podría llevarse a cabo antes de diciembre de 2014 con el nuevo cómputo de beneficios penitenciarios a que obliga la sentencia del tribunal de Estrasburgo.

Un total de 51 presos de ETA afectados por la llamada doctrina Parot han solicitado la revisión del cómputo de sus penas. Fuentes jurídicas informan que a partir del 8 de noviembre se celebrará un pleno semanal para resolver sobre sus recursos caso por caso. En aquellos casos en que los reclusos hayan presentado solicitudes de revisión de cumplimiento de condena ante el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, serán estos órganos y no la Audiencia Nacional los que decidan. Respecto al resto, el pleno dará traslado a la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que en el plazo de tres días informe sobre las peticiones.

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Juan Manuel Píriz, está condenado a 61 años de prisión, entre otros delitos por el asesinato del ingeniero y exmilitante de ETA Mikel Solaun el 6 de febrero de 1984 en Algorta (Bizkaia). Solaun había participado en la construcción de un bloque de viviendas en esa localidad destinadas a miembros de la Guardia Civil. ETA militar le exigió que facilitara la colocación de una bomba en ese inmueble. Este contrató a dos miembros de la banda, que inspeccionaron el edificio y colocaron el artefacto de 50 kilos de explosivo en un falso techo. Solaun era el encargado de conectar la bomba al circuito eléctrico, pero no lo hizo y avisó a los artificieros del instituto armado para que inspeccionaran el lugar. Sin embargo, el perro de los agentes pasó por delante de la dinamita sin encontrar nada. El artefacto fue detectado en noviembre de 1981 y Solaun fue detenido junto a los etarras que lo habían colocado. Solaun fue encarcelado durante un año, durante el cual recibió varias palizas por parte de presos de ETA. A su salida, fue asesinado de un disparo por la espalda cuando se encontraba con su esposa y su hijo.

Píriz fue detenido el 17 de febrero de 1984 en Barakaldo en una operación en la que falleció el etarra Iñaki Ojeda, de 20 años, y resultaron gravemente heridos Juan Manuel González y el propio Píriz. Desde entonces, el terrorista ha permanecido ingresado en prisión. De no haberse aplicado la doctrina Parot, habría extinguido su pena en 2009.

Por su parte, Josefa Mercedes Ernaga, miembro del comando Barcelona, fue condenada a 794 años de cárcel junto a Domingo Troitiño como autora del atentado contra el Hipercor de la capital catalana, la mayor masacre de la historia de la banda, con 21 muertos y 45 heridos. Con la aplicación de la doctrina Parot, Ernaga tenía fecha de salida el 27 de agosto de 2017. Con el nuevo cómputo, tras la derogación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo que aplicaba los beneficios penitenciarios sobre el total de la condena y no sobre los 30 años de cumplimiento máximo, la excarcelación se adelantará a diciembre de 2014.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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