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Condenados tres etarras a 485 años de prisión por el atentado de Santoña

La Audiencia Nacional les atribuye un delito de asesinato y otros 25 en grado de tentativa

María Fabra

La Audiencia Nacional ha condenado a los miembros del comando Otazua (que operaba en Vizcaya), Iñigo Zapiraín, Beatriz Etxebarría y Daniel Pastor a 485 años de cárcel cada uno por el asesinato del brigada del Ejército de tierra José Luis Conde y por otros 25 delitos en grado de tentativa y uno de estragos.

La sala ha impuesto la pena más alta al considerar que aquel 21 de septiembre de 2008 colocaron un coche bomba con 100 kilos de explosivos en la entrada del Patronato Militar de Santoña (Cantabria) y con el maletero orientado hacia el edificio, lo que "permitió a los autores alejarse con toda seguridad, y estar a muchos kilómetros de distancia en el momento que explota el coche bomba". "La explosión se produjo en medio de la noche, lo que aumentó el pánico y el desvalimiento de las víctimas", indica la sentencia que añade que "existió especial perversidad en la forma de ejecutarlo: La llamada se realiza a la DYA de Guipúzcoa, sólo 35 minutos antes de la hora prevista para la explosión, y el coche, colocado junto a la puerta principal, vía de salida ordinaria, tiene las matriculas de un vehículo de la misma marca y modelo, para evitar que pudiese ser detectado".

El tribunal relata que "a las 14,30 horas dejaron el coche con la bomba aparcado en batería cerca de la puerta de entrada del patronato militar, con el maletero orientado hacia la puerta del edificio. El temporizador lo pusieron en marcha para que la explosión se produjese sobre la 1 de la madrugada siguiente". "Sin que hubiese dado tiempo a desalojar, y cuando todavía estaban saliendo algunas personas por la puerta, sobre la 1,01 h. estalló el coche bomba", señala el fallo..

"La muerte del brigada fue especialmente cruel, cayó destrozado por la metralla y, todavía agonizante ante su esposa", señala el tribunal en la sentencia que se refiere al relato de su viuda durante el juicio, en el que se evidenció el caos registrado en la evacuación de los militares heridos.

El tribunal incide en ese caos y apunta a que el relato de los testigos "deben aprovecharse para establecer los protocolos de atención a las víctimas en caso de catástrofes de cualquier tipo. Otros lesionados también han descrito los efectos que aún hoy padecen tras haber sobrevivido a esta acción", añade.

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