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El Tribunal Supremo manda de nuevo a la cárcel al ‘narco’ Oubiña por blanqueo

Confirma la condena más de 4 años por blanquear dinero procedente del tráfico de drogas

Oubiña saliendo de la cárcel en julio de 2012
Oubiña saliendo de la cárcel en julio de 2012CLAUDIO ÁLVAREZ

Cuando apenas llevaba 13 meses en libertad, después de cumplir tres condenas por narcotráfico y pasar 11 años ininterrumpidos en prisión, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años y 7 meses de cárcel y multa de 2,2 millones de euros que la Audiencia Nacional impuso al narco Laureano Oubiña por blanquear dinero obtenido del tráfico de drogas. "Todos los datos constatados llevan y conducen directa y normalmente a la conclusión de estar en presencia de un delito de blanqueo procedente del narcotráfico", señala el Supremo.

Oubiña salió de la cárcel madrileña de Navalcarnero en julio de 2012 después de convertirse en el narcotraficante de hachís más antiguo de las cárceles españolas. La sentencia de la Audiencia Nacional le condenaba, en este caso, por blanquear dinero procedente del narcotrático. Obiña recurrió pero la Sala de lo Penal del Supremo ha confirmado la pena, con lo que el narco volverá a entrar en prisión. Al día siguiente de su salida de prisión el narcotraficante, de 67 años, tuvo que volver a la Audiencia para enfrentarse a dos juicios por blanqueo aunque fue absuelto de uno de ellos pese a que el que fuera hombre de confianza del narco y además pariente le denunció como testigo de cargo de la Fiscalía.

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La sentencia ahora confirmada considera probado que Oubiña planeó junto a su esposa Esther Lago -cuya acusación quedó extinguida a consecuencia de su fallecimiento en accidente de tráfico en 2001- "la forma de aflorar y dar apariencia legal a los fondos procedentes de las operaciones de narcotráfico que se encontraban a su disposición en el Banco Popular de Melilla".

Para ello compraron una parcela en Sanxenso y otras en Vilagarcía de Arosa de modo que, tras su adquisición por parte de las mercantiles del matrimonio, pudieran construir en ellas viviendas familiares. El Supremo considera en su sentencia que la defensa de Oubiña no tiene razón en los motivos de recurso, entre los que figura su queja de haber sido juzgado dos veces por los mismos hechos y su argumento de que se atribuye al dinero que estaba en su poder un origen ilegítimo, el del narcotráfico, que no ha quedado acreditado. "Ante la contundente y variada prueba de cargo, sólo puede manifestar esta sala la total coincidencia con el pronunciamiento condenatorio del tribunal de instancia", dice el Supremo sobre la condena de la Audiencia Nacional.  "Todos los datos constatados llevan y conducen directa y normalmente a la conclusión de estar en presencia de un delito de blanqueo procedente del narcotráfico", añade el Supremo

La Audiencia Nacional también condenó en el mismo procedimiento a Emilia Cano Carmona, a 3 años y 3 meses de prisión por auxiliar en el blanqueo a Oubiña y su a mujer, además de imponerle una multa de 53.970 euros como testaferro del matrimonio. Un arrebatado Laureano Oubiña, en línea con sus anteriores juicios, negó ante el tribunal que le juzgó que nunca invirtió un céntimo del tráfico de hachís porque no llegó a obtener beneficios de ningún alijo al haber sido todos incautados por la Policía.

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En su encendida defensa, el mediático narcotraficante tuvo que acabar pidiendo disculpas al tribunal cuando en una salida de todo dijo: “Nunca invertí dinero procedente de la venta ilegal de drogas ni en casas ni en fincas ni en hostias y pido perdón por este exabrupto, pero es defecto del animal, y el animal en la prisión, como yo, va a peor en vez de ir a mejor”.

 

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