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El espejo roto del soberanismo

El periplo del ‘plan Ibarretxe’ sentó un precedente sobre las respuestas al independentismo La propuesta vasca fue tumbada por la vía política y judicial

El 'exlehendakari' Juan José Ibarretxe en el debate de su plan soberanista en el Congreso, en febrero de 2005.
El 'exlehendakari' Juan José Ibarretxe en el debate de su plan soberanista en el Congreso, en febrero de 2005. LUIS MAGÁN

Hasta que, en plena crisis económica, una ola soberanista inundó Cataluña el pasado otoño, el mayor desafío nacionalista al que el Gobierno central se había enfrentado en las últimas décadas vino del País Vasco, estalló en 2003 y se llamó plan Ibarretxe. La manera en la que el Ejecutivo —primero con el PP y luego con el PSOE— hizo frente a aquel órdago, los argumentos políticos y jurídicos que se utilizaron y su recorrido judicial constituyen el espejo ante el que muchos colocan ahora el desafío planteado por CiU y ERC desde Cataluña.

El plan Ibarretxe —la propuesta de nuevo Estatuto abanderada por el entonces lehendakari, Juan José Ibarretxe, del PNV, que pretendía alterar el encaje de Euskadi en España con un nuevo estatus de “libre asociación” y soberanía propia— fue tumbado en el Congreso de los Diputados y en el Tribunal Constitucional. Hubo tres momentos clave en ese periplo, que ahora podrían repetirse en el caso catalán. Fueron estos:

1. La Cámara vasca inicia el trámite, el Gobierno impugna

El 25 de octubre de 2003, el Gobierno vasco aprobó su Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, con la que Ibarretxe llevaba amagando dos años. El texto proclamaba la “identidad propia” y derecho de autodeterminación del “pueblo vasco”, proponía un estatus de “libre asociación con el Estado español” y dejaba la puerta abierta a la independencia si así lo decidían los vascos en una “consulta”. El 4 de noviembre la Mesa del Parlamento vasco inició la tramitación parlamentaria del plan; y nueve días más tarde el Gobierno de José María Aznar impugnó ambos acuerdos —el del Ejecutivo de Ibarretxe y el de la Mesa— ante el Tribunal Constitucional.

El alto tribunal dictaminó el 20 de abril de 2004: por siete votos a cinco, rechazó la impugnación del Gobierno y autorizó —sin entrar a valorar su contenido— que la propuesta de Estatuto siguiera su curso, apelando a “la lógica del sistema democrático, uno de cuyos fundamentos consiste en que el Parlamento es la sede natural del debate”.

Aquella decisión judicial podría avalar a quienes sostienen hoy que la resolución que CiU y ERC pretenden aprobar este mes tampoco es impugnable. Hay, sin embargo, un elemento distinto: el argumento del Constitucional entonces fue que el plan Ibarretxe no era una “disposición” ni una “resolución”, sino una “propuesta” para abrir un debate, y el artículo 161.2 de la Constitución solo legitima al Gobierno a impugnar “disposiciones y resoluciones” de las comunidades. El texto que quieren aprobar ahora CiU y ERC en el Parlamento catalán es una “resolución”, tal y como figura en el borrador que se ha conocido estos días; una declaración que tendría principio y fin en sí misma, no el acto administrativo de inicio de un debate.

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2. ‘No’ rotundo del Parlamento

La Cámara vasca aprobó la propuesta de Estatuto el 30 de diciembre de 2004 —con los votos de PNV, EA, IU-EB y tres votos imprescindibles de Sozialista Abertzaleak, marca de Batasuna— e Ibarretxe se fue a defender su plan al Congreso de los Diputados. Allí fue rechazado de plano el 1 de febrero de 2005: la Cámara lo tumbó en el primer trámite, el de la toma en consideración, por 313 votos en contra (PSOE, PP, IU, Coalición Canaria y Chunta), 29 a favor (CiU, ERC, PNV, BNG, EA y NaBai) y dos abstenciones (ICV). Así termino la vida política del plan Ibarretxe.

En aquel debate, el presidente del Gobierno, el socialista José Luis Rodríguez Zapatero, afirmó: “La ley es la garantía de la convivencia, de la libertad [...] La relación del País Vasco con el resto de España la decidirán todos los vascos, no la mitad, y todos los españoles”. Por el PP habló Mariano Rajoy: “O algunos responsables políticos no se han enterado de que cualquier reforma estatutaria que choque con la Constitución carece de viabilidad o lo saben muy bien pero no les importa perder el tiempo”, dijo. Y también: “Lo que está en cuestión esta tarde no es si aprobamos o no determinado documento, sino si en España se aplica la ley”.

3. Último intento: la consulta. “Inconstitucional y nula”

Tres años más tarde, Ibarretxe hizo un último intento: en junio de 2008, el Parlamento autonómico aprobó una ley ad hoc para convocar, el 25 de octubre, una “consulta popular” sobre dos asuntos: un diálogo con ETA y una negociación sobre el “derecho a decidir del pueblo vasco”. La consulta no llegaría a celebrarse. El Gobierno de Zapatero recurrió la ley y el Constitucional la declaró “inconstitucional y nula” el 11 de septiembre, por unanimidad.

Los argumentos del alto tribunal fueron básicamente tres. Primero: que lo que se pretendía pasar por “consulta no vinculante” era en realidad un “referéndum” —porque abordaba asuntos “de manifiesta naturaleza política”— y por tanto requería la autorización del Estado. Segundo: que preguntar por el derecho a decidir afecta “al fundamento mismo del orden constitucional”, y eso puede plantearse proponiendo una reforma de la Constitución, pero no imponiendo una “inaceptable vía de hecho para reformar la Constitución al margen de ella”. Y tercer argumento: el “titular del derecho a decidir” es “el pueblo español”. La “redefinición” del Estado afectaría “al conjunto de los ciudadanos españoles”; por eso no puede decidirla solo una parte de ellos, sino todos.

El Gobierno de Aznar había intentado que el órdago de Ibarretxe tuviera, además de la política y la judicial, una respuesta penal: en 2003 introdujo en el Código Penal un delito nuevo para castigar con cárcel la "convocatoria de elecciones o de consultas populares por vía de referéndum”. Pero aquello nunca llegaría a aplicarse: porque la consulta finalmente no fue convocada y porque en 2005 el Ejecutivo de Zapatero había eliminado ese delito del Código Penal. El Constitucional, además, lo declaró nulo en 2011 por una cuestión de procedimiento en la tramitación de 2003: el PP había hurtado al Parlamento el debate sobre ese polémico artículo.

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